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PREMIOS VALÈNCIA Y VALÈNCIA NOVA 2026

Portada Finales Cerrados
23 de febrero de 2026
Narrativa, poesía, ensayo, novela gráfica
Narrativa: 15.000€; poesía: 9.000€; ensayo: 15.000€; novela gráfica: 12.000€
Mayores de 18 años; la categoría "valència nova" está dirigida a autores/as menores de 36 años
Institució Alfons El Magnànim – Centre Valencià D'Estudis I D'Investigació (Diputació De València)
España
Envío Electrónico

BASES

RESUELVO

Primero. Aprobar la convocatória de los Premios Valencia i València Nova de la Institució Alfons el Magnànim 2026, en sus modalidades de ensayo, novela gráfica, narrativa en valenciano y castellano y poesía en valenciano y castellano, y cuyo texto íntegro se anexa a la presente resolución.

Segundo. Autorizar el gasto que conlleva dicha convocatoria por una dotación total de 138.000€, que se harán efectivos con cargo a la aplicación presupuestaria 301 33402 48100 del presupuesto de gastos de 2026; dotando a los Premios según su modalidad con las siguientes cuantías.
El importe total de estos créditos tiene carácter estimado y la concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en momento de la resolución de la concesión.
PREMIO VALÈNCIA
Modalidad Dotación económica
Ensayo 15.000 euros
Narrativa en valenciano 15.000 euros
Narrativa en castellano 15.000 euros
Poesía en valenciano 9.000 euros
Poesía en castellano 9.000 euros
Novela gráfica 12.000 euros
PREMIO VALÈNCIA NOVA
Modalidad Dotación económica
Ensayo 15.000 euros
Narrativa en castellano 15.000 euros
Poesía en valenciano 9.000 euros
Poesía en castellano 9.000 euros
Tercero. Autorizar el gasto que comporta las retribuciones de los jurados de la convocatoria, que tiene una dotación total de 24.000 euros, que se harán efectivos a cargo de la aplicación presupuestaria 301 33402 23300 del presupuesto de gastos de 2026.
El importe total de estos créditos tiene carácter estimado y la concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en momento de la resolución de la concesión.
Cuarto.
Enviar la convocatoria y demás información requerida para su publicación a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.8 de la Ley General de Subvenciones. La BDNS dará publicidad a la convocatoria facilitando el acceso a los datos incorporados a la base de datos, y remitirá el extracto de la convocatoria para su publicación el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos de apertura del plazo de presentación de solicitudes.
Este decreto pone fin a la vía administrativa, y contra el mismo podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición, ante el presidente de la Diputación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto o, directamente, recurso contencioso- administrativo ante los
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valencia, en el plazo de dos meses contados también a partir de aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto. Todo ello, de conformidad con el vigente tenor de los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, y sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime procedente.


ANEXO

CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS VALÈNCIA Y VALÈNCIA NOVA DE LA INSTITUCIÓ ALFONS EL MAGNÀNIM – CENTRE VALENCIÀ D’ESTUDIS I D’INVESTIGACIÓ 2026 EN LAS MODALIDADES DE ENSAYO, NOVELA GRÁFICA, NARRATIVA EN VALENCIANO Y CASTELLANO, Y POESÍA EN VALENCIANO Y CASTELLANO

CLÁUSULAS GENERALES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA

1. Objeto y condiciones
El objeto de esta convocatoria es la regulación de los Premios València y València Nova en las modalidades de ensayo, novela gráfica, narrativa en valenciano y castellano, y poesía en valenciano y castellano en régimen de concurrencia competitiva con el fin de apoyar la creación literaria y fomentar la lectura, hecho que implica la promoción de los premios y las obras ganadoras (arts. 1.2.4 y 1.2.6 de la Ordenanza General de Subvenciones, OGS).
Las dotaciones económicas de los premios, indicadas e las cláusulas particulares de cada uno de ellos, irán a cargo de la aplicación 301 33402 48100 del presupuesto de gastos de 2026. Al tramitarse de manera anticipada, la cuantía total máxima de esta convocatoria tiene carácter estimado y la concesión de los premios queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.
El importe del premio no se considerará en ningún caso como un adelanto de derechos de autoría.
Las cantidades económicas de estos premios están sujetas a las retenciones y al pago que correspondan en cumplimiento de las obligaciones tributarias.

2. Bases reguladoras
La presente convocatoria se regirá por la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de València (aprobada por acuerdo del Pleno de 28 de marzo de 2017, BOP núm. 101, cuya última modificación fue aprobada por acuerdo del Pleno de 4 de diciembre de 2024, BOP núm. 24, de 5 de febrero de 2025), cuyo texto consolidado puede consultarse, a título informativo, en el apartado de subvenciones del portal de transparencia de la Diputación de Valencia.
Visto el Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación de València 2024-2027.

3. Órgano instructor y órgano competente para conceder el premio
El diputado delegado del Área de Cultura de la Diputación de València es el órgano competente de la instrucción a través de la Institució Alfons el Magnànim – Centre Valencià d’Estudis i d’Investigació.
El órgano competente para resolver y conceder el premio es la Junta de Gobierno mediante un acuerdo, en virtud de la delegación del presidente de la Diputación en el apartado 1 de la resolución tercera del Decreto núm. 3553, de 1 de abril de 2025 (artículo 9.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RJSP).
© finalescerrados.com/p/el-autor.html
4. Requisitos para participar
4.1. Premio València
Podrán participar las personas físicas de cualquier nacionalidad que hayan cumplido los 18 años el día de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
No podrá participar quien haya ganado el premio en alguna de las cinco ediciones anteriores.
4.2. Premio València Nova
Podrán participar las personas físicas de cualquier nacionalidad que hayan cumplido 18 años y no hayan cumplido los 35 el día de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
No podrá participar quien haya ganado el premio en alguna de las cinco ediciones anteriores.
En cualquier caso, no podrán obtener la condición de beneficiario las personas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, incluido no hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Así mismo, tampoco podrán obtener esta condición las personas o entidades que sean deudoras de la Diputación de València por conceptos diferentes de los tributarios.

5. Plazo de presentación y publicación de la convocatoria
El plazo de presentación de las solicitudes comprenderá desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de València hasta el día 23 de febrero de 2026 incluido.
La convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, y un extracto se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de València.
Dada la complejidad de la valoración de las obras, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución de concesión será el 13 de noviembre de 2026.
Con carácter general, la resolución de concesión de los premios se publicará en el BOP, y esta tendrá los efectos de notificación. Sin embargo, cuando el órgano instructor lo considere conveniente para garantizar su eficacia, los actos administrativos podrán ser objeto de notificación.
También se podrá dar publicidad en los sitios web de la Institució Alfons el Magnànim – Centre Valencià d’Estudis i d’Investigació (www.alfonselmagnanim.net) y de la Diputación de Valencia.
finalescerrados.com - Javier E.G. Andújar
6. Forma de presentación de las solicitudes La solicitud se presentará y tramitará únicamente por medios electrónicos desde la sede electrónica de la Diputación de València (www.sede.dival.es) mediante el trámite específico habilitado al efecto con un formulario electrónico.
De acuerdo con el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la solicitud podrá presentarse por medio de un representante que acredite la representación con cualquier medio válido en derecho. No obstante, las personas no residentes en España que no dispongan de alguno de los medios de identificación electrónica requeridos para operar en la sede electrónica de la Diputación de València podrán presentar su solicitud en el sitio web premisvalencia.dival.es.
En la solicitud, se declarará responsablemente que la obra es original y está libre de cualquier compromiso de edición, y que no ha sido divulgada o publicada en cualquier forma, ni premiada ni está pendiente de veredicto en otros concursos en la fecha en que finalice el plazo de presentación.
Quien quiera presentarse a varias modalidades, deberá presentarse una solicitud por obra y modalidad a la que quiera optar.
En el caso de existir diversas solicitudes con igual obra o modalidad, solo se considerará válida la última solicitud presentada en plazo.
Junto con la solicitud, deberá presentarse la documentación siguiente en formato PDF. Cada archivo PDF debe contener sólo un documento:
a) Un ejemplar de la obra de forma anónima y sin ningún signo o dato que pueda identificar la autoría.
Sólo se admitirán obras escritas por un único autor o autora. No obstante, en novela gráfica, las obras podrán ser colectivas o en colaboración. En ese caso, las actuaciones administrativas se efectuarán con el representante o persona interesada que haya presentado la solicitud y, en la solicitud, tendrán que hacerse constar expresamente los compromisos de ejecución asumidos por cada participante en la obra y el porcentaje de participación de cada uno en caso de ser premiada. La resolución de concesión respetará esta distribución del premio para cada beneficiario.
La obra debe ser original en la lengua a la que se presente, es decir, que no sea una traducción de una obra escrita originariamente en otra lengua.
Una vez fallado el premio, se destruirán las obras no premiadas.
Las incidencias de la tramitación electrónica relacionadas con cuestiones informáticas de la sede electrónica se atenderán en el correo i el teléfono +34 96 388 25 25. En el correo que se envíe, se deberá indicar que se trata del trámite de solicitud de los premios València y València Nova, la descripción del problema y, si es posible, una captura de pantalla.
El servicio informático tiene horario de 9 a 14 h de lunes a viernes no festivo, por lo que las personas interesadas en participar deberán prever con tiempo suficiente la presentación electrónica.
Las dudas relacionadas con el contenido de esta convocatoria se atenderán exclusivamente en el correo electrónico .

7. Formato de la obra
El formato de la obra para cada modalidad se establece en las cláusulas particulares.

8. Jurado y criterios de valoración De acuerdo con el artículo 19 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de València, la comisión de valoración (Jurado) estará compuesta por un presidente, que será el diputado de Cultura y no tendrá voto en la deliberación de los premios, un máximo de cuatro vocales especialistas de competencia reconocida por cada una de las cuatro modalidades de los premios, y un secretario sin voto, que será el jefe del Servicio de Cultura.
La Institució Alfons el Magnànim podrá encargar a un comité de lectura una primera preselección de las obras para que determine las obras finalistas.
La relación de miembros de los jurados y la fecha para la deliberación de la concesión de los premios se publicarán en un decreto posterior a la publicación de esta convocatoria.
La retribución económica de cada miembro del Jurado que no sea empleado de la Diputación de València será de 600 euros (impuestos excluidos).
El criterio de valoración es el impacto cultural de las obras (art. 16.2.9 de la OGS), para lo cual el jurado valorará los aspectos previstos en las cláusulas particulares de cada premio.

FACULTADES DEL JURADO

El Jurado se reunirá, debatirá sobre las obras presentadas, valorará motivadamente la idoneidad de la ganadora para optar al premio basándose en sus conocimientos y su experiencia en la materia, y dejará constancia en el acta de su veredicto.
En caso de empate, la persona del Jurado que actúe en representación de la editorial que publique la obra ganadora tendrá voto de calidad

9. Edición y distribución de la obra La Diputación de València podrá subscribir convenios para la primera edición de las obras ganadoras que establezcan que la persona ganadora del premio, al aceptarlo, firmará un contrato para la primera edición con la editorial colaboradora.

10. Resolución, aceptación y normativa aplicable La resolución, que pone fin a la vía administrativa, se notificará a la persona ganadora antes del 13 de noviembre de 2026, quien deberá aceptarlo en el plazo de quince días hábiles. La aceptación comporta las obligaciones siguientes para la persona ganadora:
a) Garantizar la autoría y la originalidad de la obra, incluso frente a reclamaciones de terceros.
b) En caso de no tener residencia fiscal en España, aportar un certificado expedido por la autoridad competente del país de residencia que acredite la residencia fiscal. Si el certificado no está en valenciano o castellano, se tendrá que aportar su traducción jurada.
c) Subscribir el contrato de cesión de los derechos de autoría para la primera edición.
d) Asistir a la gala de entrega del premio o designar una persona que asistirá en su representación.
e) Colaborar en el proceso de edición del libro y participar en los actos de promoción de la obra.
La presente convocatoria se rige por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la ley mencionada, por la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de València, por las bases de ejecución del Presupuesto de esta Diputación para el ejercicio 2026, así como por toda la normativa relacionada con las normas citadas.

11. Compatibilidad con otras subvenciones o ayudas Los premios regulados en esta convocatoria no son compatibles con otras subvenciones convocadas, solicitadas o concedidas para el mismo objeto o la misma actividad con cargo al presupuesto de la Diputación de Valencia.

12. Infracciones y sanciones
Quien se presente a esta convocatoria deberá ajustarse a la normativa reguladora del régimen de subvenciones. En caso de no ajustarse o faltar a la veracidad en la información facilitada al centro gestor, será aplicable el régimen de infracciones y sanciones previsto en el artículo 35 de la Ordenanza General de Subvenciones y el Título IV de la Ley General de Subvenciones.

13. Tratamiento de los datos de carácter personal Los datos personales facilitados por las personas participantes en el concurso serán tratados por la Diputación de València exclusivamente para los fines administrativos de tramitación del expediente y para el cumplimiento del interés público y el fomento de la creatividad literaria objetos de la convocatoria.
Podrán ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad de los datos personales dirigiendo una solicitud al Registro de Entrada de la Diputación de València (carrer dels Serrans, 2, 46003 València) o en su sede electrónica (www.sede.dival.es), todo esto sin perjuicio de la garantía de otros derechos y el cumplimiento de obligaciones previstas en el Reglamento (EU) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de los datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales.

14. Recursos
El acuerdo de concesión pone fin a la vía administrativa.
Contra este acuerdo, podrá interponerse potestativamente un recurso de reposición ante el presidente de la Diputación en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación o publicación de la resolución de concesión de los premios.
También podrá presentarse directamente un recurso contencioso- administrativo ante los juzgados de lo Contencioso- Administrativo de València en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la notificación o publicación citadas, todo esto según los arts. 114, 123 y 124 de la ley 3/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los arts. 8, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime procedente.


CLÁUSULAS PARTICULARES

MODALIDAD DE ENSAYO
1. Consignación presupuestaria y cuantía El Premio València tiene una dotación económica de 15.000 euros, i el Premio València Nova, de 15.000 euros.
2. Formato de la obra
Como ensayo se entiende un escrito en prosa en que el autor o autora expresa un punto de vista eminentemente interpretativo sobre un tema científico, filosófico, histórico, literario o político con ideas desarrolladas a través de un estilo personal de redacción, sin que comporte necesariamente la realización de una investigación que aporte información nueva sobre el tema escogido.
La obra presentada debe cumplir los requisitos siguientes:
a) Se pueden tratar temas de cualquier campo del conocimiento (humanidades, historia, ciencias sociales, ciencias físico-naturales y otros).
b) La obra puede desarrollar un tema único o varios íntimamente relacionados, pero no puede ser una recopilación de artículos o publicaciones anteriores, con independencia del soporte o medio de publicación.
c) Puede estar escrita en valenciano o en castellano.
La obra se editará en valenciano, y se traducirá si es necesario.
La obra deberá tener el formato siguiente: tamaño DIN A4, los cuatro márgenes a 2,5 cm, tipo de letra Times New Roman con un tamaño de 12 puntos, y un interlineado de 1,5. Deberá tener una extensión de entre 300.000 y 525.000 caracteres con espacios.
En la portada, se incluirá el título y un resumen de la obra; el resumen tendrá un máximo de 15 líneas.
No estará firmada por la autoría y no podrá tener ningún signo, marca o dato que la identifique. De lo contrario, quedará excluida.
3. Aspectos de valoración y evaluación de las obras El Jurado tendrá en cuenta los aspectos siguientes, que puntuará de acuerdo con sus conocimientos y su experiencia técnicos y literarios:
a) Claridad y corrección en la exposición y la presentación
b) Originalidad e innovación en el tema desarrollado
c) Tratamiento, monográfico o no, de aspectos de relevancia para la sociedad valenciana.
Cada uno de estos aspectos se valorará del 1 al 5, y será ganadora la obra que obtenga la mayor puntuación.

MODALIDAD DE NOVELA GRÁFICA
1. Consignación presupuestaria y cuantía Premio València
El Premio València tiene una dotación económica de 12.000 euros.
2. Formato de la obra
La obra presentada debe cumplir los requisitos siguientes:
a) El tema será libre, respetando los valores favorables a los derechos humanos en general.
b) La obra puede estar escrita en valenciano o en castellano. Se editará en valenciano y en castellano, y se traducirá si es necesario.
c) Se puede presentar un proyecto de un solo autor o autora, o de varios autores que se repartan las tareas (guión, dibujo, entintado, coloración…), que serán considerados coautores.
d) En el caso de obras colectivas o en colaboración, las actuaciones administrativas se efectuarán con el representante o persona interesada que haya presentado la solicitud, en la cual tendrán que constar expresamente los compromisos de ejecución asumidos por cada participante en la obra y el porcentaje participación de cada uno en caso de ganar el premio. La resolución de concesión aplicará esta distribución del premio a cada beneficiario.
Se presentará un proyecto de la obra con una extensión mínima de 16 páginas de tamaño DIN A4, acompañadas de una sinopsis detallada de toda la obra de entre 3 y 6 páginas. Se podrá presentar en blanco y negro o en color.
En la portada, se incluirá el título de la obra.
La obra no estará firmada por la autoría y no podrá tener ningún signo, marca o dato que la identifique.
De lo contrario, quedará excluida.
La extensión final del proyecto ganador deberá ser superior a 64 páginas.
3. Aspectos de valoración y evaluación de las obras El Jurado tendrá en cuenta los aspectos siguientes, que puntuará de acuerdo con sus conocimientos y su experiencia técnicos y literarios:
a) Originalidad y carácter innovador de la composición gráfica de la obra en el guion, la paleta de colores y el dibujo.
Cada uno de estos aspectos se valorará del 1 al 5, y será ganadora la obra que obtenga la mayor puntuación.

MODALIDAD DE NARRATIVA EN VALENCIANO Y NARRATIVA EN CASTELLANO
1. Consignación presupuestaria y cuantía El Premio València tendrá una dotación económica de 15.000 euros, y el Premio València Nova, de 15.000 euros.
2. Formato de la obra
La obra presentada debe cumplir los requisitos siguientes:
a) En la modalidad de narrativa en valenciano, debe estar escrita en valenciano, y en la de narrativa en castellano, en castellano.
b) Podrán presentarse compilaciones de cuentos.
La obra deberá tener el formato siguiente: tamaño DIN A4, los cuatro márgenes a 2,5 cm, tipo de letra Times New Roman con un tamaño de 12 puntos, y un interlineado de 1,5. Si se presenta al Premio València, deberá tener una extensión de más de 200.000 caracteres con espacios, y para el València Nova, de más de 125.000. El límite máximo de caracteres con espacios para los dos premios es de 525.000.
En la portada, se incluirá el título y un resumen de la obra; el resumen tendrá un máximo de 15 líneas.
No estará firmada por la autoría y no podrá tener ningún signo, marca o dato que la identifique. De lo contrario, quedará excluida.
3. Aspectos de valoración y evaluación de las obras El Jurado tendrá en cuenta los aspectos siguientes, que puntuará de acuerdo con sus conocimientos y su experiencia técnicos y literarios:
a) Originalidad e innovación en el estilo del autor y en la estructura de la obra.
b) Dominio del lenguaje y buen empleo de la técnica narrativa.
c) Buen uso del ritmo del relato con una gestión correcta entre tensión narrativa y momentos de reposo para el lector.
Cada uno de estos aspectos se valorará del 1 al 5, y será ganadora la obra que obtenga la mayor puntuación.

MODALIDADES DE POESÍA EN VALENCIANO Y POESÍA EN CASTELLANO
1. Consignación presupuestaria y cuantía Premio València
El Premio València tendrá una dotación económica de 9.000 euros, i el Premio València Nova, de 9.000 euros.
2. Formato de la obra
La obra presentada debe cumplir los requisitos siguientes:
a) En la modalidad de poesía en valenciano, debe estar escrita en valenciano, y en la de poesía en castellano, en castellano.
La obra deberá tener el formato siguiente: tamaño DIN A4, tipo de letra Times New Roman con un tamaño de 12 puntos, e interlineado de 1,5. Debe tener una extensión de entre 700 y 1.200 versos o líneas.
En la portada, se incluirá el título y un resumen de la obra; el resumen tendrá un máximo de 15 líneas.
No estará firmada por la autoría y no podrá tener ningún signo, marca o dato que la identifique. De lo contrario, quedará excluida.
3. Aspectos de valoración y evaluación de las obras El Jurado tendrá en cuenta los aspectos siguientes, que puntuará de acuerdo con sus conocimientos y su experiencia técnicos y literarios:
a) La calidad formal de las composiciones: el estilo, la riqueza verbal, la plasticidad y sensualidad de las imágenes, la sonoridad de las palabras, etc.
b) La adecuación de la forma utilizada al contenido de lo que se quiere expresar o a la intencionalidad del poeta.
c) La profundidad y el acierto de las reflexiones éticas o la capacidad de transmitir la belleza poética a través de las palabras.
Cada uno de estos aspectos se valorará del 1 al 5, y será ganadora la obra que obtenga la mayor puntuación.



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Este texto existe porque alguien, alguna vez, invitó un café.

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