XXX CERTAMEN NACIONAL DE CARTAS DE AMOR "LOS MAYORES TAMBIÉN AMAMOS" 2026
| 16 de diciembre de 2025 | |
| Carta | |
| 300 euros | |
| Mayores de 60 años que residan en el estado español | |
| Ayuntamiento De Valdemoro | |
| España | |
| Envío Electrónico |
BASES
CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS DEL XXX CERTAMEN NACIONAL DE CARTAS DE AMOR 2026.1. OBJETO, FINALIDAD Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Desde la Concejalía de Mayores del Ayuntamiento de Valdemoro se impulsa la participación activa y el fomento de la cultura entre las personas mayores, manteniendo al mismo tiempo un firme compromiso con la preservación y difusión de nuestras tradiciones.
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En este contexto, y bajo el lema “Los mayores también amamos”, se viene desarrollando desde el año 1996 el Concurso Literario de Cartas de Amor para Personas Mayores, certamen que, con el transcurso del tiempo, se ha consolidado como un referente cultural en el municipio de Valdemoro.
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El concurso se difunde entre los Centros de Mayores de todo el territorio nacional, con el propósito de favorecer la máxima participación posible y ofrecer a las personas interesadas en la escritura un espacio para la libre expresión de sus sentimientos y emociones.
La Convocatoria y Bases Reguladoras que se adjuntan establecen el procedimiento para la concesión de los distintos premios otorgados por el Ayuntamiento de Valdemoro, con el objetivo de incentivar la participación de las personas mayores de 60 años y fomentar su creatividad literaria. La tramitación será en convocatoria de pública concurrencia y de tramitación anticipada.
2. CUANTÍA Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
El importe ascenderá a //950.-€ (NOVECIENTOS CINCUENTA EUROS) y su abono se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 3370-481.00 del presupuesto del Ayuntamiento de Valdemoro para el año 2026.
La concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.
3. REGIMEN JURÍDICO.
La concesión de los premios se regirá por lo establecido en sus bases reguladoras en esta convocatoria, en lo no previsto, será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/06, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, la Ordenanza General de Subvenciones y demás normativas estatales o autonómicas que resulten de aplicación.
3.1. COMPATIBILIDAD CON LA NORMATIVA EUROPEA EN MATERIA DE AYUDAS DE ESTADO
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), los premios objeto de la presente convocatoria no constituyen Ayuda de Estado, al no falsear ni amenazar con falsear la competencia, ni afectar a los intercambios comerciales entre Estados miembros, dado que:
Se otorgan a personas físicas no vinculadas a actividad económica, ni al desarrollo de actividad en mercados competitivos.
No financian actividades económicas, sino la promoción cultural, literaria y social dirigida a personas mayores, sin impacto en actividades mercantiles.
Su importe es de escasa cuantía, se concede en régimen de concurrencia competitiva y no genera ventaja económica susceptible de afectar al mercado interior.
4. MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN
Escribir una carta de amor, en prosa, que sea romántica y amorosa. No se admitirá ninguna de las cartas escritas en verso.
Cada persona puede concursar con un máximo de dos cartas cuya extensión no debe superar los dos folios. El original deberá estar mecanografiado utilizando un tipo de letra Arial, a 12 puntos o manuscrita en documento a tamaño A-4, por una sola cara.
Las cartas que se presenten serán originales e inéditas, no publicados en ningún tipo de formato ni total ni parcialmente (incluido Internet). No podrán ser premiadas las personas ganadoras en los dos últimos Certámenes.
Los organizadores del Certamen podrán verificar la autoría de la carta.
5. PARTICIPANTES
1. Pueden participar personas mayores de 60 años que residan en el estado español.
2. El original de la obra se presentará en formato digital enviado a la dirección electrónica: o dirección postal: Centro Municipal de Mayores, Calle General Martitegui, nº 4 - 28341. Valdemoro – Madrid.
3. En el asunto del mail se especificará: XXX CERTAMEN NACIONAL DE CARTAS DE AMOR:“LOS MAYORES TAMBIÉN AMAMOS”. Se enviarán en el mismo correo dos archivos adjuntos en formato PDF.
a) En un archivo que será denominado con el TITULO DE LA CARTA en mayúsculas, se enviará la misma bajo seudónimo. En el inicio de la primera página se colocará el NOMBRE DE LA CARTA y en la línea siguiente el SEUDÓNIMO, seguido del texto.
b) En otro archivo que será denominado con el TITULO DE LA CARTA – PLICA en mayúsculas, se enviarán los siguientes datos personales:
o Título de la obra o Seudónimo o D.N.I.
o Nombre y apellidos o Dirección de domicilio completa.
o Teléfono y correo electrónico o Año, ciudad y país de nacimiento
4. El plazo de participación será desde el 9 de Diciembre de 2025 y como último día el 16 de Diciembre de 2025 a las 00:00 horas.
5. Las bases se podrán consultar en la página web www.valdemoro.es, en el BOCM y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
6. INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN
La instrucción y propuesta de resolución será realizada por un jurado con un número de miembros impar (mínimo tres).
El Jurado será designado por la organización y estará compuesto por tres personas relacionadas con el mundo de las letras y estará presidido por el Concejal de Mayores, actuando como secretario del mismo un administrativo del Centro Municipal de Mayores. Estos últimos tendrán voz pero no voto.
El jurado emitirá el correspondiente veredicto aplicando los baremos y criterios de ponderación siguientes:
1. Calidad literaria
2. Originalidad del mensaje transmitido
3. Sensibilidad literaria
El jurado tendrá la facultad de resolver cualquier aspecto no previsto en la convocatoria y bases.
Vista la resolución del jurado, firmada por todos sus miembros junto con el VºBº del Concejal de Mayores, la Junta de Gobierno Local aprobará la justificación.
7. CONCESIÓN Y RESOLUCIÓN
Las categorías a premiar y sus dotaciones económicas son las siguientes:
1er PREMIO.
300.-€
2º PREMIO.
250.-€
3er PREMIO.
200.-€
PREMIO LOCAL.
200.-€
Las cartas ganadoras serán publicadas por los organizadores del certamen en la web del Ayuntamiento de Valdemoro el 11 de febrero de 2026. Ese mismo día, tendrá lugar el Acto de Entrega de Premios en el Teatro Municipal Juan Prado a las 17,30 horas. Siendo obligatoria la asistencia directa o representada para la recogida del premio, en caso de incumplimiento, se perdería el derecho a recibirlo.
Serán premiadas las tres mejores cartas y se concederá un cuarto premio a la mejor carta local, siendo el ganador de esta última modalidad comprobada de oficio en el padrón municipal.
El fallo será inapelable, no podrá quedar ningún premio desierto.
El pago de los premios se realizará tras la celebración del concurso mediante transferencia bancaria, y una vez que los premiados hayan facilitado los datos solicitados para tal efecto (ANEXO I).
Los premios estarán sujetos a las deducciones y retenciones que la normativa fiscal señale en cada momento.
Esta subvención tendrá carácter postpagable, la concesión del premio queda condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.
El órgano competente para la concesión será la Junta de Gobierno Local, competencia delegada por el Alcalde mediante Decreto nº 1556/2024, de 24 de Abril.
8. JUSTIFICACIÓN
El órgano instructor deberá aportar a la propuesta a Junta de Gobierno Local la siguiente documentación:
Acta Original del Jurado firmada por todos sus integrantes.
Original de los Recibí de los premiados (ANEXO I).
Datos bancarios.
Fotocopia del D.N.I. del premiado/a. En el caso de que el premio sea recogido por persona distinta del premiado deberá acompañarse el correspondiente escrito de autorización, adjuntando fotocopia de D.N.I.
Certificación expedida por la Técnico Superior de Servicios Sociales, según artículo 88.3, del Reglamento 887/2006, de 21 de Julio.
Informe de Tesorería según el cual los beneficiarios se encuentran al corriente de pago con el Ayuntamiento de Valdemoro. (Art 13.2.e) LGS.
9. PUBLICIDAD
Los interesados podrán acceder a las presentes bases reguladoras y convocatoria en la página web del Ayuntamiento de Valdemoro, en el BOCM, la Base de Datos Nacional de Subvenciones y a través de la difusión de los Centros de Mayores en el ámbito nacional.
Además de la publicidad propia de toda convocatoria sometida a la Ley General de Subvenciones, se le dará la mayor difusión posible entre quienes pudieran estar interesados.
10. BDNS
Los datos de concesión, pago y justificación de premios se publicarán en la Base Nacional de
Subvenciones a través del sitio web www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index.
11. REINTEGRO
Serán causas de devolución de la Subvención concedida, procediéndose al reintegro de las cantidades percibidas, los siguientes casos:
Obtener la subvención sin reunir las condiciones requeridas para ello.
El incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida.
El incumplimiento de las obligaciones impuestas a los beneficiarios con motivo de la concesión de la subvención.
Si el importe de la subvención regulada en la presente Convocatoria fuera de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas o entidades de naturaleza pública o privada, superase el coste de las actividades que ha de desarrollar el beneficiario, procederá al reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actividad desarrollada.
El procedimiento de reintegro se iniciará a instancia de los servicios técnicos de la Concejalía de Mayores o de la Intervención Municipal.
Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de Ingresos de Derecho Público, siendo de aplicación para su cobranza lo dispuesto en la Ley General Presupuestaria y el Reglamento General de Recaudación.





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