BECAS PARA LA AMPLIACIÓN DE ESTUDIOS INTERNACIONALES FUNDACIÓN SGAE 2024/2025

Portada Finales Cerrados
17 de mayo 2024
Teatro, guion
1 beca de hasta 9.000 € y 6 becas de hasta 1.000 € por categoría
Autores socios de la sgae
Fundación Sgae
España
Envío Electrónico

BASES

Bases de las becas para la ampliación de estudios internacionales Curso 2024/2025

Primera: tipología y modalidades de becas
https://www.finalescerrados.com/p/concursos.html ©
La Fundación SGAE presenta el siguiente programa de becas de formación para el curso 2024/2025 para la ampliación de estudios en el extranjero:
© www.finalescerrados.com
- Becas para la formación internacional en creación teatral.

- Becas para la formación internacional en creación coreográfica.

- Becas para la formación internacional en escritura de guion.

- Becas para la formación internacional en dirección audiovisual.

- Becas para la formación internacional en creación de músicas populares.

- Becas para la formación internacional en creación de música clásica actual.

Cada uno de los 6 programas de becas que se reseñan se dotará de:

• Una beca integral, por un importe máximo de 9.000 euros, para un curso académico completo. El importe deberá ser destinado a los gastos de matrícula, estancia, viaje, manutención, etc. del seleccionado.

• Y un mínimo de 6 becas parciales (y hasta el máximo que permita la partida presupuestaria asignada a cada proyecto de beca) por un importe máximo de 1.000 euros cada una de ellas para la asistencia a cursos, seminarios, máster class, talleres, etc. de duración determinada e inferior a un curso académico.

Segunda: solicitantes

1. Los solicitantes deberán ser autores socios de la SGAE y deberán justificar el dominio del idioma en el que se impartirá la formación para la que se solicita la beca.

2. Ningún solicitante podrá resultar seleccionado para más de uno de los programas de formación que se citan en esta convocatoria y, dentro del mismo programa de formación, a más de un tipo de beca.

Tercera: tipología de los proyectos de formación e importe de la beca

1. La presente convocatoria de becas se circunscribe a los siguientes ámbitos de creación artística:

• Creación teatral: escritura.

• Creación coreográfica: coreografía.

• Creación audiovisual: escritura de guiones y dirección audiovisual.

• Creación musical: músicas populares y música clásica actual.

2. En cada campo de creación hay dos tipos de solicitudes, la beca integral y las becas de asistencia a cursos, seminarios, etc. En cualquier caso, el programa de estudios objeto de la solicitud deberá iniciarse a partir del 1 de junio de 2024 y finalizar como máximo el 31 de diciembre 2025.

3. La formación solicitada deberá tener lugar en un país distinto al de residencia del solicitante.

4. Para el cálculo de la cantidad solicitada se tendrá en cuenta el precio de matrícula del curso y los costes de desplazamiento y, en el caso de la beca integral, también podrán ser objeto de la beca los costes de manutención y alojamiento.

Cuarta: documentación

Las solicitudes deberán contener la siguiente documentación:

1. Formulario de solicitud debidamente cumplimentado

2. Copia del NIF/NIE/Pasaporte

3. CV del solicitante.

4. Documentación sobre los estudios para los cuales se solicita la beca.

5. Carta del solicitante explicando los objetivos artísticos perseguidos a través de esta formación.

6. Acreditación de la admisión en el centro de estudios extranjero elegido de reconocido prestigio a nivel internacional.

7. Presupuesto de gastos.

8. Acreditación del nivel de idioma en el que se impartirá el curso.

9. Certificación de la colaboración de otras entidades, en su caso.

10. Autorización del autor solicitante a favor de Fundación SGAE para que ésta pueda hacer uso de sus datos de carácter personal en el marco de la presente convocatoria. El modelo de autorización que se debe presentar está disponible en la web de Fundación SGAE dentro del apartado de convocatoria de esta beca.

Quinta: criterios de selección

Para la evaluación de los proyectos recibidos, se valorarán especialmente los siguientes criterios:

1. Cumplimiento de los requisitos exigidos.

2. Interés del proyecto de formación.

3. Méritos académicos y artísticos del aspirante.

4. Nivel de conocimiento del idioma del país de destino.

5. Prestigio de la institución que imparte la formación.

Cuando sea necesario elegir entre diferentes proyectos susceptibles de recibir la beca, se dará prioridad a los socios que no hayan recibido ayudas o becas de Fundación SGAE con anterioridad.

Sexta: presentación de solicitudes y plazo

El formulario de solicitud estará disponible en la web de la Fundación SGAE fundacionsgae.org. Deberá usarse el formato electrónico del formulario, siendo necesario rellenar todos los campos. La Fundación SGAE acusará recibo de todas las solicitudes y notificará a aquellos que no presenten toda la documentación exigida los documentos que falten. Los solicitantes que no aporten la documentación requerida en las presentes Bases tendrán un plazo máximo de quince (15) días para la subsanación desde la notificación correspondiente. Si en dicho plazo no realizan la subsanación se tendrá por no presentada la solicitud.

El plazo de presentación de las solicitudes para las becas para la ampliación de estudios internacionales Curso 2024/2025 se iniciará el miércoles 27 de marzo de 2024 y se mantendrá abierto hasta las 23.59 h. del viernes 17 de mayo de 2024. Las solicitudes recibidas fuera de este plazo serán desestimadas.

Séptima: procedimiento y selección de solicitudes

1. Un Comité de Evaluación se encargará de estudiar y evaluar las solicitudes que cumplan los requisitos indicados en estas bases.

2. El Comité decidirá la concesión de las becas y su resolución será comunicada a todos los interesados por escrito.

3. La resolución del Comité será inapelable.

Octava: formalización de la colaboración

La Fundación SGAE y el solicitante cuya beca haya sido aprobada, suscribirán un convenio de colaboración específico que habrá de contener, necesariamente, las Bases establecidas en el presente documento y la información que enumeramos a continuación, a título enunciativo:

1. Derechos y obligaciones de cada una de las partes.

2. Plazo de inicio y finalización de la formación becada.

3. Importe de la beca concedida.

4. Forma de pago.

5. Seguimiento de la formación (informe, evaluación, material donde se incluya la imagen corporativa de la Fundación SGAE y memoria final).

Fundación SGAE solicitará al beneficiario de la beca la documentación pertinente para la formalización del convenio. El plazo máximo para aportar esa documentación será de dos (2) meses a contar desde la solicitud de Fundación SGAE de la misma. Si el seleccionado no hace entrega de la documentación en ese plazo perderá el derecho a la beca. Toda la documentación aportada pasará a formar parte inseparable del convenio que se suscribirá entre las partes y no se devolverá.

Asimismo, Fundación SGAE hará llegar al beneficiario de la beca el convenio a suscribir entre las partes. El beneficiario tendrá un plazo máximo de dos (2) meses para devolver firmados los ejemplares del convenio acompañado de documento de pago o factura (según el caso) para el cobro de la beca. La no entrega del convenio o del documento o factura para el pago en el citado plazo hará perder al beneficiario la beca.

Novena: deber de confidencialidad y protección de datos personales

Toda la información que las partes suministren en la gestión del proyecto tiene carácter confidencial y no podrá ser revelada a terceros ni utilizada para fines distintos a los establecidos, salvo las excepciones determinadas por la legislación vigente.

Los datos de carácter personal que voluntariamente faciliten los solicitantes se incorporarán en un fichero cuyo responsable es Fundación SGAE y serán utilizados, única y exclusivamente, para la gestión de la participación del solicitante en esta convocatoria de ayudas. El titular del Derecho Fundamental a la Protección de Datos Personales cuenta con los derechos de Acceso, Rectificación, Supresión, Limitación, Oposición, Portabilidad de Datos y el de No ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para ejercerlos puede dirigirse por escrito a: Fundación SGAE, a la atención de Servicios jurídicos, calle Bárbara de Braganza, 7, 28004 Madrid. El escrito deberá indicar nombre, apellidos e indicar el derecho ejercitado y el motivo y deberá venir acompañada de fotocopia del DNI/NIE o Pasaporte. Fundación SGAE presume que los datos facilitados por el afectado son veraces y responden a su situación actual. El afectado se obliga a comunicar su modificación desde el momento en que se produzca.

Décima: normas generales

1. La presentación de la solicitud por parte del solicitante implica la aceptación tácita de éste de las condiciones.

2. El solicitante exime a Fundación SGAE de cualquier responsabilidad derivada de cualquier transgresión de la legislación vigente en que pudiera incurrir el solicitante respecto de la realización y desarrollo del proyecto.

Para más información:



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