PREMIO LITERARIO ANUAL “FRAY MOCHO” 2025
BASES
BASES PREMIO LITERARIO ANUAL “FRAY MOCHO” 2025GÉNERO: ENSAYO INÉDITO
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La Secretaría de Cultura de la Provincia de Entre Ríos, en un todo de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 7823 y su Decreto Reglamentario N° 2967/87 GOB, llama a concurso para otorgar el Premio Literario Fray Mocho –máxima distinción literaria otorgada por el Gobierno de Entre Ríos– en el género Ensayo 2025.
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De los participantes:
ARTÍCULO 1°.- Podrán participar todos los autores entrerrianos nativos; oriundos de otros lugares del país y argentinos naturalizados, con una residencia mínima, continuada y permanente de cinco (5) años en la Provincia, a la fecha del llamado a concurso.
ARTÍCULO 2°.- No podrán participar los funcionarios de la Secretaría de Cultura de la Provincia de Entre Ríos, ni sus familiares directos.
ARTÍCULO 3°.- La obra deberá pertenecer a un solo autor.
ARTÍCULO 4°.- Cada participante podrá intervenir con más de un trabajo, con diferente seudónimo para cada uno de ellos.
ARTÍCULO 5°.- Para concursar deberá presentarse un ensayo original e inédito, con una extensión mínima de ochenta (80) páginas y un máximo de doscientas cincuenta (250) páginas.
ARTÍCULO 6°.- Los trabajos deberán ser presentados firmados con seudónimo.
ARTÍCULO 6° bis.- El anonimato del participante previsto en el presente reglamento regirá exclusivamente respecto del jurado interviniente.
En el caso de las presentaciones realizadas por vía digital a través de la aplicación Mi Entre Ríos, los datos personales del autor serán conocidos únicamente por el Director de la Editorial de Entre Ríos y por un (1) representante designado por la Secretaría de Cultura de la Provincia de Entre Ríos, a los solos efectos de la gestión administrativa, validación y tramitación de los envíos.
En ningún caso dicha información podrá ser puesta en conocimiento del jurado ni de terceros bajo ninguna circunstancia, debiendo garantizarse la estricta separación entre la identidad de los participantes y las obras sometidas a evaluación, las cuales serán remitidas al jurado exclusivamente identificadas mediante seudónimo.
ARTÍCULO 7°.- La presentación de las producciones podrá realizarse de manera digital o presencial, a opción del participante. En todos los casos, los datos consignados tendrán carácter de declaración jurada.
a) Presentación digital: las producciones podrán presentarse a través de la aplicación Mi Entre Ríos, a la cual se accede mediante el sitio web https://mientrerios.gob.ar/ingresar, debiendo completarse los datos personales requeridos y adjuntarse la obra y la documentación correspondiente, conforme a las instrucciones que establezca la autoridad de aplicación. La identidad del autor no será puesta en conocimiento del jurado, garantizándose en todos los casos el anonimato previsto en el Artículo 6°. En relación al formato: hoja A4, tipografía genérica (Times New Roman, Courier New o Tahoma), tamaño doce (12) en formato PDF.
b) Presentación presencial: por cada obra participante se deberá presentar un sobre cerrado identificado con título de la obra y seudónimo claramente legible cuyo interior contendrá un ejemplar impreso, abrochado o anillado, claramente tipeado a doble espacio, en óptimas condiciones de legibilidad, en formato A4, tipografía genérica (Times New Roman, Courier New o Tahoma), tamaño doce (12), junto con tres ejemplares en soporte digital (únicamente en pendrive) en formato Word. Cada ejemplar digital deberá presentarse ensobrado individualmente, consignándose en cada sobre el título de la obra y el seudónimo de modo legible. Finalmente, se incluirá otro sobre perfectamente cerrado, también identificado con título de la obra y seudónimo, en su interior se consignarán el nombre del autor, documento de identidad, domicilio, teléfono y firma autógrafa, acompañándose fotocopia del documento de identidad. Los participantes naturalizados y residentes deberán adjuntar, además, certificado de residencia expedido por la Policía de la Provincia dentro de este último sobre.
ARTÍCULO 8°.- Los trabajos presentados en forma presencial deberán ser remitidos por pieza postal certificada, en caso de que la presentación se haga de manera presencial, con la siguiente leyenda:
PREMIO LITERARIO “FRAY MOCHO” – ENSAYO 2025 – Secretaría de Cultura del Ministerio de Gobierno y Trabajo de la Provincia de Entre Ríos, Gardel 42, (3100) Paraná, Entre Ríos, sin colocar remitente ni número de documento u otra señal que identifique al autor de la obra enviada. El organismo no se reconocerá obligado a informar sobre el destino de los trabajos enviados en forma distinta a la indicada.
ARTÍCULO 9°.- El jurado estará integrado por tres (3) miembros de reconocidos antecedentes literarios a nivel nacional y será designado por la Secretaría de Cultura de Entre Ríos. Su fallo será inapelable en toda circunstancia.
Del jurado:
ARTÍCULO 10°.- El fallo del jurado y la apertura del sobre del seudónimo de la obra ganadora se efectuará ante escribano público, el viernes 30 de octubre de 2026, y se dará a conocer por los medios de comunicación social.
ARTÍCULO 11°.- El premio podrá ser declarado desierto por el jurado cuando se presente una sola obra, salvo que hubiere votos fundados en su calidad; como asimismo cuando ninguna acreditara méritos suficientes para ser premiada. Además, el jurado podrá consignar hasta dos (2) recomendaciones de publicación entre las obras que no resultaren premiadas.
ARTÍCULO 12°.- El premio consistirá en la edición de la obra por parte de la Editorial de Entre Ríos, de mil (1.000) ejemplares, doscientos (200) de los cuales se entregarán sin cargo al autor.
Del premio:
ARTÍCULO 13°.- El premio no podrá ser compartido.
ARTÍCULO 14°.- El autor cederá al editor, en exclusiva, a partir del anuncio de la obra ganadora, los derechos de edición de la obra en lengua castellana, conforme a la normativa vigente.
Condiciones generales:
ARTÍCULO 15°.- El tema será libre.
ARTÍCULO 16°.- La recepción de las obras permanecerá abierta hasta el viernes 29 de mayo de 2026, a la hora 13. A los fines de establecer la presentación en término, se tendrá en cuenta la fecha del matasellos postal en el caso de las entregas presenciales o físicas, y, en el caso de las presentaciones por vía digital, la trazabilidad del sistema de la aplicación Mi Entre Ríos, que deberá acreditar el cumplimiento del plazo establecido.
Con posterioridad, y dentro de los diez (10) días corridos, se efectuará el registro de las obras ante escribano público y se dará a conocer, por los medios de comunicación social, la nómina de los textos presentados con los respectivos seudónimos de sus autores.
ARTÍCULO 17°.- El Estado Provincial no se responsabilizará por los reclamos que pudieren efectuarse por plagio o violación de derechos.
ARTÍCULO 18°.- La Secretaría de Cultura de Entre Ríos velará por la conservación de los envíos, sin asumir responsabilidad por eventuales deterioros producidos durante el traslado postal.
ARTÍCULO 19°.- Los trabajos impresos no premiados podrán ser retirados dentro de los sesenta (60) días hábiles posteriores a la publicación del fallo. Vencido este plazo, los trabajos que no fueren retirados serán incinerados.
ARTÍCULO 20°.- La Secretaría de Cultura de Entre Ríos se reserva el derecho de modificar los términos y fechas del presente certamen.
ARTÍCULO 21°.- La sola participación en el certamen implica el conocimiento y aceptación de las presentes bases.
ARTÍCULO 22°.- Las controversias se dirimirán ante los tribunales ordinarios de la ciudad de Paraná.

Antemeridiano
El Biógrafo
Historias y mitos de barrios de Bs.As.
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