LV PREMIO INTERNACIONAL DE NOVELA CIUDAD DE BARBASTRO 2024

Portada Finales Cerrados
17 de marzo 2024
Novela
20.000 € y edición
Mayores de 18 años
Ayuntamiento De Barbastro
España
Envío Electrónico

BASES

Primera.- Régimen Jurídico aplicable
finalescerrados.com/p/concursos.html
El Ayuntamiento de Barbastro desarrolla esta convocatoria a través de un procedimiento de concurrencia competitiva, de conformidad con lo establecido en las siguientes normas:
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
- Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Barbastro, publicada su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia nº 158 de 19 de agosto de 2016, con entrada en vigor el 6 de septiembre de 2016.
- Bases de ejecución de los Presupuestos del Ayuntamiento de Barbastro del ejercicio 2024.
- El Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Barbastro para el período 2024- 2027, aprobado por Decreto de Alcaldía nº 2024-0258, de fecha 29 de enero de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca nº 21, de fecha 31 de enero de 2024.
En todo lo no previsto expresamente en esta convocatoria, se estará a lo dispuesto en las mismas.

Segunda.- Objeto.

El concurso tiene por objeto premiar una novela original, inédita y no premiada anteriormente, para promover la creación literaria en la modalidad de novela. Asimismo, pretende fomentar la economía de la cultura y favorecer la profesionalización de los escritores y escritoras.
finalescerrados.com/p/copyright.html ©
Podrán optar al Premio las novelas inéditas, escritas en lengua española (castellano), que no hayan sido premiadas anteriormente en ningún otro concurso. Quien presente su libro al Premio Internacional de Novela Ciudad de Barbastro garantizará que es autor/a del mismo, que la novela presentada es original, que no es copia ni modificación de ninguna otra ajena, y que la autoría del mismo no corresponde a un autor fallecido. El autor remitente responderá personalmente de la legítima titularidad y originalidad de la obra en los términos a que se refiere el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y garantizarán dicha titularidad.

Esta convocatoria se publicaráíntegramente en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), según lo dispuesto en el artículo 20.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Tercera.- Requisitos de los participantes y causas de exclusión.

Podrán participar todos los escritores españoles y extranjeros mayores de 18 años, que usen el español como lengua literaria, que no hayan sido previamente galardonados con este premio, que no concursen este mismo año al Premio Internacional de Poesía Hermanos Argensola y que no estén incursos en causas de prohibición previstas en el artículo 13, párrafo 2º de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La presentación a este Premio Literario supone la aceptación y cumplimiento de estos requisitos y de la totalidad de las obligaciones establecidas en la presente convocatoria, así como en la normativa reguladora de las subvenciones públicas salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de estos premios, no resulte aplicable.

Se atenderán, además, los siguientes requisitos e incompatibilidades:
• Se exceptúan de participar los miembros del Jurado calificador.
• Se excluirán los autores galardonados en anteriores ediciones.
• El interesado podrá participar con una única novela.
• No se admiten traducciones, ni adaptaciones de ningún tipo, haciéndose responsables los autores de los posibles plagios.
• No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas en quienes concurra alguna de las causas previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
• Los beneficiarios están sujetos al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
• No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas que no se hallen al corriente en sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Barbastro, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
• Quedan excluidas las obras presentadas fuera de plazo.
• La no aportación de la documentación fiscal requerida al efecto, así como la comprobación posterior de no reunir los requisitos establecidos por la ley, será motivo de exclusión.
• Se exceptuarán de participar quienes hayan concurrido en la convocatoria del año 2024 al Premio Internacional de Poesía Hermanos Argensola de Barbastro.

Cuarta.- Forma de presentación de las novelas.

Las obras estarán escritas electrónicamente, en tamaño DIN A4, a doble espacio, con los cuatro márgenes a 2,5 cm y con tipo de letra "Arial" o "Times" y un tamaño de 12 puntos. La extensión mínima será de 90 DIN A4 y la máxima de 200. Las páginas irán numeradas.
Los originales no irán firmados por el/la autor/a y estarán exentos de cualquier signo o marca que indique la identidad de su autor/a. En la portada llevarán consignados los siguientes datos: el título de la obra presentada, precedido de “Premio de Novela Ciudad de Barbastro 2024” y un lema o seudónimo. Para el adecuado cumplimiento de esta convocatoria, el jurado no podrá tener en cuenta los originales que no estén comprendidos en las especificaciones anteriores.
La presentación de originales se hará preferentemente de forma electrónica a través del “Catálogo de tramites” de la sede electrónica del Ayuntamiento de Barbastro: barbastro.sedelectronica.es/, en la sección dedicada a Premio de Novela Ciudad de Barbastro 2024. Siendo necesario como requisito previo para la inscripción disponer de un certificado digital reconocido por la sede electrónica del Ayuntamiento de Barbastro.

En esa página se cumplimentará y adjuntará la siguiente documentación:

1. La solicitud de participación (Anexo I), que se encuentra disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Barbastro, enlazada arriba y al final de estas bases.

2. La novela original presentada en archivo pdf. En la portada del libro se habrá hecho constar el título de la obra y un lema o seudónimo. El nombre del archivo pdf coincidirá con el título de la novela.

3. La plica, presentada en un archivo pdf, contendrá el título de la novela y el mismo lema o pseudónimo de la portada, los datos personales del autor/a: nombre y apellidos, nacionalidad, domicilio, número de teléfono, breve relación de méritos o biografía y una copia del documento nacional de identidad. En nombre de este archivo pdf será el mismo lema o seudónimo consignado en la portada del libro presentado a concurso.

También podrá presentarse presencialmente en cualquiera de las ubicaciones previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
• En las oficinas del Registro General del Ayuntamiento de Barbastro, Pza Universidad, s/n, 22300 Barbastro, Huesca La presentación de originales al concurso se efectuará de lunes a viernes, en horario de atención al público, de 09:00 a 14:00 h. (excepto sábados y festivos), dirigidos al Área de Cultura.
• En los registros y oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
• En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
• En las oficinas de asistencia en materia de registros.
Se remitirá la siguiente documentación al Área de Cultura del Ayuntamiento de Barbastro (Centro de Congresos de Barbastro. Avd. Estación, C.P: 22300 Barbastro) en un sobre cerrado en el que se indique el nombre del concurso: “PREMIO DE NOVELA CIUDAD DE BARBASTRO 2024”.

1. La novela original guardada como documento pdf en un dispositivo de almacenamiento externo tipo pen drive o similar.

2. La solicitud de participación (Anexo I) debidamente cumplimentada y firmada.

3. La plica, en un sobre aparte cerrado en cuyo exterior figurará el mismo título y el mismo lema o pseudónimo de la portada. En el interior de dicho sobre constarán datos personales del autor: nombre y apellidos, nacionalidad, domicilio, número de teléfono, breve relación de méritos o biografía y una copia del documento nacional de identidad, NIE o pasaporte.

El envío de la documentación por cualquier otro medio que no sean los legalmente habilitados, la presentación fuera de plazo, la documentación defectuosa o la falta de cualquiera de los documentos que obligatoriamente han de ser presentados, serán causa automática de exclusión sin comunicación alguna al interesado.

Serán considerados como defectos subsanables aquellos que hagan referencia a algún tipo de error u omisión en la cumplimentación de los datos requeridos en la solicitud, así como la ausencia de firma en dicha solicitud o, en su caso, no estar debidamente acreditada la representación.

En aquellos casos en que el defecto sea subsanable, el Ayuntamiento podrá requerirle para que en el plazo de diez días hábiles, a partir de la fecha de recepción del requerimiento se subsanen las deficiencias observadas, entendiéndose que si transcurrido dicho plazo no se remiten los documentos solicitados se procederá al archivo del expediente. A los efectos de notificaciones al interesado, se establece lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los participantes, tras su inscripción, facultan expresamente al Área de Cultura del Ayuntamiento de Barbastro para que, una vez emitido el fallo del Jurado, se compruebe el requisito establecido en esta convocatoria, de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Seguridad Social y la Gestión Tributaria Municipal.

En el caso de que los interesados no faculten al Ayuntamiento a la consulta de dichos datos, se comprometerán a aportar justificante de estar al corriente de dichas obligaciones tributarias en el plazo máximo de 10 días hábiles.

La comprobación posterior de que no se reúnen los requisitos establecidos por la Ley por parte del ganador/a será causa de exclusión automática del mismo. En este caso, se requerirá la documentación al segundo autor de la obra seleccionada por el jurado.

Las obras no premiadas presentadas presencialmente en formato USB, podrán ser retiradas previa confirmación documental de la autoría, una vez transcurridos diez días hábiles desde la concesión del premio. Pasados dos meses desde esta fecha, se procederá a destruir los originales cuya devolución no haya sido solicitada por sus autores, sin mayores trámites.

Quinta.- Plazo de presentación de las novelas.

El plazo de presentación de originales se iniciará el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca y concluirá el 17 de marzo de 2024.

Una vez recibidas las solicitudes de participación junto con las obras participantes, se publicará un anuncio, tanto en la sede electrónica como en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Barbastro, que contendrá las solicitudes admitidas, las que deben ser subsanadas por los interesados y aquellas solicitudes excluidas por no ser subsanable el error en que incurren.

Una vez transcurrido el plazo de subsanación, se publicará un nuevo anuncio con el listado definitivo de participantes y de excluidos.

Sexta.- Cuantía del premio e inclusión en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Barbastro.

1.- La cuantía del premio será de 20.000,00 € para un único ganador.

2.- El premio Internacional de Novela Ciudad de Barbastro, en su edición del año 2024, estará dotado económicamente en la partida presupuestaria “007 33400 48001 Premios Certámenes Literarios”, con una cuantía total de veinte mil euros, 20.000,00 €.

2.- El premio Internacional de Novela Ciudad de Barbastro queda sujeto a la Legislación Fiscal vigente, por lo que se realizarán sobre dicha cantidad las retenciones legalmente establecidas

3.- Este premio está incluido en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Barbastro para el periodo 2024-2027, aprobado por Decreto de Alcaldía nº 2024-0258, de fecha 29 de enero de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca nº 21, de fecha 31 de enero de 2024, en cuya Línea Estratégica 3 “Actividades de fomento de la cultura, educación, juventud y festejos” se contempla la Acción 2, referente a la convocatoria de los premios literarios.

Séptima.- Procedimiento de concesión y tramitación del premio

La competencia para la instrucción del procedimiento corresponde al Servicio de Cultura y la resolución o concesión del premio corresponde a la concejala delegada de Cultura, Juventud y Educación.

La obra ganadora será elegida por el jurado que el Ayuntamiento de Barbastro designe a tal efecto.

El jurado estará integrado por profesionales de reconocido prestigio provenientes de los distintos sectores que componen el mundo de las letras y escritura de narrativa en español, nombrados por resolución de la concejala delega de Cultura, Juventud y Educación, siendo desempeñadas las funciones de Secretaría por personal adscrito al Área de Cultura, nombrado igualmente en la referida resolución. Dicho nombramiento se realizará con posterioridad a la publicación de la presente convocatoria en el BOP.

Una vez recibidas todas las solicitudes de participación, el secretario/a pondrá a disposición del jurado y del equipo de preselección las obras que hayan sido admitidas por cumplir los requisitos establecidos en la presente convocatoria y no hayan incurrido en ningún supuesto de exclusión.

Las obras preseleccionadas serán remitidas por el secretario/a al jurado para seleccionar de entre ellas la novela ganadora. Las deliberaciones del jurado son secretas y no establecerá comunicación alguna con ningún participante.

El jurado propondrá la novela ganadora al órgano que otorga el premio, que es la concejala delegada de Cultura, Juventud y Educación, previamente a la propuesta de resolución del órgano competente. Será nombrado un responsable municipal sin voz ni voto que actuará como secretario en el momento del fallo del jurado y levantará el acta correspondiente, dando fe de las decisiones adoptadas para que se reflejen en el acta correspondiente, en la que se propondrá el/la beneficiario/a del premio.

La ratificación definitiva del fallo del jurado y resolución de la concesión del Premio Internacional de Novela Ciudad de Barbastro se realizará mediante un Decreto de la concejala delegada de Cultura, Juventud y Educación, ya que es el órgano competente para la resolución de la convocatoria y adjudicación del premio objeto de este concurso, en virtud del Decreto de Alcaldía n.º 1563/2023, de 26 de julio de 2023.

Contra la resolución de la concejala delegada de Cultura, Juventud y Educación se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que dicto el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación del acuerdo, conforme al artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común; o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, conforme al artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

El fallo se hará público en el acto que tendrá lugar el mes de mayo de 2024. Los miembros del jurado o el ganador no pueden dar a conocer el fallo de forma unilateral sino en el momento que el Ayuntamiento de Barbastro lo haga público.

Octava.- Criterios de valoración.

Tanto el jurado como el equipo de preselección tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración según su acreditado criterio: originalidad, buen uso y corrección del idioma, composición, contenido y estructura de la obra, la innovación lingüística y la relevancia del original en el contexto de la escritura actual de la novela, así como valores artísticos e intelectuales de la obra.

La valoración del jurado se atendrá a la discrecionalidad técnica del mismo. El Jurado podrá declarar desierto el concurso.

Novena.- Resolución del procedimiento y notificación.

La resolución del procedimiento, dictada por la concejala delegada de Cultura, Juventud y Educación, se notificará de forma electrónica al interesado/a de acuerdo con lo previsto en el art. 40 de la Ley 39/15 de 1 de octubre de LPAC. Asimismo, se publicará la resolución en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Barbastro, lo cual servirá de notificación a todos los participantes en el concurso.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria. Transcurrido el plazo máximo sin que se haya notificado la resolución, los interesados podrán entender desestimada la solicitud por silencio administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre

Décima.- Impugnación

La resolución de concesión pondrá fin a la vía administrativa. A efectos de la interposición de los recursos administrativos que procedan, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto, o recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huesca, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o haya producido desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso.

Undécima.- Compromisos del ganador o ganadora del Premio.

El autor o autora de la novela ganadora se compromete a asistir personalmente a la recepción del Premio y posteriormente a efectuar en un acto público la presentación de la obra con motivo de su edición, si no lo impide la distancia geográfica entre Barbastro y su lugar de residencia.

Asimismo, quien gane el premio literario se compromete a colaborar con la empresa editora y con el Área de Cultura del Ayuntamiento de Barbastro para lograr la máxima difusión de la obra premiada y publicada y, por ende, del Premio Internacional de Novela Ciudad de Barbastro.

Duodécima.- Características del procedimiento:

La obra premiada será publicada por el Ayuntamiento de Barbastro, en el año 2024, a través de una editorial especializada, de reconocido prestigio, que hará la distribución comercial. El galardonado no percibirá derechos de autor en la primera edición, los cuales se consideran satisfechos y más con la cuantía del premio.

Los originales presentados a concurso no serán devueltos. Una vez fallado el premio, se procederá a destruir las copias no premiadas.

No se mantendrá correspondencia alguna sobre este Certamen excepto para facilitar la convocatoria a quienes lo soliciten. Para ello deberán dirigirse a ÁREA DE CULTURA. CENTRO DE CONGRESOS DE BARBASTRO, Av. Estación, s/n. 22300 BARBASTRO (Huesca). También podrán ser solicitadas por correo electrónico a través del sitio barbastro.org







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