XXXVI PREMIO DE POESÍA "SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL" 2026
BASES
XXXVI NORMAS DEL PREMIO DE POESÍA “SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL”, AÑO 20261. OBJETO
La Diputación Provincial de Zaragoza convoca, en régimen de concurrencia competitiva, el XXXVI Premio de Poesía “Santa Isabel de Aragón, reina de Portugal”, año 2026.
Todos los autores podrán presentarse al Premio con aquellas obras que sean originales, inéditas, escritas en castellano y que nunca hayan sido premiadas. Cada autor podrá presentar como máximo dos obras distintas, cuya temática será libre.
2. DESTINATARIOS Y REQUISITOS PARA PARTICIPAR Tendrán derecho a participar personas físicas mayores de edad cumplidos en el momento de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, nacidas o empadronadas en la comunidad de Aragón desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la convocatoria.
No podrá presentarse a esta convocatoria la persona ganadora en la última edición del Premio de Poesía.
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Asimismo deberá encontrarse en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar. Deberá declarar responsablemente que no se encuentra incurso/a en ninguna de las circunstancias contenidas en el apartado 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones. Que está al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social, así como, estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones de conformidad del art. 25 del Régimen General de la Ley de subvenciones.
3. CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS
El premio esta dotado con 5.000 euros. El referido gasto se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 32200/33400/4810000 del vigente Presupuesto (RC 22026000809). El reconocimiento, liquidación de la obligación, así como el pago de la misma, se realizará en el presente ejercicio.
https://www.finalescerrados.com - Javier E.G. Andújar ©
El Jurado podrá proponer la partición del premio o compartirlo ex-aequo, aunque podrá declarar desierto el mismo si no considera con suficientes méritos ninguna de las obras presentadas.
La Diputación Provincial de Zaragoza publicará en la Colección Veruela Poesía la/s obra/s premiada/s directamente, o a través de otra editorial, reservándose durante un plazo de doce meses todos los derechos de edición y reproducción, que se contarán desde la fecha de la concesión del premio.
Además de la cuantía económica, se entregará a la/s persona/s ganadora/s treinta ejemplares que cubrirán los derechos de autor de esta primera edición del libro.
La presentación del libro se llevará a efecto en un acto a celebrar en lugar, fecha y hora que se anunciará en su momento, siempre y cuando se puedan dar las condiciones de seguridad e higiene necesarias para dicha celebración.
4. RETENCIONES E IMPUESTOS
El Premio esta sometido al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o al Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR), de acuerdo con la legislación vigente (Ley 35/2006 y RD 439/2007 para el IRPF y RDL 5/2004 y RD 1776/2004 para el IRNR), por lo que se le aplicará la retención que corresponda en función del la normativa del impuesto al que esté sujeto.
Al ser un Premio que implica la cesión de la propiedad de la obra, estará sujeto y no exento del Impuesto sobre el valor añadido (IVA) cuando la participación del premiado/a se haga en el ejercicio de una actividad profesional o artística. En dicho supuesto, el tipo impositivo será del 21%, al no tener la obra la consideración de objeto de arte, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 136 la Ley del IVA (Ley 37/1992).
Para la determinación de la retención a practicar y la aplicación o no del correspondiente tipo impositivo del IVA, el/la ganador/a en esta convocatoria tendrá obligación de presentar de un certificado de situación censal de la Agencia Tributaria.
5. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación de solicitudes es de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza, (Si el plazo expirase en día inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente) Para formar parte de la convocatoria, los participantes podrán formular su solicitud según el modelo establecido en el Anexo I de la misma, junto con el Anexo II debidamente cumplimentado y firmado.
Además, adjuntarán la ficha de terceros para aquellas personas físicas que se relacionen por primera vez con la Diputación Provincial de Zaragoza. Debe cumplimentarse por quien estando dado de alta con anterioridad, desee modificar alguno de los datos iniciales.
Tendrá que adjuntarse una copia del documento nacional de identidad (o volante de empadronamiento en caso de no ser nacido en Aragón, el cual deberá ser expedido por el Ayuntamiento de la localidad que acredite su actual residencia en la comunidad de Aragón desde hace al menos un año desde la fecha de publicación de esta convocatoria).
Las obras se presentarán exclusivamente en formato digital .pdf mecanografiadas electrónicamente y con las páginas numeradas. El tema de las obras será libre, al igual que la métrica y forma de composición. Las obras deberán tener una extensión mínima de 350 versos. El interlineado y tipo de letra son libres, y no se admitirán fotos o dibujos.
Los originales no irán firmados por el/la autor/a y estarán exentos de cualquier signo o marca que indique la identidad de su autor/a. En la portada llevarán consignados los siguientes datos: el título de la obra presentada, precedido de la “XXXVi Premio de Poesía “Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal”, año 2026 y un lema o seudónimo.
Para el adecuado cumplimiento de esta convocatoria, el jurado no podrá tener en cuenta los originales que no estén comprendidos en las especificaciones anteriores.
Se presentará todo preferiblemente de manera telemática a través del “Catálogo de trámites” de la sede electrónica de la DPZ: https://dpz.sedelectronica.es/, siendo necesario como requisito previo para la inscripción disponer de un certificado digital reconocido por la sede electrónica de la Diputación Provincial de Zaragoza.
En caso de hacerlo presencialmente, se realizará en el Registro de Entradas de la Diputación Provincial de Zaragoza en horario de 9 a 14 horas dentro del plazo establecido, así como, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cualquier falsedad de los datos presentados dará lugar a la anulación de la participación en esta convocatoria. En el caso de que la documentación aportada por el/la beneficiario/a sea incompleta y/o defectuosa, la Diputación podrá requerirle para que en el plazo de diez días hábiles, a partir de la fecha de recepción del requerimiento se subsanen las deficiencias observadas, entendiéndose que si transcurrido dicho plazo no se remiten los documentos solicitados se procederá al archivo del expediente.
A los efectos de notificaciones al interesado, se establece lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las Normas de la convocatoria junto con los anexos y ficha a teceros están disponibles en el “Catálogo de trámites” de https://dpz.sedelectronica.es y podrán consultarse en la página Web de la Base Nacional de Subvenciones del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ( http://www.pap.hacienda.gob.es) Las obras no premiadas presentadas presencialmente en formato USB, podrán ser retiradas previa confirmación documental de la autoría, una vez transcurridos diez días desde la concesión del premio. Pasados dos meses desde esta fecha, se procederá a destruir los originales cuya devolución no haya sido solicitada por sus autores, sin mayores trámites.
6. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Y TRAMITACIÓN DEL PREMIO Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán tramitadas de acuerdo con la legislación vigente en materia de concesión de ayudas y en concreto con el procedimiento establecido en el Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, , de Subvenciones de Aragón en concordancia con la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza.
La instrucción del expediente de concesión de estas ayudas corresponde al Servicio de Cultura que realizará los siguientes trámites:
6.1. Emisión de informe jurídico, una vez subsanadas en su caso, las deficiencias en la documentación aportada por los peticionarios, en el que deberá constar expresamente si éstos cumplen los requisitos necesarios para acceder a las ayudas. Dicho informe será suscrito por un funcionario técnico de administración general, letrado u otro funcionario con capacitación jurídica perteneciente al grupo A.
6.2. Designación por el Presidente de la Diputación Provincial de Zaragoza del Jurado evaluador (publicándose en el BOPZ), que estará formado por tres personas especializadas en el mundo de la letras y un técnico cultural del Servicio de Cultura, Juventud y Deportes, que deberá ser funcionario de Grupo A o persona que le sustituya, que realizará las funciones de secretario, sin voz ni voto, dando fe de las decisiones adoptadas para que se reflejen en el acta correspondiente, en la que se propondrá/n el/la beneficiario/a del premio.
6.3. Propuesta de concesión del Premio formulada por el Jurado debidamente motivada y justificada, atendiendo a los siguientes criterios:
- Calidad, originalidad y creatividad de la obra.
- Ritmo y la coherencia narrativa.
- Innovación conceptual y lingüística.
- Técnica literaria y estilo.
6.4. Propuesta de concesión formulada por Jurado con arreglo a los criterios de carácter artístico, literario o cultural propios de la naturaleza de la convocatoria. El Jurado podrá resolver aquellas situaciones no contempladas en las presentes normas de la convocatoria, así como aquellas dudas que se planteen sobre su interpretación siempre que no contradiga el contenido esencial de la misma. Asimismo, el Jurado podrá proponer la partición del premio o compartida ex-aequo, e incluso podrá declarar desierto el mismo si no considera ninguna de las solicitudes presentadas con suficientes méritos.
6.5. Propuesta de resolución provisional suscrita por funcionario técnico competente del Servicio de Cultura y Patrimonio, emitida conforme a lo dispuesto en el art. 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
6.6. Emitida la propuesta de resolución provisional se dará traslado al interesado al objeto de cumplir con el trámite de audiencia, para presentar las oportunas alegaciones en un plazo de cinco días hábiles. Se podrá prescindir Cód. Validación: 5CFZSPPCAS2QN3E64Q9KAZM6Q Verificación: https://dpz.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 8 5 del trámite cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. En este caso, la propuesta de resolución tendrá el carácter de definitiva.
6.7. Fiscalización previa del expediente por Intervención General.
6.8. Resolución de Presidencia aprobando la concesión de las ayudas de acuerdo con la propuesta de la Comisión de Valoración. Excepcionalmente, la resolución podrá apartarse de la propuesta de la Comisión dejando constancia de los motivos en el expediente.
6.9. El Premio se abonará en un único pago dentro del año 2026.
7. RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN
El plazo máximo para resolver y notificar será de tres meses contados a partir de la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes, de acuerdo con el artículo 26 del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, si bien podrá ser objeto de ampliación, por un periodo no superior al establecido para la tramitación del procedimiento (artículo 23 de la ley 39/2015, de 2 de octubre de 2015).
La falta de resolución y notificación en este plazo, producirá efectos desestimatorios.
El acuerdo de que resuelva sobre la ampliación del plazo, será publicado en el BOPZ para el conocimiento de los interesados, y contra el mismo no cabrá recurso alguno.
La resolución de la convocatoria será notificada individualmente a los beneficiarios conforme a los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y podrá ser consultada a través de la https://dpz.sedelectronica.es La falta de resolución y notificación en este plazo, producirá efectos desestimatorios.
Contra la Resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el órgano que ha dictado la Resolución en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso- Administrativo en el plazo de dos meses.
La Resolución que aprueba la concesión de subvenciones se publicará en el BOPZ, de conformidad con lo establecido en el art. 30 del Reglamento de la Ley 38/03 de 17 de noviembre, de la Ley General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/06 de 21 de julio.
8. LEGISLACIÓN APLICABLE
Asimismo, debe indicarse que el contenido de las normas reguladoras del XXXVI Premio de Poesía “Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal”, año 2026, se ajusta a los principios, fines y objetivos del Plan Estratégico de Subvenciones de la Cód. Validación: 5CFZSPPCAS2QN3E64Q9KAZM6Q Verificación: https://dpz.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 8 6
Diputación Provincial de Zaragoza (2024-2027), aprobado mediante Decreto de Presidencia nº 2023-2527 de fecha 21/09/2023 y sus sucesivas modificaciones.
9. IMPUGNACIÓN DE LA CONVOCATORIA
La Resolución por la que se aprueban las presentes normas pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, recurso de reposición potestativo frente al mismo órgano que la ha dictado o directamente recurso contencioso- administrativo, ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, en el plazo de un mes y dos meses respectivamente, contados desde el día siguiente a la publicación de estas normas en el BOPZ.
10. RENUNCIA Y REINTEGRO
En el supuesto de que el/los ganador/es no cumplieran con las obligaciones de la presente convocatoria, se entenderá incumplida la finalidad del premio, lo que conllevará a la obligación del ganador/es de reintegrar las cantidades percibidas, con los correspondientes intereses de demora desde el momento del pago de la ayuda hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro (artículo 37.1.b. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones). No obstante, antes de que se le notifique el acuerdo de procedencia de reintegro, podrá voluntariamente depositar la cuantía del premio percibido en la Tesorería de la Diputación Provincial, devengando intereses sólo hasta ese momento en el que se efectúa el depósito.
La renuncia a la subvención concedida deberá efectuarse mediante declaración expresa suscrita por el participante del Premio en el plazo de quince días naturales contado desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la resolución de la convocatoria. Si el último día de plazo fuera sábado, éste finalizará el primer día hábil siguiente. En el supuesto que la renuncia se remita fuera del plazo legalmente establecido, y el importe del premio haya sido abonado, la devolución del mismo conllevará el importe de los intereses legalmente establecidos.
La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las presentes normas, de acuerdo con la legislación española vigente; y la interpretación de cualquier duda que pudiera plantearse al respecto es competencia exclusiva de la Diputación Provincial de Zaragoza.
ANEXO I – INSTANCIA DE PARTICIPACIÓN
XXXVI PREMIO DE POESÍA “SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL”
SOLICITANTE:
Nombre y apellidos:
NIF:
Fecha de nacimiento:
Teléfono de contacto:
Correo Electrónico:
Dirección a efectos de notificaciones:
Localidad:
Código postal:
Título de la obra a concurso:
Seudónimo:
Núm. versos de la obra a concurso:
Documentos que se adjuntan:
Fotocopia del D.N.I. o volante de empadronamiento (en su caso) Obra original encabezada por el título de la obra, un seudónimo y nombre del Premio.
Ficha de Terceros (En caso de no haberla presentado en otras ocasiones).
Anexo II. Declaración responsable de cumplir los requisitos para obtener la condición de Beneficiario.
El solicitante, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio por la presente, acepta y se somete a las condiciones expresadas en la convocatoria y formula solicitud de participación en el XXXVI PREMIO DE POESÍA “SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL” 2026. Además, declara que la presente obra es original e inédita, no es copia ni modificación de ninguna obra propia o ajena, no tiene comprometidos sus derechos de publicación, soy titular de todos los derechos, no tiene ningún tipo de limitación o carga de los derechos de explotación y no ha sido presentada a ningún otro premio o concurso de cualquier país cuyo fallo no se haya producido.
Que en caso de ser ganador/a, cedo durante doce meses (que se contarán desde la fecha de la concesión del premio) a la Diputación de Zaragoza desde la fecha de dicha comunicación en el BOPZ, los derechos de explotación de la obra, permitiendo la reproducción, distribución, comunicación pública y transformación en cualquier medio, formato o soporte conocidos o no en la actualidad.
En a de de 2026
Firma:
ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- CLÁUSULA INFORMATIVA PROTECCIÓN DE DATOS
Según lo establecido en la vigente normativa de protección de datos, se le informa que los datos facilitados a través del presente formulario, así como los que facilite en el resto de documentos que forman parte de esta convocatoria, serán tratados por la Diputación Provincial de Zaragoza, que actúa como responsable del tratamiento, con la finalidad de tramitar su solicitud y/ o procedimiento de subvención. Podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de su datos, así como los de limitación u oposición a su tratamiento, cuando procedan, ante la Diputación Provincial de Zaragoza.
Si en el ejercicio de sus derechos no ha sido debidamente atendido, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. No obstante, con carácter previo y potestativo, podrá dirigirse al Delegado de Protección de Datos a través del email:infodpz@dpz.es.
XXXVI PREMIO DE POESÍA “SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL”
ANEXO II - DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIR LOS REQUISITOS PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO SOLICITANTE:
Nombre y apellidos:
NIF:
Fecha de nacimiento:
Teléfono de contacto:
Correo Electrónico:
Dirección a efectos de notificaciones:
Localidad:
Código postal:
El solicitante, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio, hace constar, bajo su responsabilidad, que el que suscribe no se encuentra incurso/a en ninguna de las circunstancias contenidas en el apartado 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones. Que está al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social, así como, estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones de conformidad del art. 25 del Régimen General de la Ley de subvenciones, siendo cierto los datos que figuran en la presente solicitud. Asimismo dispone de la documentación que lo acredita y se compromete a mantener su cumplimiento mientras sea beneficiario.
Autorizo a la Diputación Provincial de Zaragoza a solicitar y obtener de oficio los Certificados de estar al corriente con las obligaciones tributarias de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social y certificado del cumplimiento de las obligaciones por reintegro con Diputación Provincial de Zaragoza.
Para que conste a todos los efectos.
En a de de 2026
Firma:
ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA.
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- CLÁUSULA INFORMATIVA PROTECCIÓN DE DATOS
Según lo establecido en la vigente normativa de protección de datos, se le informa que los datos facilitados a través del presente formulario, así como los que facilite en el resto de documentos que forman parte de esta convocatoria, serán tratados por la Diputación Provincial de Zaragoza, que actúa como responsable del tratamiento, con la finalidad de tramitar su solicitud y/ o procedimiento de subvención. Podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de su datos, así como los de limitación u oposición a su tratamiento, cuando procedan, ante la Diputación Provincial de Zaragoza.
Si en el ejercicio de sus derechos no ha sido debidamente atendido, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. No obstante, con carácter previo y potestativo, podrá dirigirse al Delegado de Protección de Datos a través del email:infodpz@dpz.es.

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El Biógrafo
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