IV PREMIO DE DRAMATURGIA ANTONIO GALA
15 de junio 2025 | |
Dramaturgia | |
12.000 euros y publicación | |
Todos | |
Diputación De Córdoba | |
España | |
Envío Electrónico |
BASES
BASES DE LA CONVOCATORIA DEL IV PREMIO DE DRAMATURGIA “ANTONIO GALA” DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBALa Diputación de Córdoba, a través de su Delegación de Cultura, convoca el IV Premio de Dramaturgia “Antonio Gala”.
1. PARTICIPANTES.
© finalescerrados.com - Javier E.G. Andújar
Podrán participar en este concurso autores/as de textos teatrales, de cualquier edad y nacionalidad, que presenten obras inéditas, escritas en lengua castellana. Cada autor/a sólo podrá presentar una obra de temática libre. Asimismo, los participantes quedan obligados a someterse a las actuaciones de comprobación de la Administración.
2. REQUISITOS.
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Las obras deben cumplir los siguientes requisitos:
• Tener una extensión máxima de 125 páginas.
• Ser originales.
• Ser inéditas (que nunca haya sido publicada, ni siquiera parcialmente, en cualquier forma ni por cualquier medio).
• No haber sido premiadas en otros certámenes ni obtenido este premio en ediciones anteriores.
• No haber sido nunca interpretada (en cualquiera de sus formas, ni siquiera parcialmente, tanto en directo como por cualquier otro medio, incluyendo la lectura pública).
3. DOCUMENTACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN.
Las personas que opten al IV Premio de Dramaturgia “Antonio Gala” tendrán que aportar la documentación y seguir las instrucciones que se detallan a continuación:
3.1. DOCUMENTACIÓN:
➢ Solicitud (formulario electrónico), dirigida al Presidente de la Diputación de Córdoba, según modelo que se adjunta en las presentes bases (Anexo I) que incluye declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 del noviembre, General de Subvenciones, de conformidad con el artículo
26 del Reglamento de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
➢ Fotocopia del DNI, o, en su caso, del Pasaporte.
➢ Breve currículum vitae.
➢ La obra a presentar que deberá ir sin firma, bajo lema o seudónimo escrito en la cabecera de la portada junto con el título de la misma.
3.2. PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN:
3.2.1. Solicitantes con certificado de firma digital La solicitud de participación, junto al resto de la documentación requerida en la convocatoria, se presentará en el Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Córdoba.
a) El acceso a la tramitación electrónica estará disponible desde la sede electrónica, en la dirección www.dipucordoba.es/tramites y se realizará a través del formulario electrónico habilitado al efecto, que contendrá la misma información que figurará en la solicitud (Anexo I) de la convocatoria. El modelo será cumplimentado de acuerdo con las instrucciones y controles establecidos por la aplicación informática. El Registro Electrónico proporcionará documento de acuse de recibo de la transacción realizada en los términos que refleja el art. 6º del Reglamento citado.
b) Las solicitudes irán firmadas electrónicamente por la persona física solicitante, a título individual, o bien el tutor/tutora o la persona que ostente la representación legal del participante utilizando para ello, igualmente, el certificado electrónico, previa acreditación de la representación.
c) Con el fin de asegurar la identidad del solicitante, para acceder a la aplicación informática, se requerirá estar en posesión de Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNI e) o certificado digital reconocido de persona física o jurídica, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. La información sobre los requisitos y medios para obtener el certificado digital de usuario así como los tipos de certificados admitidos por la Sede Electrónica de la Diputación figuran claramente en el apartado correspondiente de dicha Sede: http://www.dipucordoba.es/sobre_la_firma_electronica.
Las obras se presentarán en formato PDF inferior a 5 MB.
3.2.2. Solicitantes que no dispongan de certificado de firma digital.
Podrán presentar la obra mediante dos procedimientos:
A) Por Registro General de la Diputación de Córdoba:
La solicitud de participación (Anexo I), junto al resto de la documentación requerida en la convocatoria, se presentará en un sobre que contendrá a su vez otros dos sobres:
1. En el primero de ellos (sobre1) se hará constar en su exterior la leyenda: “IV Premio de Dramaturgia “Antonio Gala””, así como el título de la obra y el lema o seudónimo, incluyéndose en su interior un pendrive con la obra en los términos señalados en la presenta convocatoria.
2. En el segundo de los sobres (sobre 2) se hará constar en su exterior la leyenda “IV Premio de Dramaturgia “Antonio Gala””, así como el título de la obra bajo lema o seudónimo y la mención “Datos personales”, incluyéndose en su interior:
• Fotocopia del DNI, o, en su caso, del Pasaporte.
• Breve currículum vitae.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Diputación de Córdoba (Plaza de Colón s/n), de lunes a viernes en horario de 8:30 a 14:00 horas. Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo. Si, conforme a dicho precepto, se presentara a través de las Oficinas de Correos, deberá aparecer el sello de certificado en el sobre exterior y en la propia solicitud. En caso de optar por presentar la solicitud en registro distinto al General de Diputación de Córdoba o a través de Correos, se deberá informar a la Delegación de Cultura de la Diputación, por correo electrónico a la dirección , con el Asunto “IV Premio de Dramaturgia "Antonio Gala”" adjuntando copia de la solicitud. La ausencia de dicho requisito implicará la exclusión del solicitante.
Dirección para el envío por correo postal:
Diputación Provincial de Córdoba.
Plaza de Colón s/n.
CP 14071. Córdoba (España).
B) Por la Sede Electrónica de la Diputación de Córdoba https://sede.dipucordoba.es/diputacion La personas solicitantes deberán cumplimentar en todos sus apartados el modelo de solicitud que figura en la página web: www.dipucordoba.es/tramites.
Una vez cumplimentado el modelo de solicitud (formulario electrónico) y subidos los documentos que se le solicitan, deberán imprimir la solicitud rellena siguiendo las instrucciones que el propio formulario facilita y presentarlo en el registro correspondiente.
La limitación de tamaño para adjuntar documentación digitalizada es también de 5 Mb. Toda la documentación deberá ir digitalizada en un solo documento PDF.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Diputación de Córdoba (Plaza de Colón s/n), de lunes a viernes en horario de 8:30 a 14:00 horas. Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo. Si, conforme a dicho precepto, se presentara a través de las Oficinas de Correos, deberá aparecer el sello de certificado en el sobre exterior y en la propia solicitud. En caso de optar por presentar la solicitud en registro distinto al General de Diputación de Córdoba o a través de Correos, se deberá informar a la Delegación de Cultura de la Diputación, por correo electrónico a la dirección ,con el Asunto “IV Premio de Dramaturgia Antonio Gala” adjuntando copia de la solicitud. La ausencia de dicho requisito implicará la exclusión del solicitante.
No se admitirán obras presentadas por correo electrónico
4. PLAZO DE PRESENTACIÓN
El plazo de presentación se iniciará al día siguiente de la publicación de estas bases en el (BOP) Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y finalizará dos meses después. No serán admitidas las obras que se reciban fuera de plazo.
Finalizado el plazo de solicitudes, se publicará en el Tablón de Edictos de la Diputación de Córdoba, relación de trabajos presentados.
5. PREMIO
Se establece un premio de DOCE MIL EUROS (12.000,00 €), cantidad que se imputará a la aplicación 474.3341.48106 del presupuesto correspondiente al ejercicio 2025. Esta dotación estará sujeta a las retenciones fiscales aplicables. Además, la obra ganadora será publicada con una tirada de 500 ejemplares, de los cuales 50 serán entregados al autor o autora.
6. COMISIÓN DE LECTURA Y JURADO
Las obras seleccionadas por la Comisión de Lectura, nombrada por el Diputado de Cultura, y formada por personas de reconocido prestigio dentro del mundo de la literatura, la escena teatral y la cultura en general, serán propuestas al Jurado para el fallo del Premio.
El Jurado, designado por el Diputado de Cultura, estará igualmente integrado por personas de reconocido prestigio dentro del mundo de la literatura, la escena teatral y la cultura en general.
Actuará como Secretaria con voz, pero sin voto, la jefa del Departamento de Cultura de la Diputación de Córdoba.
El jurado emitirá su fallo, inapelable, antes de que finalice 2025. Si las obras presentadas no alcanzaran la calidad necesaria, el premio será declarado desierto.
El Fallo del Jurado se comunicará al ganador/a personalmente y será publicado en la Web de la Delegación de Cultura y la Base de datos Nacional de Subvenciones.
7. ACEPTACIÓN
La participación en el concurso implica la aceptación y conformidad de estas bases, y en lo no previsto en las mismas, se estará a lo que dictamine el Jurado.
8. RESOLUCIÓN
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses, computado a partir de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
9. OBRAS NO PREMIADAS
Las obras no premiadas no serán devueltas y se destruirán a los 10 días del fallo del premio.
10. INCUMPLIMIENTO
Si con posterioridad a la concesión del premio se tuviese conocimiento de anomalía o incumplimiento de las bases, procederá su revocación por parte de la Diputación Provincial de Córdoba, previa consulta con el Jurado, siendo, no obstante, obligación inexcusable del beneficiario/a del Premio para poder percibirlo encontrarse al corriente de sus obligaciones.
11. NORMATIVA
Instruirá el procedimiento para la concesión del Premio a que se refiere la presente convocatoria la Delegación de Cultura de la Diputación de Córdoba.
La resolución del procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, se efectuará mediante Decreto de la Diputada-Delegada de Presidencia, Gobierno Interior y Vivienda en virtud de las facultades conferidas por el Sr. Presidente, mediante su Decreto de delegación de competencias, de 11 de julio de 2023.
Para lo no previsto en las Bases de la Convocatoria serán de aplicación:
• La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
• El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
• La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
• Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
• Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación Provincial de Córdoba 2025.
• Ordenanza reguladora de la actividad subvencional. Criterios de graduación u potestad sancionadora en la materia, de la Diputación Provincial de Córdoba, publicada en el BOP nº 29 de 22 de febrero de 2020.
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