CONCURSO DE LETRAS DEL FONDO NACIONAL DE LAS ARTES 2025

Portada Finales Cerrados
10 de junio 2025
Cuentos, novela, ensayo/no ficción, poesía
$1.000.000, $750.000, $500.000
Argentinos y extranjeros mayores de 18 años que residan legalmente en cualquier punto de la república argentina
Fondo Nacional De Las Artes
Argentina
Envío Electrónico

BASES


República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
AÑO DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA
CONCURSO DE LETRAS 2025

MARCO GENERAL
Con el fin de fomentar, reconocer y premiar la creación de obras literarias de diferentes géneros, el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES lanza el CONCURSO DE LETRAS 2025, dirigido a escritores argentinos y extranjeros que residan legalmente en el país.
finalescerrados.com ©
OBJETIVOS
Reconocer y valorar la producción literaria. Premiar la labor creativa de nuestros escritores.
finalescerrados.com - Javier E.G. Andújar
REGLAMENTO

ARTÍCULO 1° - LLAMADO A CONCURSO
El FONDO NACIONAL DE LAS ARTES llama a concurso a escritores argentinos y extranjeros, que residan legalmente en el país, a fin de contribuir al fomento de la creación de obras literarias en los géneros establecidos en el artículo 2° del presente reglamento.

ARTÍCULO 2° - GÉNEROS
Los géneros literarios para concursar serán:
• Cuentos
• Novela
• Ensayo/No Ficción
• Poesía

ARTÍCULO 3° - PREMIOS
Se establecen los siguientes premios para cada uno de los géneros:
• Un Primer Premio de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000.-)
• Un Segundo Premio de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($750.000.-)
• Un Tercer Premio de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000.-)
Podrán otorgarse además menciones honoríficas.

ARTÍCULO 4° - INSCRIPCIÓN
a. La inscripción deberá realizarse exclusivamente a través de la Plataforma web del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES: app.fnartes.gob.ar.
b. Los participantes deberán registrarse como usuarios, completar el formulario de inscripción y subir el archivo de la obra a concursar conforme a los géneros establecidos en el artículo 2° del presente reglamento. La postulación sólo podrá ser realizada desde el usuario del autor de la obra o de su representante en caso de tratarse de autoría compartida.

ARTÍCULO 5° - REQUISITOS
a. Podrán participar argentinos y extranjeros mayores de 18 años, que residan legalmente en la República Argentina.
b. La presentación de las obras deberá hacerse con seudónimo. Toda referencia a la identidad de los autores será penalizada con la descalificación de la obra a concursar
c. Cada participante podrá presentar una única obra en el Concurso.
d. Las obras deberán estar escritas en idioma nacional.
e. Las obras postuladas deberán permanecer inéditas hasta la fecha de publicación de los ganadores y no podrán haber sido presentadas simultáneamente en otro concurso o convocatoria.
f. Podrán presentarse obras de autoría compartida, pero no se aceptarán compilaciones ni antologías.
g. El concursante, o el representante en caso de tratarse de coautoría, deberá:
• completar los datos requeridos en el formulario de inscripción;
• presentar copia del anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad argentino otorgado por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER). La constancia de DNI en trámite no acredita identidad.
• presentar el archivo de la obra a concursar en formato .PDF. Este deberá llevar por nombre el seudónimo del autor y el título de la obra e incluir una carátula con ambos datos.
h. En las categorías Novela, Cuentos y Ensayo/No ficción, las obras deberán tener una extensión mínima de cien (100) páginas y una máxima de trescientas cincuenta (350); y, en Poesía, el poemario deberá tener una mínima de cuarenta y ocho (48) y una máxima de doscientas cincuenta (250) páginas.
i. Las obras de dichas categorías deberán presentarse en hoja tamaño carta o A4 doble espacio con tamaño de letra doce (12) con tipografía estándar (Arial, Times New Roman, Verdana o similar) y orientación vertical.
j. El FONDO NACIONAL DE LAS ARTES estima conveniente que los postulantes inscriban la obra a concursar en la DIRECCIÓN NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR.
k. Se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen al correo electrónico declarado por el postulante en el registro de usuario, siendo su responsabilidad mantenerlo actualizado para todo lo relativo a las comunicaciones posteriores al cierre de la convocatoria. En caso de declarar un correo electrónico inválido se tendrán por legítimas todas las comunicaciones e intimaciones dirigidas al mismo.

ARTÍCULO 6° - RESTRICCIONES
a. Quedan excluidos de esta convocatoria los funcionarios y el personal de planta permanente y contratado que se desempeña en el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.
b. No podrán participar los artistas que tengan relación de parentesco hasta el segundo (2°) grado consanguíneo y/o de afinidad con algún miembro del Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.
c. No podrán postularse las personas que durante el año 2024 hayan recibido una beca o premio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.
d. No podrán participar las personas que actúen como jurado en alguna convocatoria organizada por el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES durante el 2025
e. No serán tomadas en cuenta las solicitudes de beneficiarios de años anteriores de algún programa del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES que no hayan cumplido con los compromisos adquiridos, en los plazos estipulados según la reglamentación vigente.

ARTÍCULO 7° - JURADO
El jurado, que estará integrado por personalidades de reconocida trayectoria, dará a conocer su dictamen dentro de los NOVENTA (90) días de haberse constituido.
En tal sentido, se confeccionará un Acta con la nómina de ganadores que será elevada al Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES para su consideración y aprobación.

ARTÍCULO 8° - RESULTADOS
La nómina de premiados será publicada en la página web del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES (www.fnartes.gob.ar) y se realizarán por correo electrónico las notificaciones correspondientes.

ARTÍCULO 9°.- RENUNCIA AL BENEFICIO
Los artistas que deseen postularse deberán aceptar el Reglamento de la Convocatoria y dar fe de que cumplen con los requisitos solicitados en el Artículo 5°, de que no se encuentran alcanzados por las restricciones detalladas en el Artículo 6° y de que aceptan el beneficio en caso de que les sea otorgado.
En caso de RENUNCIA deberá comunicarse, en un plazo no mayor a dos (2) días hábiles a partir de la publicación, al correo electrónico con el asunto "Renuncia Concurso de Letras 2025".










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