LVI PREMIO CIUDAD DE ALCALÁ DE POESÍA 2025

Portada Finales Cerrados
31 de mayo 2025
Poesía
6.000 euros
Todos
Ayuntamiento De Alcalá
España
Envío Electrónico

BASES

Área de Cultura

LVI Edición Premios Ciudad de Alcalá. Año 2025

PREMIO CIUDAD DE ALCALÁ
DE
POESÍA

BASES

El Ayuntamiento de Alcalá de Henares, consciente de la importancia que la literatura tiene para el desarrollo cultural de los pueblos y con el fin de contribuir al fomento de la creación literaria en el género de la poesía, convoca el Premio Ciudad de Alcalá de Poesía, con arreglo a estas bases.

I. INTRODUCCIÓN

Las presentes bases tienen por objeto otorgar el Premio Ciudad de Alcalá en su LVI edición correspondiente a 2025 y en la modalidad de Poesía, así como fijar las normas reguladoras que establecen el procedimiento para su concesión. Serán publicadas en la sede electrónica del Ayuntamiento, www.ayto-alcaladehenares.es, así como en www.culturalcala.es.

II. PARTICIPANTES
www.finalescerrados.com - Javier E.G. Andújar ©
Podrán participar en esta convocatoria todas las personas con autoría de textos poéticos que, no habiendo sido premiadas en las ediciones anteriores en esta modalidad, presenten libros de poesía, con las características reflejadas en estas bases.

No podrá otorgarse el Premio Ciudad de Alcalá de Poesía a las personas que ostenten los siguientes cargos:
https://www.finalescerrados.com - Javier E.G. Andújar ©
Henares mientras se hallen en el ejercicio de sus cargos.

Alcaldesa-presidenta, y restantes miembros electos del Ayuntamiento de Alcalá de Las autoridades, funcionariado y demás personas que mantengan cualquier vínculo o relación con el Ayuntamiento de Alcalá de Henares y cuya intervención directa o indirectamente pueda influir en la concesión del Premio.

III.CANDIDATURAS

Podrán concursar todas las personas que escriban en lengua castellana y que presenten un poemario o colección de poemas, en cualquier caso, inédito en su totalidad y no pudiendo presentar más de una obra a esta candidatura.

Las obras, cuyo tema y forma serán libres en cuanto a metro, estilo y demás condiciones estéticas y de presentación, tendrán una extensión mínima de 500 versos, no fijándose límite máximo. Quedará a juicio del jurado la ponderación de la calidad y originalidad como elemento fundamental en la concesión del Premio y no se podrá presentar más de una obra a esta candidatura.

Solamente se podrán remitir mediante correo electrónico a la dirección: , indicando en el asunto: Opta al Premio Ciudad de Alcalá de Poesía 2025. Este correo electrónico irá acompañado de dos ficheros en formato pdf:

- El primero contendrá el texto que opta al Premio y en el nombre de este archivo se hará constar únicamente: “Obra (seguido del título)”.

- En el segundo archivo pdf se incluirán los datos de identificación, una breve nota biobibliográfica, la certificación de que no tiene comprometidos los derechos de la obra ni que ésta se encuentra pendiente de resolución en otro premio, así como una declaración responsable de condición de obra inédita. Este segundo archivo se nombrará como: “Plica (seguido del título del poemario)”. Se prestará especial atención al excesivo peso de los archivos, que puedan causar problemas técnicos.

El incumplimiento de estos preceptos podrá provocar la retirada del Premio.

IV.DATOS Y DOCUMENTACIÓN

Datos solicitados:

Nombre y apellidos (también pseudónimo, si lo utilizare)

Dirección postal

Número de teléfono

Correo electrónico

Copia del DNI o del documento de acreditación En cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos RGPD (Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679), se informa que sus datos personales forman parte de ficheros responsabilidad del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares, siendo tratados por éste bajo su responsabilidad, con la finalidad de gestionar su inscripción al servicio solicitado y ejecutar las gestiones administrativas necesarias para su realización. Igualmente se informa que sus datos personales pueden ser utilizados con la finalidad de mantenerle al día de los eventos, productos y servicios propios que pudieran ser de su interés.

Podrá ejercer su derecho de acceso, rectificación, oposición o cancelación, dirigiéndose a .

V. PLAZO Y PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de las candidaturas será el siguiente: desde el día posterior de su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones hasta el día 31 de mayo de 2025.

Las obras presentadas fuera del plazo señalado no serán admitidas, con excepción de las que hayan sido remitidas con fecha de envío esté dentro del plazo fijado.

VI. PREMIO

Se establece un premio único e indivisible. Quien obtuviera el premio recibirá un galardón conmemorativo y la dotación económica de 6.000 € (SEIS MIL EUROS), que estará sujeta a la legislación fiscal vigente, aplicándose sobre dicha cantidad las retenciones legalmente establecidas.

De común acuerdo con la persona autora se podrá acordar la edición de la obra, a través de los propios medios municipales o a través de alguna firma editorial. De no haber acuerdo en el plazo de los seis meses siguientes a la concesión del Premio, el Ayuntamiento no mantendrá ningún compromiso en este sentido.

VII. JURADO Y VOTACIÓN

El fallo del Premio, que será inapelable, salvo que se den cuestiones de forma, corresponderá a un jurado presidido por la alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, o persona en quien ésta delegue, y a quien corresponderá designar miembros del mismo entre personas que tengan reconocido prestigio en el ámbito de la poesía.

El jurado estará integrado por un número impar de miembros. Recaerá la Secretaría del jurado en un/a técnico de la Concejalía de Cultura, que actuará con voz y sin voto y coordinará cuantas acciones técnicas y administrativas tengan relación con la convocatoria.

Quienes actúen como miembros del jurado deberán abstenerse de intervenir cuando en ellos concurra alguna de las causas previstas en el art. 23 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, las personas interesadas podrán promover la recusación de miembros del jurado en los casos previstos en el párrafo anterior, de conformidad a lo establecido en el art. 24 de la citada Ley.

En función del número de obras presentadas, se podrá realizar una preselección.

La Presidencia del jurado, establecerá el orden de las deliberaciones, así como para las votaciones, si éstas fueran precisas, para emitir el fallo del Premio, que podrá hacerse público el mismo día que se produzca.

VIII. ENTREGA DEL PREMIO

La entrega del Premio tendrá lugar en un acto público, convocado al efecto, el día 9 de octubre de 2025, 478 Aniversario del bautismo de Miguel de Cervantes Saavedra en Alcalá de Henares, acto de entrega al que, quien obtuviera el Premio, se compromete a asistir; igualmente se comprometerá a facilitar los materiales oportunos para la difusión del Premio mediante una exposición colectiva (Alcalá Visual) que la Organización podrá programar.

IX. ACEPTACIÓN DE LAS BASES La participación en este certamen supone la aceptación íntegra de sus Bases, quedando el jurado facultado para dirimir cualquier eventualidad no prevista en ellas; tendrá, asimismo, capacidad de interpretación a cuantos efectos procedan.

Alcalá de Henares, a 31 de enero de 2025



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