PREMIOS DE LITERATURA BREVE “VILA DE MISLATA” 2026
| 25 de mayo de 2026 | |
| Poesía y narrativa | |
| 800 euros | |
| Mayores 18 años | |
| Ayuntamiento De Mislata | |
| España | |
| Envío Electrónico |
BASES
El Ayuntamiento de Mislata convoca los Premios de Literatura breve “Vila de Mislata”, 2026, en las modalidades de poesía y narrativa breve en su XXIV edición, a través de las siguientesfinalescerrados.com/p/copyright.html
BASES Y CONVOCATORIA
A) NORMATIVA.
Los Premios de Literatura Breve “Vila de Mislata”-2026, se regirán por la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mislata (aprobada inicialmente por acuerdo plenario en sesión de 26 de mayo de 2016 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia nº 140, de 21 de julio de 2016) en el marco de las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal vigentes por las presentes bases a las que se acumula la convocatoria.
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El régimen al que deben adecuarse los Premios vendrá determinado por la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS) y el Reglamento de la Ley General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (RLGS), además de por lo dispuesto en el Texto Refundido 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL).
En todo lo no dispuesto en ellas se regirán por lo que prevea la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común (LPAC) y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Los premios de literatura breve concedidos en sus diversas modalidades mediante esta convocatoria no precisan de su notificación a la Comunidad Europea.
Se dará publicidad de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de acuerdo con los artículos 9.3 y 20.8 de la citada Ley 38/2003, General de Subvenciones, así como en la página web municipal www.mislata.es
B) CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS, CUANTÍA DE LOS PREMIOS Y FISCALIDAD.
La dotación total de la convocatoria asciende a 4.000 euros, destinada al conjunto de premios, con cargo a la aplicación presupuestaria 3340.48100, imputándose al presupuesto prorrogado del ejercicio 2025 para 2026, en el que existe crédito adecuado y suficiente. Tanto la concesión de los premios como el reconocimiento de las obligaciones quedarán condicionados a la existencia de crédito disponible en el presupuesto vigente en el momento de dictarse las resoluciones correspondientes.
Se concederán cuatro premios de 800 euros cada uno, uno por cada una de las siguientes modalidades:
Narrativa en valenciano
Narrativa en castellano
Poesía en valenciano
Poesía en castellano
Mejor relato o poemario presentado por una autora o autor nacido o residente en Mislata
Dichos premios no podrán declararse ex aequo y su cuantía será indivisible.
De conformidad con el artículo 75.2.c del Reglamento del IRPF (RD 439/2007), los premios estarán sujetos a la retención fiscal que legalmente corresponda.
C) OBJETO.
La presente convocatoria tiene por objeto regular, en régimen de concurrencia competitiva, el proceso de concesión de los “XXIV Premios de Literatura Breve “Vila de Mislata”, 2026”, incluida en la línea prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 [Anexo IV – Línea A)1.1.b) Convocatoria de premios y becas, que tengan como finalidad el fomento de la cultura, en su concepto más amplio, en el municipio].
D) FINALIDAD Y RÉGIMEN DE CONCESIÓN.
La presente convocatoria se tramita en régimen de concurrencia competitiva, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente en materia de subvenciones y premios públicos y tiene por finalidad fomentar los valores literarios y promover y animar el lenguaje escrito como medio de creación y comunicación entre la población adulta, contribuir a la difusión cultural en la ciudad de Mislata, descubrir el talento literario e incentivar la creación entre los amantes de la poesía y el cuento en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana.
E) REQUISITOS Y NORMATIVA DE PARTICIPACIÓN.
E.1. Podrán participar personas físicas mayores de 18 años, siempre que las obras que presenten estén redactadas en valenciano o castellano, lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana.
E.2. Quedan excluidos y excluidas de la convocatoria aquellos autores y autoras, cuyas obras hayan resultado premiadas en cualquiera de las modalidades de las últimas cinco ediciones de este certamen (años, 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025) E.3. Cada autor o autora podrá presentar una única obra por modalidad y no se admitirán trabajos colectivos.
E.4. Los y las participantes no podrán estar incursos/as en ninguno de los supuestos regulados en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Se acreditará mediante declaración responsable incluida en el formulario de solicitud de participación (ver anexo I).
F) ÓRGANOS COMPETENTES PARA LA INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Para la valoración de los trabajos que concurran a la convocatoria y a propuesta de la Concejala de Cultura, la Alcaldía designará tres comisiones de evaluación, cada una de las cuales estará integrada por tres componentes de reconocido prestigio en el mundo de la cultura, la literatura y/o la edición.
La resolución del nombramiento de los jurados que compongan cada una de estas comisiones de evaluación se hará pública en la página web del Ayuntamiento de Mislata ( www.mislata. es).
Cada comisión de evaluación operará de forma autónoma e independiente al resto y para la evaluación de los trabajos y propuesta de concesión de premios tendrá en cuenta la calidad literaria o poética considerando la forma, estructura, el estilo, el argumento, los personajes perfilados, la prosa, los recursos poéticos o narrativos empleados, la rima, etc.
Después de la lectura y valoración de los trabajos que concurran en cada modalidad, cada comisión, elevará la correspondiente acta con su propuesta de premios, que deberá de ser ratificada, posteriormente por el órgano de gobierno competente a los efectos de proceder al pago de los premios.
El plazo para ratificar el fallo del jurado y abonar los premios será el mínimo necesario para realizar los trámites administrativos por parte de los departamentos intervinientes.
Los y las concursantes aceptarán expresamente su autoridad tanto para resolver los premios como para solucionar cualquier incidencia no prevista en la convocatoria, sin perjuicio de formular las alegaciones que consideren oportunas.
Se establecen las siguientes comisiones de evaluación.
Comisión evaluadora de los trabajos que concurran en la modalidad narrativa en castellano.
Comisión evaluadora de los trabajos que concurran en la modalidad de poesía en castellano.
Comisión evaluadora de los trabajos que concurran en las modalidades de poesía y narrativa en valenciano y del mejor trabajo efectuado por un autor o autora local en cualquiera de las modalidades y lenguas vehiculares de la convocatoria.
Será responsabilidad del Jurado rechazar aquellos trabajos que no se ajusten a las disposiciones de esta convocatoria, así como declarar desierto cualquiera de los premios si, a su juicio, ningún trabajo reuniera los méritos suficientes o no se ajustase a las condiciones establecidas en la convocatoria.
Dicho jurado tendrá plena competencia para aplicar e interpretar la presente convocatoria.
El instructor del procedimiento de las diferentes comisiones de evaluación será el gestor cultural del Ayuntamiento de Mislata, quien en caso de que un autor o autora local resulte premiado por decisión de los componentes del jurado de las comisiones de evaluación que se detallan en los apartados A y B informará a los miembros de la comisión de evaluación C para que desestimen su valoración como mejor trabajo poético o narrativo escrito por un autor o autora local.
El órgano competente para otorgar estos premios será el Alcalde, que adoptará la resolución en los términos del artículo 26 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
G) PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS.
El plazo de presentación de originales se iniciará al día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará el día 25 de mayo de 2026 o a los diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación si el plazo resultante fuera menor.
Finalizado el plazo de recepción y subsanación de solicitudes, el Ayuntamiento de Mislata publicará en su página web ( www.mislata.es) y en el tablón de anuncios una relación con los títulos y los lemas de las obras registradas en plazo y forma.
H) PLAZO DE RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión no podrá exceder de seis meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior.
El vencimiento del plazo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados, servirá para entender como desestimada, por silencio administrativo, la solicitud de participación en el certamen.
I) ESPECIFICACIONES DE FORMATO Y MODALIDADES LITERARIAS I.1. Forma de presentación de los trabajos.
En cumplimiento de lo previsto en el Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de la Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana, la solicitud de participación y el trabajo literario se podrán presentar:
Preferentemente por vía telemática, mediante certificado digital y firma electrónica de la persona interesada o persona que la represente. La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata, https://mislata.sedipualba.es/, a través del trámite solicitud de participación en la convocatoria de los XXIV Premios de Literatura Breve “Vila de Mislata”.
Para poder registrar una solicitud por vía electrónica será necesario el uso de un certificado digital incluido en la lista de Prestadores de Servicios Electrónicos de Confianza Cualificados por el Estado, según la ley 6/2020, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza y el art. 38.6 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Presentación mediante cita previa por el registro de entrada del Centro Cultural “Carmen Alborch”, de Mislata (Avda. Gregorio Gea, 34), de 9h a 13.30h.
La cita previa se efectuará telemáticamente a través de los teléfonos 963990370 y 673003221 o telemáticamente a través del link https://www.mislata.es/administracio/cita-previa.
Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4. de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De entre dichos medios, en caso de optar por la remisión de la correspondiente solicitud de participación y el trabajo literario a través de las oficinas de correo (correo administrativo), la dirección de envío será la siguiente:
AYUNTAMIENTO DE MISLATA
XXIV Premios de Literatura Breve “Vila de Mislata”, 2026.
Centro Cultural “Carmen Alborch”
Avda. Gregorio Gea, 34
46920 MISLATA.
Dicha remisión se deberá efectuar según lo establecido en el punto 16.4. de la Ley 39/2019, de 1 de diciembre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas desde las oficinas de Correos deberán de seguir la forma reglamentaria establecida en dicha Ley. En este caso se deberá presentar en la oficina el sobre abierto y adjuntar un escrito sellado en su interior en el que conste la fecha de entrega, de manera que a la persona interesada se le facilite copia del mismo.
No será admitido ningún trabajo o solicitud que no sea presentado por cualquiera de los medios y formas reseñados.
En el caso de presentación telemática se deberá rellenar el formulario online disponible en la oficina virtual de la página web del Ayuntamiento de Mislata, que incluirá declaración de autoría, aceptación de les disposiciones de la convocatoria y declaración responsable de poseer plena capacidad de obrar para concurrir en la convocatoria, de cumplir con los requisitos estipulados en la convocatoria, de encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales y con la seguridad social y de no estar sujeto a las prohibiciones señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones para obtener la condición de beneficiario/a del premio que se le pudiera conceder y un ejemplar del relato o poemario en formato PDF , donde conste, en la primera página, el título del trabajo, el lema o pseudónimo del autor o autora, la modalidad y la categoría a la que se opta y en caso de reunir las condiciones para concurrir a la modalidad de trabajo presentado por un autor o autora local que se detallan en la base decimotercera la palabra “Mislata”. En dicho texto no podrá constar ningún dato personal del autor o autora.
En caso de presentación presencial o por correo administrativo se adjuntarán dos sobres con el siguiente contenido:
Sobre 1. Copia de la solicitud/formulario de participación a registrar (ANEXO I). En el anverso del sobre constará el título del trabajo, el pseudónimo del autor o autora o un lema, la modalidad de la categoría a la que se opta. Una vez cerrado el sobre se entregará junto con el sobre 2.
Sobre 2. Un ejemplar de la obra presentada donde conste, en la primera página, el título del trabajo, el lema o pseudónimo del autor o autora, la modalidad y la categoría a la que se opta y en caso de reunir las condiciones para concurrir a la modalidad de trabajo presentado por un autor o autora local que se detallan en el apartado I.3. la palabra “Mislata”.
En dicho texto no podrá constar ningún dato personal del autor o autora.
El instructor del procediminto será el encargado de facilitar las copias al jurado y de identificar a los concursantes que resulten premiados.
El Ayuntamiento de Mislata velará porque los datos personales que figuran en el formulario de participación no transciendan en las sesiones de deliberación, a fin de garantizar la imparcialidad en el veredicto de las diferentes comisiones de evaluación.
I.2. Características que deben reunir los trabajos literarios que concurran al certamen.
Las obras presentadas deberán ser originales e inéditas. No podrán concurrir trabajos premiados, pendientes de resolución o presentados simultáneamente en otros certámenes, ni textos que mantengan compromisos de publicación. El Ayuntamiento se reserva la facultad de adoptar las medidas que considere oportunas para garantizar la autenticidad de los trabajos presentados.
Los trabajos literarios que concurran a cualquiera de los géneros o modalidades del certamen y sean presentados por registro electrónico se adjuntaran en archivo PDF con una tipografía legible, con un tamaño igual o superior a los 12 puntos, un interlineado de 1,5 y con la extensión estipulada en la base séptima para cada modalidad.
Si son presentados presencialmente por registro o remitidos por correo administrativo deberán estar impresos con las características y con la extensión estipulada en el apartado I.3.para cada modalidad.
I.3. Géneros y modalidades.
De conformidad con lo indicado en el apartado B, se establecen dos géneros, cada uno con sus correspondientes modalidades lingüísticas y de temática libre:
Narrativa en valenciano y narrativa en catellano.
Podrán presentarse obras redactadas en cualquiera de las variantes de los citados dominios lingüísticos. Los trabajos deberán tener una extensión mínima de seis folios y máxima de doce páginas, escritos por una sola cara, incluidos los paratextos.
Poesía en valenciano y poesía en castellano.
Podrán presentarse obras redactadas en cualquiera de las variantes de los citados dominios lingüísticos. Los originales deberán consistir en uno o varios poemas, con una extensión mínima de 75 versos y máxima de 125, escritos por una sola cara, incluidos los paratextos.
Asimismo, se otorgará un premio al mejor relato o poemario presentado por una autora o autor nacido o residente en Mislata, entre las obras participantes en cualquiera de las modalidades, que deberán ajustarse en cuanto extensión a lo dispuesto en el presente apartado. Los trabajos presentados por autoras o autores deberán indicar expresamente en la solicitud si reúnen las condiciones para optar a dicho premio. El Ayuntamiento verificará de oficio el lugar de nacimiento y/o residencia de las personas que opten al mismo.
J) REFORMULACIÓN DE LA SOLICITUD
No resulta aplicable a la presente convocatoria la reformulación de solicitudes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la LGS.. Todas las solicitudes deberán presentarse en su versión completa y definitiva dentro del plazo señalado en las bases, quedando excluida cualquier posibilidad de reformulación posterior, en estricto cumplimiento de las disposiciones del procedimiento.
K) CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LOS TRABAJOS PRESENTADOS.
Para la concesión de los XXIV Premios de Literatura Breve “Vila de Mislata” se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) Originalidad y creatividad en el estilo de la obra. Máximo: 5 puntos.
b) Calidad y técnica literaria de la obra. Máximo: 5 puntos.
c) Ritmo narrativo y estructura de la obra. Máximo: 5 puntos.
d) Interés temático de la obra. Máximo: 5 puntos.
En caso de empate el jurado reconsiderará y volverá a valorar las obras que hayan empatado al máximo de puntuación hasta determinar una única ganadora por modalidad que será aquella que obtenga, la máxima puntuación tras la nueva baremación.
L) PROCEDIMIENTO DE RECURSO.
La resolución de concesión agotará la vía administrativa, por lo que contra la misma podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el tablón de anuncios o, alternativamente, interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Valencia en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el tablón de anuncios.
En caso de optar por el recurso de reposición, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del primero o hasta su desestimación presunta, que se produce en el plazo de un mes desde su interposición M) MEDIO DE NOTIFICACIÓN Y PUBLICIDAD.
El fallo del jurado se comunicará telefónicamente a los/las ganadores/as, tras las correspondientes reuniones de deliberación y, además se hará público en la web del Ayuntamiento de Mislata ( www.mislata.es), tras el veredicto de las correspondientes comisiones de evaluación.
De la resolución se dará publicidad en los términos del art. 18 de la Ley General de Subvenciones y en la página web municipal www.mislata.es.
La presentación de las obras publicadas se efectuará en las condiciones que la Concejalía de Cultura estime oportunas. En caso de efectuarse presencialmente de comunicará previamente a las ganadoras y los ganadores el lugar, fecha y hora de ejecución.
N) PUBLICACIÓN DE LAS OBRAS GANADORAS.
Los trabajos premiados serán publicados como plaquettes, en edición de 300 ejemplares dentro de la colección “Literatura Breve” del Ayuntamiento de Mislata en el plazo máximo de seis meses desde la resolución de los premios.
Los autores o autoras galardonados recibirán cincuenta plaquettes y cederán al Ayuntamiento de Mislata el derecho de difusión y publicación, así como la propiedad de los originales premiados.
En caso de las obras premiadas si el autor/a quisiera publicar la obra en otra editorial, se comprometerá a garantizar que en la misma aparezca en un lugar visible de la cubierta y en la página de créditos la siguiente mención: “Obra premiada en la convocatoria de los XXIV Premios de Literatura Breve del Ayuntamiento de Mislata”.
O) OTROS.
La participación en esta convocatoria supone la plena aceptación de las disposiciones de la misma.
El Ayuntamiento de Mislata se reserva la posibilidad de suspender el certamen literario siempre que existan causas mayores debidamente justificadas y ajenas a la organización del mismo.
Las obras no premiadas ni publicadas y remitidas por correo administrativo no serán devueltas y se destruirán pasados treinta días desde la resolución de la convocatoria.
P) PROTECCIÓN DE DATOS.
En virtud de la Ley Orgánica de Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se informa que los datos facilitados serán tratados por el AYUNTAMIENTO DE MISLATA, en calidad de Responsable de Tratamiento, con la finalidad de llevar la gestión de inscripciones en actividades y convocatorias de índole social, cultural o deportiva.
Los datos serán conservados durante el plazo de tiempo de la actividad. No obstante, podrán ser conservados, en su caso, con fines de archivo de interés público, fines de investigación científica e histórica o fines estadísticos.
La base jurídica de legitimación para el tratamiento de los datos personales radica en el consentimiento explícito manifestado por Ud. mediante la formalización del presente documento de inscripción.
Los datos serán cedidos a las entidades públicas o privadas, a las cuales sea necesario u obligatorio ceder éstos para poder gestionar su solicitud, así como en los supuestos previstos, según Ley.
Ud. podrá ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Supresión, Limitación o, en su caso, Oposición. A estos efectos, deberá presentar un escrito en el Registro de Entrada del AYUNTAMIENTO DE MISLATA Plaza Constitución 8 (46920 Mislata) o, en su caso, a nuestro Delegado de Protección de Datos ().
En el escrito deberá especificar cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá mostrar o, en caso de envío postal, acompañar la fotocopia del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo del mismo.
Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrá interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos ( www.agpd.es).
Q) FORMULARIO.




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