LI CONCURSO DE CUENTOS EN CASTELLANO "PREMIO IGNACIO ALDECOA" 2022


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10 de julio 2022
Cuento
6.000 € y edición
Mayores de 16 años, sin restricciones por nacionalidad o residencia
Diputación Foral De Álava
España
Envío Electrónico

BASES

Orden Foral 123/2022, de 12 de mayo. Aprobar la convocatoria del LI concurso de cuentos en castellano "Premio Ignacio Aldecoa" 2022
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ANEXO I

CONVOCATORIA DEL CONCURSO DE CUENTOS EN CASTELLANO

"PREMIO IGNACIO ALDECOA", AÑO 2022

Artículo 1. Objeto y finalidad

1. El objeto de la convocatoria del "Premio Ignacio Aldecoa" en su LI edición es premiar obras literarias de especial calidad, originales e inéditas, en la modalidad de cuento, escritas en castellano.

2. La finalidad de este certamen es estimular la creación literaria en castellano, y se busca encontrar nuevas figuras literarias, o figuras en proceso de consolidación, mediante el recuerdo y la exaltación de la figura de Ignacio Aldecoa.

3. Esta convocatoria se rige por las bases generales reguladoras de la concesión de premios en régimen de concurrencia competitiva del Departamento de Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Álava, aprobadas por Decreto Foral 18/2022, de 26 de abril.

Artículo 2. Procedimiento de concesión

El procedimiento de concesión del premio es el de concurrencia competitiva. La concesión del premio se realiza mediante la comparación de las obras presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas, de acuerdo con la valoración realizada por el jurado designado a tal efecto.

Artículo 3. Imputación presupuestaria y cuantía del premio

1. Se establece un único premio. La dotación económica del premio es de 6.000,00 euros.

2. La partida presupuestaria que ampara este gasto, cuyo importe máximo total es de 6.000,00 euros, es la 70104. G/332701/47900704 "Convocatorias de premios literarios", del presupuesto de gastos de la Diputación Foral de Álava para el ejercicio 2022.

Artículo 4. Requisitos de las personas aspirantes a los premios

Podrán participar en este certamen las personas físicas que a fecha de publicación de esta convocatoria en el BOTHA hayan cumplido 16 años de edad, cualquiera que sea su nacionalidad o lugar de residencia.

Artículo 5. Características de los trabajos

Los cuentos deberán ser originales e inéditos. La persona participante deberá enviar una colección de cuentos y seleccionar uno de ellos para presentar al concurso. La colección deberá tener una extensión mínima de 20.000 palabras, escritas con tipografía de imprenta (tipo arial, 12 o similar) y a doble espacio.

Artículo 6. Forma de presentación de las candidaturas

1. Las personas interesadas en presentarse a esta convocatoria podrán presentar su candidatura a través de una de las siguientes formas: a. A través de medios electrónicos, cumplimentando el formulario dispuesto al efecto en la sede electrónica de la Diputación Foral de Álava. Para ello, con carácter previo, las personas solicitantes deberán disponer de alguno de los certificados electrónicos admitidos por la Diputación Foral de Álava. Más información: https://web.araba.eus/es/sede-electronica/conoce-la-sede/como-accedo.

b. De forma presencial en el Registro General de la Diputación Foral de Álava (Plaza de la Provincia, 5, bajo) o en las otras formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Como recoge esta ley, también se admitirán las candidaturas recibidas mediante envío postal. Las solicitudes presentadas en la forma recogida en este apartado deberán adecuarse al modelo del anexo II de esta convocatoria.

2. Las candidaturas deberán venir acompañadas de la siguiente documentación: a. Presentación electrónica:

Se adjuntará el cuento a concurso en formato PDF, denominando este adjunto mediante el esquema TÍTULO OBRA-SEUDÓNIMO. CUENTO. PDF.

Se adjuntará la colección de cuentos en formato PDF, denominando este adjunto mediante el esquema TÍTULO OBRA-SEUDÓNIMO. COLECCIÓN. PDF.

No deberá figurar el nombre de la persona autora de la obra en los formatos informáticos de la misma.

b. Presentación presencial/postal:

Las candidaturas se dirigirán a la Diputación Foral de Álava, Departamento de Cultura y Deporte, presentando o remitiéndolas al Registro General de la Diputación Foral de Álava (Plaza de la Provincia, 5, bajo 01001 Vitoria-Gasteiz), con la referencia: "Premio Ignacio Aldecoa".

Deberán incluir:

• El cuento a concurso en soporte informático (CD o pendrive), en formato PDF, denominando el fichero mediante el esquema TÍTULO OBRA-SEUDÓNIMO. CUENTO. PDF.

La colección de cuentos en el mismo soporte informático (CD o pendrive) en formato PDF, denominando el fichero mediante el esquema TÍTULO OBRA-SEUDÓNIMO. COLECCIÓN. PDF No deberá figurar el nombre de la persona autora de la obra en los formatos informáticos de la misma.

• El anexo II de esta convocatoria correctamente cumplimentado.

En este anexo II se indicará el título del cuento a concurso, el título de la colección de cuentos y el seudónimo que se utilizará para identificar la obra presentada.

3. Cualquier envío que no se ajuste a lo señalado en los apartados anteriores de este artículo será excluido del certamen.

4. Al jurado solo se le entregarán las obras anonimizadas. Los datos personales de las personas autoras quedarán custodiados en el Departamento de Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Álava y el jurado no tendrá acceso a ellos.

Artículo 7. Plazo de presentación

El plazo de presentación de candidaturas comenzará al día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOTHA, y finalizará el 10 de julio de 2022 a las 23:59 (hora peninsular española).

Artículo 8. Incompatibilidad con otros premios

1. No podrán presentarse a este certamen las obras que hayan sido premiadas con anterioridad en cualquier otro concurso o certamen. Se entenderá por obra presentada todos y cada uno de los cuentos que componen la colección, incluido el seleccionado para concursar.

2. Quedan asimismo excluidas de participación las personas que hayan obtenido el premio en cualquiera de las cinco ediciones inmediatamente anteriores.

Artículo 9. Criterios de valoración de las candidaturas

1. En la concesión de este premio se garantizan los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, mediante la comparación de las candidaturas presentadas.

2. Para la concesión del premio las obras presentadas serán valoradas según los siguientes criterios:

CREATIVIDAD Y ORIGINALIDAD DE LA OBRA
PONDERACIÓN EN PUNTOS. (MÁXIMO 40 PUNTOS)

Muy alta Entre 30 y 40
Alta Entre 20 y 29
Moderada Entre 10 y 19
Baja Entre 0 y 9

ESTRUCTURA Y RITMO DE LA NARRACIÓN: ADECUADA ORGANIZACIÓN DE LA ACCIÓN Y DE LA SUCESIÓN DE LOS ACONTECIMIENTOS HASTA ALCANZAR EL PUNTO CULMINANTE DE LA OBRA
PONDERACIÓN EN PUNTOS. (MÁXIMO 30 PUNTOS)

Muy alta Entre 20 y 30
Alta Entre 10 y 19
Moderada Entre 5 y 9
Baja Entre 0 y 4

RIQUEZA DEL LENGUAJE UTILIZADO Y COHERENCIA EN EL DESARROLLO DE LA OBRA
PONDERACIÓN EN PUNTOS. (MÁXIMO 30 PUNTOS)

Muy alta Entre 20 y 30
Alta Entre 10 y 19
Moderada Entre 5 y 9
Baja Entre 0 y 4

3. En caso de empate el premio recaerá en la persona más joven. De persistir el empate, el premio recaerá en la persona de género femenino.

Artículo 10. Jurado

1. El jurado calificador, seleccionado de acuerdo con criterios de competencia profesional y de experiencia, examinará las obras anónimas presentadas a la convocatoria y emitirá un informe en que se concrete la valoración de éstas conforme a los criterios establecidos en el artículo 9 de esta convocatoria.

2. En cumplimiento del artículo 20.5 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres y vidas libres de violencia machista contra las mujeres, en su redacción vigente, el jurado creado para la concesión de este premio tendrá una composición equilibrada de mujeres y hombres con capacitación, competencia y preparación adecuada. De acuerdo con esa misma ley, se considera que existe representación equilibrada en los tribunales, jurados u órganos afines de más de cuatro miembros cuando cada sexo está representado al menos al 40 por ciento, en el resto cuando los dos sexos estén representados.

3. Las personas integrantes del jurado deberán presentar declaración responsable de no resultar incursas en las causas de abstención previstas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de garantizar su confidencialidad, de no utilizar la documentación facilitada para otro fin distinto al de la valoración de las candidaturas de acuerdo con los criterios establecidos en esta convocatoria, y, una vez emitido su informe, devolver toda la documentación de la convocatoria al órgano de instrucción del procedimiento. Sus designaciones se aprobarán a través de resolución de la Diputada titular del Departamento de Cultura y Deporte, la cual se hará pública en el BOTHA a fin de que cualquier persona interesada pueda ejercer su derecho a recusación en los supuestos y términos legalmente establecidos.

4. El fallo del jurado, que será inapelable, se adoptará por mayoría simple de sus integrantes, quedando aquél facultado para la resolución de cuantas incidencias pudieran surgir en el curso de las deliberaciones.

5. A estimación del jurado, el premio podrá declararse desierto.

6. Los trabajos no premiados no serán devueltos a sus autores/as y serán destruidos en el plazo de treinta días contados a partir del siguiente al del fallo del jurado.

Artículo 11. Instrucción y resolución del procedimiento

1. El órgano competente para la instrucción del procedimiento será el Servicio de Casa de Cultura del Departamento de Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Álava.

2. La resolución de todas las cuestiones que puedan surgir o plantearse en esta convocatoria son de exclusiva competencia del Departamento de Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Álava.

3. El jurado examinará las candidaturas presentadas en base a los criterios establecidos en la presente convocatoria, y emitirá un informe en el que se concrete su fallo. El jurado remitirá el informe al órgano instructor. Dicho órgano formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, de acuerdo con la valoración del jurado, y la elevará al órgano competente para resolver.

4. La persona titular del Departamento de Cultura y Deporte dictará la resolución que proceda, en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria en el BOTHA.

5. La resolución de concesión del premio será notificada individualmente a la persona premiada, conforme a lo previsto en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y será publicado en el BOTHA.

Artículo 12. Obligaciones y compromisos derivados de la concesión del premio Quien obtenga el premio establecido en la presente convocatoria deberá guardar confidencialidad sobre su otorgamiento hasta el momento en que el Departamento de Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Álava decida dar publicidad al mismo.

Artículo 13. Reserva de derecho de publicación

1. El cuento premiado, junto con la colección remitida, serán publicados por la Diputación Foral de Álava en coedición con una editorial de reconocido prestigio en el plazo de doce meses desde el fallo del jurado, en cuyo caso se procedería a la firma de un contrato de edición. Dicha publicación no conllevará pago adicional alguno al de la propia cuantía del premio, constituyéndose el importe del premio como adelanto de derechos de autor sobre copias vendidas.

2. La persona que resulte ganadora cederá en exclusiva los derechos de explotación de la obra presentada a concurso (cuento y colección de cuentos) para su publicación en todo el mundo en lengua castellana, por un periodo de siete años.

Artículo 14. Publicidad

La presente convocatoria será publicada en el BOTHA. Asimismo, se expondrá en la página web de la Diputación Foral de Álava www.araba.eus y en www.kulturaraba.eus.






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