XLV PREMIO IBEROAMERICANO DE POESÍA JUAN RAMÓN JIMÉNEZ
BASES
XLV PREMIO IBEROAMERICANO DE POESÍA JUAN RAMÓN JIMÉNEZ.www.finalescerrados.com ©
ÍNDICE
1. Objeto y objetivo.
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2. Régimen jurídico.
3. Personas beneficiarias.
4. Textos.
5. Premio. Presupuesto total y aplicación presupuestaria.
6. Procedimiento de selección.
7. Plazo de presentación de solicitudes.
8. Presentación de solicitudes. Documentos e información que debenacompañar a la solicitud.
9. Órgano competente para la instrucción.
10. Órgano competente para la concesión.
11. Comisión Lectora y Jurado.
12. Criterios de valoración.
13. Fases del procedimiento.
14. Obligaciones de las personas beneficiarias.
15. Concurrencia y compatibilidad con otros premios.
16. Reintegro y graduación de incumplimientos.
17. Devolución voluntaria del importe del premio aplicado.
18. Modificación de la Resolución.
19. Infracciones y Sanciones.
20. Impugnación.
21. Anexos de la convocatoria.
1. Objeto y objetivo.
Es objeto de la presente convocatoria la regulación del XLV Premio Iberoamericano de Poesía Juan Ramón Jiménez, que tiene como objetivo promover e incentivar la producción literaria en el ámbito de la poesía, además de homenajear al gran poeta andaluz, conforme a las competencias legalmente atribuidas a la Diputación Provincial.
2. Régimen jurídico.
1. El marco normativo básico que afecta a esta convocatoria se encuentra constituido por:
a. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº276, de 18 de noviembre de 2003).
b. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 176, de 25 de julio de 2006).
c. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
d. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
e. Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
f. Ordenanza general de subvenciones de la Diputación Provincial de Huelva. (Boletín Oficial de la Provincia de Huelva nº 136 de 18 de julio de 2016).
g. Base 28 de las Bases de Ejecución del Presupuesto en vigor.
Supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las de Derecho Privado.
2. Esta convocatoria, en aplicación del artículo 8 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones2024-2026, Actualización para la anualidad 2025.
3. Personas Beneficiarias.
1. Podrán concurrir a la XLV Edición del Premio Iberoamericano de Poesía Juan Ramón Jiménez todas las personas físicas cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que sus obras, inéditas, se presenten escritas en español y que no hayan sido presentadas ni premiadas en ediciones anteriores del Premio.
2. No podrán obtener la condición de premiado/a las personas físicas que se encuentren incursas en alguna de las prohibiciones o circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y concordantes de su Reglamento, ni aquéllas que no estén al corriente en las obligaciones con la Diputación o tengan pendientes de justificación o reintegros de subvenciones concedidas con anterioridad. La persona premiada deberá estar al corriente en sus obligaciones fiscales y no mantener deudas con la Hacienda Estatal, la Diputación de Huelva y la Seguridad Social, en el momento de la concesión del premio.
La acreditación por parte de las personas solicitantes de no estar incursos en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de premiado/a podrá realizarse mediante declaración responsable, independientemente de deber aportar los certificados correspondientes si es propuesta Como ganadora y fuera preciso en los términos de los artículos 22 y 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4. Textos.
1. Serán de temática libre y con una extensión mínima de 500 versos en un único poema o en varios, originales e inéditos.
2. No se admitirán traducciones ni adaptaciones de otras obras, ni que estén pendientes de fallo de otro certamen.
3. Los trabajos se presentarán necesariamente en formato digital a través de la sede electrónica de la Diputación de Huelva
https://sede.diphuelva.es
4. El tamaño será A4, con todas las páginas numeradas y sin imágenes ni ilustraciones (tipo de letra Arial, cuerpo 12, interlineado 1’5).
5. Los textos se identificarán con un título, careciendo de firma o de cualquier detalle que pudiera desvelar algún dato de identidad. Las propiedades del documento electrónico tampoco podrán contener datos que pudieran identificar la autoría de la obra.
6. La Organización no devolverá los originales no premiados, que serán destruidos tras el fallo del Jurado.
7. No se podrán presentar, ni el texto ni la solicitud de participación, fueradel procedimiento electrónico, ni en papel, para garantizar su anonimato,en aplicación de lo contenido en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015 delProcedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
5. Premio. Presupuesto total y aplicación presupuestaria.
1. Se establece un único premio de veinticinco mil euros (25.000,00 €) para eltexto ganador., que se imputará a la aplicación presupuestaria 44420 3340048006 del Presupuesto General de la Diputación Provincial para el ejercicio2025
2. En ningún caso, podrá concederse un premio por encima del límitepresupuestario fijado para esta XLV edición del premio Iberoamericano dePoesía Juan Ramón Jiménez.
3. El premio podrá ser declarado desierto.
4. El abono del premio se realizará en un único pago una vez publicado en el BOP y Tablón de anuncios de la Diputación Provincial de Huelva la Resolución de Concesión del premio y aceptado el mismo y, conposterioridad al correspondiente informe favorable de fiscalización emitidopor la Intervención de la Diputación Provincial de Huelva.
5. Para realizar el abono por la Diputación del premio concedido, la personabeneficiaria deberá estar dada de alta en el sistema de acreedores/as de la Diputación. Este alta se podrá formalizar mediante el procedimientohabilitado en la sede electrónica dentro del Catálogo de
servicios/Trámites/Área económica/Alta o modificación de datos deterceros (Tesorería), siguiendo los pasos que aparecen al pulsar sobre el botón “Alta de Solicitud”. o presentándolo a través del Registro General dela Diputación Provincial de Huelva, (C/ Cardenal Cisneros 8, C.P. 21003.
Huelva) descargando el modelo habilitado en el siguiente enlace,acompañado de su DNI y Certificado de la entidad bancaria indicando quela cuenta designada le pertenece.
https://sede.diphuelva.es/moad/oficina-moad/tramites/acceso.doid=15020&entity=635&siteCode=DIPHUE_SEDE
6. La dotación económica estará sometida a las retenciones fiscales que, ensu caso, procedan legalmente.
7. No podrá realizarse el pago del premio en tanto la persona ganadora no sehalle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias yfrente a la Seguridad Social y Diputación de Huelva, o sea deudor/a porresolución de procedencia de reintegro y/o tenga pendiente de justificarninguna subvención anterior, conforme al artículo 34.5 de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
6. Procedimiento de selección.
Se establece un procedimiento de selección que se realizará en régimen deconcurrencia competitiva según lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
7. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo se iniciará al día siguiente de la publicación del extracto de estaconvocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva y finalizará el día 15de marzo de 2025 (a las 23.59h. hora española).
8. Presentación de solicitudes. Documentos e información que deben acompañar ala solicitud.
1. La solicitud de participación (Anexo I) y la obra se presentará en la sedeelectrónica de la Diputación Provincial de Huelva, cumplimentando lostrámites del procedimiento electrónico creado al efecto dentro delapartado de Concursos y Premios del Catálogo de Servicios https://sede.diphuelva.es. La presentación de la solicitud no requerirá elacceso mediante sistema de identificación digital (Cl@ve o certificadodigital). Los documentos que se incorporen deberán estar en formato PDF, conforme a los requisitos técnicos establecidos. Se deberán rellenaral completo el formulario/s - anexo/s, adjuntar la obra en formato PDF,aceptar las condiciones de participación y presentar.
2. Los textos se presentarán sin firmar. No podrán contener datos quepermitan identificar la autoría de la obra en el texto o en las propiedadesdel documento.
3. Se adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar laconfidencialidad y el anonimato de las obras presentadas hasta el fallodel Premio. Los datos personales se disociarán de las obras presentadasy serán custodiados por el Secretario de la Fundación Zenobia – JuanRamón Jiménez.
4. No se admitirá ninguna solicitud con fecha anterior ni posterior a la delplazo señalado en esta convocatoria.
5. Serán descartados de forma automática los envíos con datosincompletos o incorrectos.
6. La firma de la solicitud de participación supondrá la declaraciónresponsable respecto a que:
a) La obra presentada es original e inédita.
b) La persona solicitante cumple con todos los requisitos exigidos paraser beneficiaria del Premio de conformidad con el artículo 13 de la ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y los de estaconvocatoria.
c) No está pendiente de justificar en plazo, ninguna subvenciónpreviamente concedida, ni pagos de obligaciones por reintegro desubvenciones, en los términos que reglamentariamente se determinen.
d) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado, laDiputación de Huelva y la Seguridad Social.
e) Que todos los datos reflejados en la solicitud son ciertos.
f) Se acepta en su totalidad la regulación de esta convocatoria.
7. La Diputación verificará la intermediación de los siguientes datosdisponibles en otras administraciones y entidades:
Cedente Servicio
AEAT Estar al corriente de las obligaciones
tributarias.
TGSS Estar al Corriente de Pago con la Seguridad
Social.
DGP Consulta de Datos de Identidad.
I G A E (Ministerio de
Hacienda)
Consulta de Inhabilitaciones para
Subvenciones y Ayudas de BDNS.
a) La consulta de la situación tributaria a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) requerirá el consentimiento expresode la entidad/persona solicitante.
b) El resto de datos no necesitarán del consentimiento de laspersonas interesadas, aunque éstas podrán oponerse a su
intermediación, debiendo justificar esta circunstancia. Mediantedecreto de la Presidencia de la Diputación Provincial de Huelva seresolverá la aceptación o no de la oposición realizada.
c) Si practicada la verificación de datos ésta no fuera posible, la Diputación requerirá personas físicas, para que presenten losdocumentos o declaraciones de estar al corriente frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería General de laSeguridad Social.
8. La presentación de la solicitud conlleva la autorización de la personasolicitante, para que los datos personales contenidos en ella puedan sertratados de forma automatizada e incorporados a los ficheroscorrespondientes.
En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa de protección de datosle informamos que la entidad responsable de la recogida y tratamientode sus datos es la Diputación Provincial de Huelva, NIF P2100000E. Estarecogida está legitimada y tiene por finalidad la gestión de su solicitud departicipación en este premio, conforme a las obligaciones legales paraeste tipo de procedimiento, en el ejercicio de una función pública. Losdatos serán tratados por el Consorcio administrativo Fundación ZenobiaJuan Ramón Jiménez y por los servicios de la Diputación de Huelva quedeban participar en la gestión administrativa de este procedimiento, nocediéndose a otros terceros, salvo prescripción legal o judicial. Laspersonas solicitantes y los/as titulares de los datos que se van a facilitartienen, entre otros, derecho a acceder, rectificar y suprimirlos con laslimitaciones que la ley establece. Estos derechos se pueden consultar enla información adicional publicada en la dirección web
http://www.diphuelva.es/contenidos/Proteccion-de-Datos .
El contacto del Delegado de Protección de Datos de la Diputación deHuelva es .
9. Órgano competente para la instrucción.
1. El Servicio de Cultura de la Diputación de Huelva y la Fundación ZenobiaJuan Ramón Jiménez actuarán como Servicio instructor del Premio.
2. No obstante, podrá designarse, mediante Decreto de Presidencia, otrosservicios o departamentos diferentes que lo instruyan. Este Decreto sepublicará en el Tablón de Anuncios y no será objeto de recurso.
10. Órgano competente para la concesión.
El órgano competente para la concesión será la Presidencia de la Excma.
Diputación de Huelva.
11. Comisión Lectora y Jurado.
1. La Presidencia de la Excma. Diputación de Huelva nombrará porresolución a los miembros de la Comisión lectora y del Jurado, apropuesta del Consorcio administrativo Fundación Zenobia-Juan Ramón Jiménez. El nombre de estas personas se hará público una vez lo sea el fallodel Jurado, publicándose en el Tablón de Anuncios de la Diputación.
2. El número de miembros de la Comisión lectora será determinado por la Fundación Zenobia-Juan Ramón Jiménez en función del volumen deobras presentadas.
El Jurado estará compuesto por tres miembros, personalidades de lasletras hispánicas o iberoamericanas, y una secretaría, con voz pero sinvoto, que será ocupada por el Secretario General de la Diputación ofuncionario/a en quién delegue.
3. El fallo del Jurado será inapelable, ni podrá ser objeto de revisión, salvoque, con posterioridad al mismo, aparezcan o se conozcan documentosde valor esencial que evidencien un error o incumplimiento de los requisitos previstos en la presente convocatoria. En dicho caso, secomunicará al Jurado para que confirme o revise su propuesta deconcesión del premio.
4. Conforme al fallo del Jurado, la Presidencia de la Excma. Diputación deHuelva dictará Resolución definitiva.
5. El Jurado podrá dejar desierto el Premio, en cuyo caso la cuantía no seráacumulable a la convocatoria siguiente.
6. Participar en esta convocatoria supone la aceptación de su contenido,cuya interpretación final quedará a juicio del Jurado.
12. Criterios de valoración.
Las obras serán valoradas por la Comisión Lectora que propondrá al Juradolos textos finalistas para el fallo del Premio.
No obstante, el Jurado tendrá acceso al conjunto de las obras presentadas,si lo estimasen oportuno.
13. Fases del procedimiento.
1. Finalizado el plazo de presentación, se reunirá la Comisión lectora, conel/la Secretario/a designado/a. Se levantará Acta de la valoración.
2. El Jurado emitirá el fallo final de concesión del Premio, recogido en Actafirmada por todos los miembros.
3. Conocido el resultado, se dictará Propuesta de Resolución Definitiva quese publicará en el Tablón de Anuncios de la Corporación. Igualmente, sehará público a través de la web de la Fundación Zenobia – Juan RamónJiménez.
4. Una vez informada del fallo del jurado, la persona premiada deberáaportar la Aceptación (Anexo II) y cuanta documentación sea necesariaen el plazo de 10 días.
5. Finalizados estos trámites se dictará Resolución Definitiva en forma de Decreto de Presidencia de la Diputación Provincial de Huelva, que pondrá fina la vía administrativa, y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, enla BDNS y en el Tablón de Anuncios de la Corporación.
6. El plazo máximo para la Resolución será de 6 meses a partir de la fechade publicación de la convocatoria. Si transcurrido dicho plazo no se haresuelto, el Premio se declarará desierto.
7. Si no se ha prestado consentimiento para la verificación del cumplimientode las obligaciones tributarias de la persona beneficiaria por parte delórgano de instrucción (anexo II), la persona ganadora del Premio, junto ala aceptación deberá aportar Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria con el que se acredite el cumplimiento de susobligaciones tributarias de acuerdo con el artículo 18 RLGS.
8. La Diputación consultará directamente con la Tesorería General de la Seguridad Social la acreditación de que la persona ganadora está alcorriente con la Seguridad Social. La persona ganadora podrá oponerse(anexo II) a que la Diputación realice esta consulta directa debiendojustificar sus motivos, si éstos son estimados por la Diputación deberá aportar este certificado al procedimiento administrativo mediante unescrito en el Registro General de esta administración.
9. La Fundación no mantendrá correspondencia con las personasparticipantes en este certamen. Sólo se podrán realizar consultasmediante el correo electrónico conindicación en el asunto Consulta Premio. No se resolverán consultas porninguna otra vía.
14. Obligaciones de la persona beneficiaria.
1. Como parte del Premio, la Diputación realizará la publicación del libroganador, autorizando su autor/a todos los actos vinculados a la propiedadintelectual necesarios para la publicación, distribución y comercializacióndel mismo. Estas acciones no generarán derechos patrimoniales a lapersona ganadora y deberán realizarse en el plazo máximo de cinco añosdesde la fecha de publicación del fallo. La Diputación facilitará sin coste 20ejemplares a la persona ganadora.
2. El fallo del Premio se producirá en torno al 29 de mayo, Aniversario de lamuerte de Juan Ramón Jiménez, en acto público con la presencia delautor/a galardonado/a.
3. Si con posterioridad a la concesión del Premio, se incurre en alguno de lossupuestos de invalidez de la resolución imputables a la persona premiada oen causas de reintegro de los previstos en los artículos 36 y 37 de la Ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Diputaciónconservará los derechos de primera edición, reproducción, distribución yventa de la obra premiada a los efectos que estime procedentes.
4. Si la persona premiada renunciase al premio, la Diputación no conservarálos derechos inicialmente cedidos por ésta, retornando todos estosderechos a la esfera privada de la misma.
5. Cumplir con el resto de las obligaciones contempladas en el art.14 de la Ley38/2023 General de Subvenciones.
15. Concurrencia y compatibilidad con otros premios.
Cada obra presentada deberá ser inédita. Los originales podrán haberconcurrido, ser premiados o estar pendientes de fallo en otrasconvocatorias. La única limitación que resulta legal es exigir que, si el autorrecibe otro premio para la misma obra, deberá comunicarlo a la entidad local.
La persona premiada puede recibir ayudas públicas por cualquier otroconcepto pero se declaran incompatibles todas aquellas destinadas al mismofin, sea cuál sea la administración otorgante.
16. Reintegro y graduación de incumplimientos.
1. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia delinterés legal del dinero mas el 25% correspondiente desde el momento delpago del premio hasta la fecha en que se acuerde la procedencia delreintegro, en los casos previstos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones.
2. El procedimiento de reintegro del Premio se regirá por las disposicionesgenerales sobre procedimientos administrativos contenidas en la Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de las especialidades que seestablecen en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General deSubvenciones y en el Reglamento que la desarrolla.
3. Este procedimiento se iniciará por resolución de la Presidencia de la Excma Diputación de Huelva, tras propuesta motivada del órgano que instruyó elPremio o por el órgano que fiscalice el premio concedido.
17. Devolución voluntaria del importe del premio aplicado.
1. En los supuestos en los que proceda el reintegro conforme al apartadoanterior por concurrir alguna de las causas previstas en los artículos 36 y37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lapersona beneficiaria podrá devolver de forma voluntaria el premiorecibido. El ingreso se efectuará en la cuenta de la que es titular la Excma.
Diputación de Huelva: ES60.2100.7215.6422.0011.2718.
2. La cuantía se incrementará con el interés de demora, calculado desde eldía de la recepción del Premio hasta la fecha de la devolución, y seaplicará para su cálculo lo previsto en el artículo 38 de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. No se entenderá como voluntaria la devolución de cantidades una veznotificado el inicio de la acción de reintegro.
18. Modificación de la resolución.
1. La actuación subvencionada deberá ajustarse a la resolución deconcesión. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para laconcesión de las subvenciones y la obtención concurrente desubvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad podrádar lugar a la modificación de la resolución de concesión, en los términosestablecidos en su normativa reguladora, de acuerdo con lo previsto en elartículo 19.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. La beneficiaria podrá solicitar al órgano concedente con carácterexcepcional la modificación de la resolución de concesión cuandoaparezcan circunstancias imprevistas que alteren o dificulten la ejecuciónde la actividad o proyecto subvencionable o cuando se produzcanretrasos en la ejecución de las actividades que originen una ampliacióndel plazo de ejecución.
3. La solicitud de modificación podrá ser autorizada por el órgano concedentesiempre que no se altere el objeto o finalidad de la subvención y no sedañen derechos de terceros y deberá presentarse antes de que concluya elplazo para la realización de la actividad. Transcurrido el plazo máximo pararesolver de 3 meses sin notificación de la aprobación de esa solicitud demodificación, conforme el artículo 21.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, seentenderá desestimada la misma.
19. Infracciones y Sanciones
1. El régimen de infracciones y sanciones administrativas aplicables será elestablecido en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Generalde Subvenciones.
2. La imposición de las sanciones en materia de subvenciones se efectuarámediante expediente administrativo en el que, en todo caso, se daráaudiencia a la persona interesada antes de dictarse el acuerdocorrespondiente y que será tramitado conforme a lo dispuesto en la Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de lasAdministraciones Públicas.
3. El expediente administrativo sancionador a que se refiere el puntoanterior será el regulado por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,con las especialidades contempladas en la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, y en el Reglamento 887/2006, de 21 de julio, General deSubvenciones.
20. Impugnación.
1. La Resolución por la que se apruebe la presente convocatoria pone fin ala vía administrativa. Para su impugnación podrá interponerse recursocontencioso administrativo en el plazo de dos meses a partir de supublicación en el Tablón de Edictos de la Diputación Provincial de Huelva,conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de quealternativamente pueda presentarse el correspondiente recursopotestativo de reposición en el plazo de un mes, en cuyo caso no cabráinterponer recurso contenciosos administrativo, en tanto no recaigaresolución expresa o presunta, de conformidad con lo establecido en losartículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, deProcedimiento Administrativo Común.
2. Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso quese estime pertinente.
21. Anexos de la convocatoria.
ANEXO I: Solicitud de participación y declaración Jurada.
ANEXO II: Aceptación del Premio y Formulario autorización/oposiciónverificación datos mediante Intermediación (Autorización para que laDiputación obtenga documentación legal de la persona beneficiaria).
Recuerde. En la presentación de solicitudes a través de la sede electrónica una vez se proceda asu firma ésta quedará grabada en la carpeta ciudadana de la persona o entidad solicitante. Paraacceder a ella hay que identificarse en la sede electrónica de la Diputación y acceder al apartadode Mi carpeta dentro de Carpeta ciudadana que aparece en el menú superior de la página de lasede electrónica. En su carpeta verá que aparece la solicitud presentada, pulsando sobre ella seabrirá una nueva ventana en la que en el apartado llamado Acciones - Incorporar documentaciónle permitirá subir la documentación requerida (por ejemplo subsanaciones, aceptaciones…)Cuando se suban los anexos o documentos deben estar convertidos en formato PDF para que laaplicación permita su incorporación.
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