II CERTAMEN LITERARIO ALBORAYA 2022
31 de agosto 2022 | |
Relato, poesía | |
1.000 € | |
Mayores de edad, residentes en españa | |
Ayuntamiento De Alboraya | |
España | |
Envío Electrónico |
BASES
BASES DEL CONCURSO «II PREMIS LITERARIS ALBORAIA 2022»https://www.finalescerrados.com/ ©
1. Bases.
finalescerrados.com/p/concursos.html ©
1. Objeto y régimen de concesión.
El objetivo de los II PREMIOS LITERARIOS ALBORAYA 2022 es fomentar la creación y difusión literaria. Estas bases regularán, en régimen de concurrencia competitiva, el proceso de concesión de los galardones.
2. Financiación.
La dotación presupuestaria de estos premios se aplicará a la partida presupuestaria 911.3321.48000 del presupuesto municipal vigente para el año 2022.
3. Publicidad.
La convocatoria de los premios y las bases que los regulan serán publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Base de datos Nacional de Subvenciones, de acuerdo con los artículos 9.3 y 20.8 de la Ley 38/2003, general de subvenciones. También en la página web municipal www.alboraya.org.
4. Participantes y modalidades.
Las persones participantes tendrán que ser mayores de edad, de cualquier nacionalidad, residir en el territorio estatal y solo presentarán una obra a cada modalidad. No podrán participar las personas ganadoras de ediciones anteriores.
Se establecen dos modalidades de carácter general: narrativa (de cualquier género) y poesía. Además, en cada una de estas modalidades se establece un premio de autoría local. Los premios de carácter general y de autoría local no podrán recaer en la misma persona.
La condición de autoría local la determina el hecho de estar empadronado en el municipio de Alboraya antes del 31 de diciembre de 2021.
5. Características de las obras.
Las obras tienen que ser originales e inéditas.
No podrán concurrir trabajos premiados, pendientes de resolución, presentados simultáneamente a otros concursos o con publicación comprometida. El Ayuntamiento garantizará la autenticidad de los trabajos presentados.
El tema de las obras es libre.
Se podrá utilizar indistintamente las dos lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana.
En la modalidad de narrativa, las obras tendrán que tener aproximadamente una extensión mínima de 20.000 caracteres y máxima de 30.000 caracteres (espacios incluidos).
En la modalidad de poesía, la extensión tendrá aproximadamente un mínimo de 50 versos y un máximo de 100 versos, de metro y rima libre o regular, no interlineado, en un poema o conjunto de poemas de tema común.
6. Presentación de las obras.
Las persones participantes tienen que rellenar la instancia II Premios Literarios Alboraya y tramitarla exclusivamente mediante la sede electrónica del Ayuntamiento de Alboraya.
En el apartado Documentos que se adjuntan hay que adjuntar:
. DNI, pasaporte o tarjeta de residencia.
. La obra en un archivo electrónico con las siguientes características:
.. Formado PDF.
.. El archivo en PDF se tiene que denominar con un pseudónimo.
.. La portada de la obra tendrá que incluir:
... Título del texto literario.
... Pseudónimo que denomina el PDF (sin ninguna referencia a la autoría).
... Leyenda: «II Premios Literarios Alboraya 2022».
El funcionariado del Ayuntamiento de Alboraya preservará el anonimato de la autoría. Solo se hará público el nombre de las personas ganadoras cuando se resuelvan los premios.
El plazo de presentación de originales se iniciará el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria al Boletín Oficial de la Provincia y acabará el día 31 d’agost de 2022.
No se admitirán las obras presentadas fuera de plazo.
7. Órgano competente para la instrucción, resolución del procedimiento y notificación de la resolución del veredicto.
Una comisión de evaluación, formada por cinco miembros y designada por Decreto de Alcaldía, valorará las obras que concurran a los premios:
- Presidencia: Alcaldía o en quien delegue.
-Secretaría: Bibliotecario municipal.
-Vocalies: Tres profesionales relacionados con el mundo de la cultura.
Esta comisión emitirá acta para la resolución del premio por el órgano competente. La resolución del nombramiento de los jurados de la comisión de evaluación se hará pública a la página web del Ayuntamiento de Alboraya (www.alboraya.org).
Esta comisión de evaluación tendrá plena competencia para aplicar e interpretar estas bases y el veredicto será inapelable. Quién deseo participar aceptará expresamente su autoridad para resolver los premios y para solucionar cualquier incidencia no prevista en estas bases.
El secretario de la comisión de evaluación será el bibliotecario municipal que actuará como instructor del procedimiento.
Los participantes galardonados se comprometen, con la aceptación del premio, a asistir a la ceremonia de entrega y podrán formar parte del jurado en la edición siguiente.
El órgano competente para otorgar este premio será el alcalde-presidente, que adoptará la resolución de acuerdo con el artículo 26 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión no excederá de nuevo meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria. El vencimiento del plazo, sin haberse notificado la resolución, legitima los interesados e interesadas para entender desestimadas, por silencio administrativo, la solicitud en el premio.
La resolución de la concesión agotará la vía administrativa. Contra ella se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación, o bien directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
El Ayuntamiento de Alboraya se reserva la posibilidad de suspender el premio literario siempre que haya causas mayores justificadas y ajenas a la organización del premio.
8. Premio y dotación económica.
Cada modalidad tendrá solo un premio con una dotación económica de 1.000 euros.
También habrá un único premio especial para el mejor trabajo presentado en cada modalidad por un autor o autora local de 300 euros.
Estas dotaciones serán indivisibles y no se podrá conceder ningún premio en calidad de ex aequo.
A los premios se los aplicará la retención legal correspondiente de acuerdo con la legislación fiscal vigente.
La entrega pública del premio será el día 22 de octubre de 2022. Este día será considerado fecha de justificación de la concesión del premio.
La comisión de evaluación podrá declarar desierto el premio de cualquier categoría.
9. Publicación de las obras ganadoras.
El Ayuntamiento de Alboraya se reserva la potestad de publicar las obras premiadas.
10. Aceptación de las bases.
La participación en esta convocatoria implica la plena conformidad y la aceptación de estas bases.
11. Otros.
A fin de que quien participo pueda verificar la recepción de los trabajos presentados, se publicará en la página web del Ayuntamiento (www.alboraia.org) una relación de las obras recibidas en la cual figurará el título de la obra y el pseudónimo con el cual participa en el premio.
El Ayuntamiento de Alboraya se reserva la posibilidad de suspender el premio literario siempre que haya causas mayores justificadas y ajenas a la organización del premio.
Las obras no ganadoras se destruirán 30 días después de emitir el resultado.
12. Protección de datos.
En virtud de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, se informa que los datos facilitados serán tratadas por el Ayuntamiento de Alboraya, en calidad de responsable de tratamiento, con el fin de gestionar las inscripciones en actividades y convocatorias de índole social, cultural o deportiva.
Los datos serán conservados durante el plazo de tiempo de la actividad. Sin embargo, los datos podrán conservarse con fines de archivo de interés público, de investigación científica e histórica o estadística.
La base jurídica de legitimación para el tratamiento de los datos personales radica en el consentimiento explícito manifestado por usted mediante la formalización del documento de inscripción.
Los datos serán cedidos a las entidades públicas o privadas, a las como sea necesario u obligatorio ceder estos para poder gestionar la solicitud, y también en los supuestos previstos, de acuerdo con la Ley.
Usted podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación u oposición. A tal efecto, tendrá que presentar un escrito al Registro de Entrada del Ayuntamiento de Alboraya, calle de la Milagrosa, 17 o al Delegado de Protección de Datos ().
En el escrito tendrá que especificar qué de estos derechos solicita que sea satisfecho y, al mismo tiempo, tendrá que mostrar, o en caso de envío postal, acompañar la fotocopia del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, tendrá que aportar también documento que acredito la representación y documento identificativo de este.
En caso de considerar vulnerado el derecho a la protección de datos personales, podrá interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es).
13. Normativa complementaria.
En aquello no previsto en estas bases será aplicable, cuando proceda, el régimen previsto en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones; en el reglamento de la Ley general de subvenciones aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Alboraya y en las bases de ejecución del Presupuesto Municipal de 2022.
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