XXX CERTAMEN LITERARIO DE POESÍA Y RELATO CORTO “LAS MUJERES DE NUESTRA VIDA”
BASES
Ayuntamiento deMolina de Segura (Murcia)
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BASES DEL XXX CERTAMEN LITERARIO DE POESÍA Y RELATO CORTO “LAS MUJERES DE NUESTRA VIDA” 2026
1.- BASES REGULADORAS
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La Concejalía de Familia del Ayuntamiento de Molina de Segura organiza el XXX Certamen Literario de Poesía y Relato corto “Las Mujeres de Nuestra Vida” 2026, que se regirá por las Bases Reguladoras de la Convocatoria de subvenciones y premios del Ayuntamiento de Molina de Segura que fueron aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento y por las clausulas que se establezcan en estas bases.
2.- CRÉDITO PRESUPUESTARIO Y CUANTÍA DE LOS PREMIOS
Los premios se concederán con cargo a la partida presupuestaria 18 2314 486 0201, correspondiente a Premios Concursos Literario y Pintura por importe de 2.800 €, con cargo al presupuesto general de gastos del Ayuntamiento de Molina de Segura para el ejercicio 2026.
3.- PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES
Dicha subvención se encuentra incluida en el Plan estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Molina de Segura.
4.-OBJETIVOS
Entre los objetivos del Plan estratégico se encuentra el convocar diversos certámenes que incentiven la inquietud cultural y el talento de colectivos literarios.
La Concejalía de Familia con motivo del Día Internacional de la Mujer, en cumplimiento del V Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y dentro del Programa Sociocultural de Actividades año 2026, pretende impulsar el acceso y la participación de las mujeres y los hombres en diversas expresiones culturales así como a los jóvenes, a través de la convocatoria del XXX Certamen Literario de Poesía y Relato corto “Las Mujeres de Nuestra Vida” 2026, dando así cumplimiento a los precitados objetivos de convocar certámenes que incentiven la inquietud cultural previstos en el Plan estratégico de subvenciones, con el fin de dar visibilidad a sus expresiones artísticas.
5.- RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA
La concesión de los premios se efectúa en régimen de concurrencia competitiva, procedimiento a través del cual la concesión de los mismos se realizará mediante la comparación de los trabajos presentados a fin de establecer una relación entre los mismos, de conformidad con los criterios de valoración y el crédito disponible establecidos en las presentes bases específicas.
6- PERSONAS BENEFICIARIAS Y SUS REQUISITOS
Para esta edición se establecen dos modalidades: Relato Corto y/o Poesía Podrán concurrir al presente certamen todas las mujeres y hombres mayores de 18 años que hayan nacido o residan en la Región de Murcia.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los participantes que resulten premiados deberán acreditar que se encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión. No obstante, la persona interesada podrá autorizar al Ayuntamiento de Molina de Segura que pueda recabar datos de la Agencia Tributaria y a la TGSS de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
7.- MODALIDADES Y CUANTÍA DE LOS PREMIOS.
Se establecen dos modalidades: Poesía y Relato Corto.
El tema de los trabajos será “Las Mujeres de Nuestra Vida”, haciendo referencia a las mujeres referentes de todos los ámbitos de la vida (familiar, cultural, profesional, educativo, asociativo, etc.).
Modalidades:
➢ POESÍA
Premios (*):
Primer Premio:
600 €
Segundo Premio:
500 €
Tercer Premio:
300 €
➢ RELATO CORTO
Premios (*)
Primer Premio:
600 €
Segundo Premio:
500 €
Tercer Premio:
300 € (*) Sobre el premio se practicará las retenciones del IRPF previstas legalmente.
8.- CONDICIONES TÉCNICAS.
a) Será condición indispensable que las obras presentadas sean originales y no hayan sido publicadas ni premiadas en ningún otro Certamen Literario, ni se encuentren en proceso de selección.
b) Será de vital importancia marcar con una X en la ficha de inscripción del concurso la casilla para declarar responsablemente la originalidad de la obra.
c) El tema de los trabajos será “Las Mujeres de Nuestra Vida”
d) c.1 La extensión del Relato Corto debe estar comprendida entre las 600 y 1.800 palabras.
c.2 En Poesía el límite estará entre catorce y cincuenta versos en un poema.
e) Las obras irán escritas con procesador de textos en letra Arial, tamaño 12, interlineado a 1,5 cm. a una cara y 2,00 cm. de margen izquierdo y derecho, inferior y superior. Se presentarán cuatro copias.
f) Todas las obras deberán ir firmadas con seudónimo, el mismo que figurará en un sobre (en la parte exterior), en cuyo interior se hará constar lo siguiente
- Identidad del autor/a
- Fotocopia del DNI/NIE
- Teléfono
- Dirección actual
- Colectivo al que pertenece, si procede.
- Correo electrónico.
Además del sobre, se entregará rellenada la ficha de inscripción que se podrá descargar en la página web de la Concejalía de Familia ( https://familia.molinadesegura.es/actividades/).
g) Las obras premiadas podrán ser utilizadas para el beneficio de la Concejalía de Familia del Ayuntamiento de Molina de Segura.
h) Cada concursante presentará una sola obra por modalidad.
i) La obra presentada no podrá haber sido premiada en ningún otro concurso.
9.- SOLICITUDES, PLAZO Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Las inscripciones se formalizarán en la Concejalía de Familia, en c/ Mayor, 81, edificio Retén, 4º planta, en horario de 8 a 15 horas de lunes a viernes; en Registro General del Ayuntamiento de Molina de Segura, o bien utilizando cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación será hasta el 13 de febrero de 2026 a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BORM.
Junto con la solicitud debidamente cumplimentada, deberán presentar la obra junto con un sobre en cuyo exterior aparezca el seudónimo y en cuyo interior se hará constar la identidad del autor/a, fotocopia del DNI/NIE, teléfono, dirección actual, colectivo al pertenece, si procede y correo electrónico. (Siempre que no conste en el DNI el nacimiento en la Región de Murcia, tendrá que presentar certificado de empadronamiento actualizado a fecha de presentación de solicitudes).
Los datos recogidos en las solicitudes serán tratados según la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales.
10.- JURADO Y CRITERIOS DE VALORACIÓN.
El jurado que será designado por la Concejala Delegada de Familia, tendrá un plazo de cinco días para proponer los miembros del mismo, y estará compuesto por personas cualificadas en dicha materia.
En los trabajos presentados se valorará la creatividad, calidad y el estilo. Se valorará de uno a diez cada uno de los trabajos presentados, obteniendo premio aquellos de mayor puntuación, teniendo en cuenta el artículo 6 de estas bases.
En caso de empate de puntuaciones, se eliminará la mayor y menor puntuación de los trabajos empatados obteniendo premio quién obtenga más puntuación. Si persistiera el empate cabe la posibilidad del reparto de premio.
El fallo del jurado será inapelable, teniendo el jurado competencia para resolver cualquier circunstancia no prevista en las presentes bases.
El jurado puede declarar desiertos los premios de dicho certamen.
El jurado atendiendo a dichos criterios formulará la correspondiente propuesta de concesión de los premios.
Las personas ganadoras serán avisadas por la Concejalía de Familia.
Las personas ganadoras presentarán por registro: el certificado de número de cuenta y cuantos documentos se le soliciten para el abono del premio.
La Concejala Delegada de Familia elevará la propuesta de resolución de la concesión a la Junta de Gobierno Local, que es el órgano competente para la resolución del procedimiento.
El Ayuntamiento de Molina de Segura se reserva la posibilidad de publicar las obras participantes y ganadoras del certamen, de acuerdo con sus posibilidades.
La participación en el Certamen supone la total aceptación de las presentes bases.
Las obras premiadas y sus copias quedarán en depósito de la Concejalía, sin que se pueda reclamar su devolución.
El Ayuntamiento no devolverá las copias de los trabajos presentados tras el fallo, las cuales serán eliminadas por parte del organizador con posterioridad a la celebración de la entrega de premios.
11- ÓRGANO COMPETENTE PARA LA INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Molina de Segura es el órgano competente para la resolución del procedimiento.
El acuerdo de Junta de Gobierno Local de concesión del Premio, pone fin a la vía administrativa, y contra el mismo se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES, a partir del día siguiente a la notificación del mismo ante el órgano jurisdiccional competente, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o Recurso Potestativo de Reposición en el plazo de UN Ayuntamiento de Molina de Segura (Murcia) MES contado desde el día siguiente a que se produzca la notificación del acuerdo de concesión, en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
12.- MEDIOS DE NOTIFICACIÓN
Los acuerdos de concesión se publicarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, en la página web de la Concejalía de Familia, en el Tablón Edictal de la Sede Electrónica del Ayuntamiento ( https://sedeelectronica.molinadesegura.es) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
No obstante, los acuerdos por los que se desestimen las solicitudes se notificarán individualmente a los interesados en los términos previstos en los artículos 42 y 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
13.- ENTREGA DEL PREMIO
La fecha y lugar de entrega de los premios se publicará en la página web del Ayuntamiento de Molina de Segura.
El autor o autora sólo podrá hacer uso de su obra previa autorización de dicha Concejalía y siempre que haga constar la siguiente leyenda “Obra premiada en el XXX Certamen Literario de Poesía y Relato corto “Las Mujeres de Nuestra Vida” 2026, de la Concejalía de Familia del Ayuntamiento de Molina de Segura.”
14.- JUSTIFICACIÓN DE LA CONCESIÓN.
A los efectos de la justificación será aplicable lo previsto en el artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), por otorgarse los premios en atención a la concurrencia de una determinada situación del perceptor, no requerirá otra justificación que dicha situación previa a la concesión, sin perjuicio de los controles que pudieran establecerse.





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