PREMIO LITERARIO "FRAY MOCHO", GÉNERO TEATRO


Portada Finales Cerrados
30 de junio 2022
Teatro
Edición de la obra; entrega al autor de doscientos (200) ejemplares
Entrerrianos nativos; oriundos de otros lugares del país y argentinos naturalizados, con una residencia mínima continuada y permanente de cinco (5) años en la provincia de entre ríos
Secretaría De Cultura De La Provincia De Entre Ríos
Argentina
Envío Postal

BASES

La Secretaría de Cultura de Entre Ríos convoca al Premio Literario Fray Mocho, en el género teatro. Como cada año, la publicación del Premio será gestionada por la Editorial de Entre Ríos. Se recibirán trabajos hasta el 30 de junio de 2022.
https://www.finalescerrados.com/p/el-autor.html ©
Ya está abierta la convocatoria provincial para participar del Premio Literario Anual Fray Mocho - Teatro 2021, organizado por la Secretaría de Cultura de Entre Ríos, cuyas bases y fechas se establecen en el Reglamento aprobado por Resolución 001/22 de la Secretaría.
https://www.finalescerrados.com/
La recepción de sobres participantes será hasta el 30 de junio de 2022; mientras que el Dictamen del Jurado y apertura de sobre ganador será el 28 de octubre del 2022.

El Jurado de tres miembros lo designará la Secretaría de Cultura del Gobierno de Entre Ríos, con especialistas de distintos perfiles en los ámbitos teatral y literario de nivel nacional, no pudiendo ser entrerrianos.

Las bases y condiciones se pueden ver y descargar en el siguiente enlace: https://www.dropbox.com/s/d6c2xnq00l2m8u9/Reglamento%20Teatro%20Fray%20Mocho%202021.pdf?dl=0

El Premio es la máxima distinción literaria de la región otorgada por el Gobierno provincial, accediendo la obra ganadora a una edición de 1000 ejemplares por parte de la Editorial Entre Ríos, de los cuales 200 se entregan sin cargo al autor. Pueden participar autoras y autores entrerrianos nativos u oriundos de otros lugares del país y argentinos naturalizados con una residencia mínima de cinco años en la provincia.

El Fray Mocho tiene continuidad mediante convocatorias anuales, con rotación de distintos géneros literarios y de acuerdo con el siguiente ordenamiento: teatro, poesía, cuento, novela y ensayo. Este criterio fue establecido según Ley Nº 7.823 y su Decreto Reglamentario Nº 2.967/87 GOB.

Cabe destacar que el autor/a ganador/a también tendrá el beneficio de la jubilación provincial al mérito artístico por este Premio, según lo establecido por la Ley 7.823, siempre y cuando cumpla con los requisitos de la Caja de Jubilaciones de Entre Ríos.

Informes y consultas

Pueden ver las bases en la web oficial https://www.entrerios.gov.ar/cultura/concursos/

Correo electrónico:

Teléfono: 0343-4207828
Área de archivos adjuntos


Anexo I

Reglamento Premio Literario Anual FRAY MOCHO
Teatro 2021
Convocatoria 2021: Teatro inédito

La Secretaría de Cultura de la Provincia de Entre Ríos conforme lo establece la Ley N2 7823/87 y su Decreto Reglamentario N2 2967/87 GOB, llama a concurso para otorgar el Premio Literario Fray Mocho -máxima distinción literaria que concede el Gobierno de Entre Ríos- en el género Teatro inédito 2021.

De los participantes

ARTÍCULO 1°.- Podrán participar todos los autores entrerrianos nativos; oriundos de otros lugares del país y argentinos naturalizados, con una residencia mínima continuada y permanente de cinco (5) años en la Provincia de Entre Ríos, a la fecha del llamado a concurso. La residencia mínima se puede demostrar con:
•Fecha de último cambio de D.N.1. con domicilio actualizado
•Declaración Jurada ante autoridad policial con testigos
•Servicios / impuestos cuya titularidad sea la del presentante al PREMIO
•Certificación emitida por autoridad competente de los establecimientos donde realicen actividades laborales y/o artísticas y/o educativas
•La enumeración anterior es ejemplificativa, no taxativa, pudiendo demostrar la residencia con toda documental que así lo acredite.

ARTÍCULO 2°.- No podrá participar ningún funcionario provincial nombrado en la actual gestión de
Gobierno, como tampoco empleados de la Secretaría de Cultura de Entre Ríos.

ARTÍCULO 3°.- La obra deberá pertenecer a un solo autor/a.

ARTÍCULO 4°.- Cada participante podrá intervenir con más de un trabajo pero con diferente seudónimo.

oDel la presentación de los trabajos

ARTÍCULO 5°.- Para concursar deberá presentarse una obra original e inédita, que nunca haya sido presentada, puesta en escena, leída total o parcialmente en público o dada a conocer por algún medio; con yna duración mínima de representación escénica de 60 minutos y máxima de 90 minutos.

ARTÍCULO 6°.- Los trabajos deberán ser presentados firmados con seudónimo.

ARTÍCULO 7°.- Deberá presentarse: un ejemplar impreso, con una carátula con el título de la obra y el seudónimo del autor, abrochado o anillado, claramente tipeadas a doble espacio en óptimas condiciones de legibilidad, en hoja formato A4, con tipografías genéricas: Times New Roman, Courier New o Tahoma, tamaño 11, en una sola cara del papel, y tres (3) ejemplares en soporte digital (cd o pendrive) en formato WORD. Todo ensobrado y titulado con la obra y el pseudónimo, tanto en el sobre como en los soportes digitales (cds o pendrives).

ARTÍCULO 8°.- Los textos se presentarán en un sobre cerrado, en cuyo frente se indicará el seudónimo del autor y el título de la obra. En su interior se incluirán: el ejemplar impreso, los tres soportes digitales, y otro sobre perfectamente cerrado donde se consignará en el frente el seudónimo del autor y el título de la obra, en su interior se debe incluir: nota con nombre completo del autor, DNI, domicilio y localidad, teléfono y firma autógrafa, y se incluirá también fotocopia del documento de identidad. Los participantes naturalizados y residentes adjuntarán certificación de residencia. Estos datos tendrán carácter de Declaración Jurada.

ARTÍCULO 9°.- Los trabajos deberán ser remitidos únicamente por vía postal y certificada con la siguiente leyenda: PREMIO LITERARIO '"FRAY MOCHO" ENSAYO 2021 - Secretaría de Cultura de Entre Ríos, Gardel 42, 3100, Paraná, Entre Ríos. Colocar en el remitente el seudónimo u otro dato, pero sin ningúna referencia que pueda revelar la identidad del autor concursante. No se recibirán como participantes sobres que lleguen enviados de forma distinta a la indicada en este artículo.

ARTÍCULO 10°.- Para esta convocatoria de Teatro inédito 2021 el tema será libre.

De los plazos para el concurso

ARTÍCULO 11°.- La recepción de obras permanecerá abierta hasta la fecha que oportunamente se establezca una vez aprobado el presente Reglamento. Para establecer la presentación de obras a tiempo se tendrá en cuenta la fecha del matasellos (del envío por correo postal). Posteriormente -y dentro de los diez (10) días hábiles- ante Escribano Público se efectuará el registro de las obras que cumplan con las condiciones de este reglamento, y se dará a conocer la nómina de los textos que participan del Concurso, con los respectivos seudónimos por las redes sociales oficiales del organizador y la comunicación de prensa del Gobierno de Entre Ríos.

ARTÍCULO 12°.- El fallo del jurado y la apertura del sobre con seudónimo de la obra ganadora se efectuará ante escribano público, en la fecha que oportunamente se establezca una vez aprobado el presente Reglamento, y se dará a conocer por las redes sociales oficiales del organizador y la comunicación de prensa del Gobierno de Entre Ríos.

ARTÍCULO 13°.- Los trabajos enviados no premiados podrán ser retirados dentro de los sesenta (60) días hábiles, a partir de la fecha de publicación del fallo del jurado. Vencido este plazo, los trabajos que no fueren retirados serán destruidos sin derecho de reclamo alguno por parte del autor/a.

Del Jurado

ARTÍCULO 14°.- El jurado estará integrado por tres miembros de reconocidos antecedentes literarios a nivel Nacional y serán designados por la Secretaría de Cultura, los cuales serán contratados por la misma y de conformidad a la normativa vigente para las contrataciones de obra artística o contratación directa, según el caso.-

ARTÍCULO 15°.- El fallo del jurado será inapelable en toda circunstancia. El premio podrá ser declarado desierto por el jurado, cuando se presentare una sola obra, salvo que hubiere votos fundados en calidad, como asimismo cuando ninguna presentación acreditara méritos suficientes para ser premiada.

Del Premio

ARTÍCULO 16°.- El premio consistirá en la edición de la obra por parte de la Editorial de Entre Ríos. Su publicación será en formato digital y también en papel, siendo la impresión de un mil (1.000) ejemplares; doscientos (200) de los cuales se entregarán sin cargo al autor. Los ejemplares restantes (800), serán utilizados con distintas finalidades tales como, distribución en escuelas, bibliotecas populares y diferentes eventos culturales y ferias en los cuales la Secretaría de Cultura de Entre Ríos tiene presencia, tanto en la Provincia como a nivel nacional.

ARTÍCULO 17°.- El premio no podrá ser compartido.

ARTÍCULO 18°.- El autor/a cederá por escrito al editor en exclusiva y de manera permanente y gratuita, a partir del anuncio de la obra ganadora, los derechos de edición de LA OBRA, en lengua Castellana, derechos que no podrán ser transferidos por el editor a ninguna otra persona o entidad sin permiso previo y por escrito del autor ganador. Asimismo, el ganador deberá declarar ser el único titular del derecho de propiedad intelectual sobre la obra, garantizando la autenticidad de la misma, constituyéndose como exclusivo responsable en lo civil, administrativo y/o penal frente a terceros, por el falseamiento de tal declaración.

Condiciones generales

ARTÍCULO 19°.- El autor/a de la obra declarada ganadora autoriza al organizador y al Gobierno de Entre Ríos a hacer público su nombre en los comunicados oficiales y medios de prensa con el resultado del concurso.

ARTÍCULO 20°.- El Estado Provincial no se responsabilizará por los reclamos que pudieren efectuarse por plagio o violación de derechos habientes o de terceros, contra el ganador del certamen.

ARTÍCULO 21°.- La Secretaría de Cultura de la provincia de Entre Ríos velará por la conservación de los envíos, paro no se hará responsable por la pérdida, deterioro o destrucción parcial o total de los originales o copias de las obras presentadas a concurso.

ARTÍCULO 22°.- En un todo de acuerdo con las facultades otorgadas.'por el Artículo 6° de la Ley N° 7823, la Secretaría de Cultura de la Provincia de Entre Ríos se reserva el derecho de cambiar los términos, fechas y plazos del presente, si por razones de fuerza mayor fuere necesario realizarlos en beneficio de los autores y del propio certamen.

ARTÍCULO 23°.- La sola participación mediante envío de obras al certamen implica el conocimiento pleno y la aceptación del presente Reglamento en todos sus términos y condiciones.

ARTÍCULO 24°.- La Secretaría de Cultura de Entre Ríos es la autoridad competente para la interpretación y resolución de las cuestiones no previstas en el presente Reglamento.

ARTÍCULO 25°.- Los plazos de recepción, como el plazo que tendrán los jurados para decidir su veredicto y la comunicación de esa decisión, como todo otro plazo vinculado al presente, serán establecidos por el acto administrativo correspondiente - Resolución - , una vez aprobado este Reglamento.-

ARTÍCULO 26°.- De presentarse controversias deberán dirimirse a través de la vía administrativa, por el procedimiento estatuido por el Decreto Ley N° 7060 ratificado por Ley N° 7504. De no resolverse el conflicto, las partes se someterán a la jurisdicción y competencia de los tribunales en lo contencioso administrativo de la ciudad de Paraná.







11 de abril 2022 Agendar Cierre 30 de junio 2022 Ver Géneros Teatro Ver Premios Edición de la obra; entrega al autor de do...

Las letras y el café combinan bien


Si disfrutaste la lectura, te propongo que apoyes a este espacio con una tasa virtual.

0 comments: