PREMIO LITERARIO "CIUTAT D\'ONDA" DE NOVELA 2022


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16 de octubre 2022
Novela
20.000 €
Residente en españa
Ayuntamiento De Onda
España
Envío Electrónico

BASES

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BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DEL PREMIO LITERARIO "CIUTAT D'ONDA" DE NOVELA 2022.
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1ª Objeto de la convocatoria.

El Ayuntamiento de Onda persigue, entre otras metas, el impulso de la vida cultural en la población a través de la organización y planificación de una variada agenda de actos y, además, la dinamización, diversificación y promoción de la oferta turística del municipio y de su término municipal.

Por todo lo expuesto, el objeto de las presentes bases será fomentar la participación y el éxito del premio entre las personas participantes. Para lo cual el Ayuntamiento concederá un único premio a la obra escogida como ganadora por un jurado especializado.

2ª.Ámbito geográfico.

Podrá participar cualquier persona residente en España.

3ª. Requisitos de los participantes.


Los requisitos para participar en los premios como concursante son los siguientes:

Podrán participar en este concurso todos los escritores/as, de nacionalidad española, que presenten novelas originales e inéditas que contengan alguna referencia a la ciudad de Onda. Quedan exceptuadas las obras de aquellos/as que hubiesen fallecido antes de anunciarse esta convocatoria.
Cada novela irá firmada con un seudónimo siendo indispensable que, en plica aparte y cerrada, donde figure el seudónimo que emplee el autor/a de la novela, vayan expresados su nombre, apellidos y DNI. Dicho documento permanecerá invariablemente cerrado, a excepción del correspondiente a la novela que obtenga el Premio Literario Ciutat d'Onda.
Cada autor/a se obliga a suscribir cuantos documentos sean necesarios para que la edición de su obra sea inscrita en el Registro de la Propiedad Intelectual y, si fuere necesario, de la Propiedad Industrial de España, como asimismo en los correspondientes Registros extranjeros.

4ª. Forma de Participación.

Los originales deberán estar escritos en castellano y su extensión no ha de ser inferior a la de doscientas cincuenta páginas ni superior a las trescientas páginas, (mínimo 400.000 y máximo 480.000 caracteres con espacios) en formato Word o PDF.
Los escritores/as que deseen optar al premio entregarán los originales, por correo electrónico a la siguiente dirección: con petición de recepción del mismo correo.
A los originales habrá que acompañar una declaración responsable suscrita por el autor/a, garantizando que los derechos de publicación de la obra presentada no los tiene en forma alguna comprometidos ante terceros, ni la novela sometida a ningún otro concurso pendiente de resolución.
En las obras que se presenten con seudónimo, podrá con éste suscribirse dicha declaración, pero bajo la plica correspondiente, el autor/a, firmando con su propio nombre y apellidos, será explícitamente responsable de la exactitud de las afirmaciones contenidas en la declaración a que se alude. En el caso de faltar este requisito, aun después de abierta la plica, no podrá ser premiada la novela.

5ª. Duración del concurso.

La admisión de originales comenzará el día siguiente al de la publicación de las presentes bases y de su extracto según consta en la Base 12, y finalizará el 16 de octubre del año dos mil veintidós.

6ª. Crédito presupuestario de la convocatoria.

El presupuesto para esta convocatoria va a cargo de la aplicación presupuestaria 330 48001 del presupuesto general, por un importe de 20.000,00 euros (la consiguiente retención del IRPF repercutirá en la persona ganadora) para el ejercicio 2022 (RC número 2.2022.1.02154).

7ª. Jurado del concurso.

El jurado estará compuesto por personal técnico y político de diferentes áreas del Ayuntamiento, así como, por personal de la empresa gestora.

La composición del Jurado que habrá de discernir el Premio Literario Ciutat d'Onda, se hará pública antes del fallo del Premio. Serán cinco sus integrantes, designados entre personas de relevancia en el mundo cultural.

8ª. Información complementaria.

En cualquiera de las votaciones, ninguna novela presentada a este premio y que obtenga más de la mitad de los votos en una votación puede resultar eliminada directamente. En este caso se deberá proceder a un desempate entre esta novela y la inmediata, o inmediatas en caso de igualdad que la precedan en número de votos.
El concurso no podrá ser declarado desierto ni distribuirse el premio entre dos o más concursantes.
Toda novela presentada al concurso dentro del plazo antedicho, lleva implícito el compromiso del autor/a respectivo a no retirarla antes de hacerse público el fallo del Jurado. Asimismo, el hecho de presentar una novela significa la aceptación por el autor de todas las condiciones del concurso.
El importe del premio, indicado en la Base Sexta, implica tácitamente y lleva consigo el reconocimiento y aceptación del autor/a al derecho en exclusiva de Editorial Renacimiento a efectuar una primera edición de la novela galardonada con un mínimo de 1000 ejemplares, con las reimpresiones que, dentro de dichos totales, libremente decida la citada editorial.
Editorial Renacimiento se reserva asimismo el derecho de opción preferente para publicar aquellas obras que presentadas al concurso y no habiendo sido premiadas, pudieran interesarle, procediendo a su edición o ediciones, previo acuerdo con los autores/as respectivos, siempre que comunique al autor correspondiente dicha decisión en el plazo máximo de noventa (90) días hábiles a contar desde la fecha en que se haga público el fallo del premio.
L'Ajuntament d'Onda y Editorial Renacimiento se limitarán a entregar recibos de las obras debidamente presentadas al concurso dentro del plazo señalado, sin comprometerse a sostener correspondencia alguna con los optantes al premio ni facilitar a estos información sobre clasificación de las novelas.
La participación en este premio implica de forma automática la plena y total aceptación, sin reservas, de las presentes bases. Para cualquier diferencia que hubiere de ser dirimida por vía judicial, las partes renuncian al propio fuero y se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Castellón.

9ª. Premio.

Se otorgará un premio único de 20.000,00 euros, (veinte mil euros, el IRPF del cual repercutirá en la persona ganadora del premio) a la novela que, por unanimidad o en su defecto por mayoría de votos del Jurado, se considere con mayores merecimientos.
Personal especializado, elegido por l'Ajuntament d'Onda y Editorial Renacimiento hará una previa selección de novelas finalistas cuya relación se hará pública con anterioridad al fallo y sobre las que se emitirá la resolución del Jurado.

10ª. Entrega de premios.

La entrega del premio y el fallo del Jurado, inapelable, se harán públicos en el transcurso de una gala en Onda, el mes de noviembre del año dos mil veintidós.
El autor/la autora de la obra ganadora se compromete a asistir a la mencionada gala.

11ª. Justificación.

La justificación de los ganadores de los premios se efectuará a través de un informe del departamento de Biblioteca y se elevará la propuesta a la Junta de Gobierno Local para su aprobación, en el plazo de un mes a partir de la celebración de la gala de entrega del premio.

12ª. Publicación.

Estas Bases se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y, su anuncio, en el tablón de anuncios municipal; el extracto de las mismas se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web del Ayuntamiento de Onda. onda.es.

13ª. Régimen jurídico aplicable.

• Los artículos 21, 22, 25 y 72 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y otras disposiciones en materia de régimen local.
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
• El título II del Reglamento de servicios de las corporaciones locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955.
• Los artículos 9.2, 22.2, 28, 30 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
• Los artículos 55, 65, 66 y 67 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
• La Resolución de 9 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la cual se regula el contenido y periodicidad de la información a suministrar a la nueva Base de datos Nacional de Subvenciones.
• Resolución de 15 de junio 2020 de la Intervención General de la Administración del Estado, por la cual se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.
• La Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Onda, aprobada por el Pleno en fecha 30 de enero de 2006 y publicada en el BOP núm. 31 de fecha 14 de marzo de 2006.
• Las Bases de ejecución del Presupuesto municipal del Ayuntamiento de Onda para 2020.



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