LIII PREMIO CIUDAD DE ALCALÁ DE LAS ARTES Y LAS LETRAS 2022


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22 de julio 2022
Obra publicada
Medalla
Candidaturas propuestas según las bases
Ayuntamiento De Alcalá De Henares
España
Envío Electrónico

BASES


El Ayuntamiento de Alcalá de Henares, en el año en que se cumplen los quinientos años del fallecimiento del humanista Elio Antonio de Nebrija en Alcalá de Henares, con el propósito de contribuir al desarrollo cultural, en todas sus manifestaciones, ya sea la creación literaria o artística, la interpretación, la investigación o divulgación humanística o científica, y con el fin de hacer patente el reconocimiento de la sociedad alcalaína hacia quienes han consagrado su vida y el conjunto de su obra al enriquecimiento de nuestro patrimonio cultural común en sus diversas disciplinas y en su más amplio sentido, con aportaciones originales en cualquier género de las manifestaciones artísticas y literarias, convoca el Premio Ciudad de Alcalá de las Artes y las Letras, con arreglo a estas bases.
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I. INTRODUCCIÓN

Las presentes bases tienen por objeto otorgar el Premio Ciudad de Alcalá en su LIII edición correspondiente a 2022 y en la modalidad de las Artes y las Letras, así como fijar las normas reguladoras que establecen el procedimiento para su concesión. Serán publicadas en la sede electrónica del Ayuntamiento, así como en: culturalcala.es y en ayto-alcaladehenares.es.

II. PARTICIPANTES
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No podrá otorgarse el Premio Ciudad de Alcalá de las Artes y las Letras a las personas que ostenten los siguientes cargos:


Alcalde-Presidente y restantes cargos electos del Ayuntamiento de Alcalá de Henares mientras se hallen en el ejercicio de sus cargos.

Las autoridades, funcionariado y demás personas que mantengan cualquier vínculo o relación con el Ayuntamiento de Alcalá de Henares y cuya intervención directa o indirectamente pueda influir en la concesión del Premio.

Quien hubiera recibido con anterioridad este Premio en esta misma modalidad.

III. CANDIDATURAS

Serán candidatas a la obtención de este Premio solamente personas físicas, y nunca lo serán a título póstumo.

Podrán presentar candidaturas a favor de terceras personas, nunca al suyo propio, mediante propuesta razonada, cualquier persona física o jurídica, asociaciones, academias, centros culturales y de investigación, administraciones públicas y órganos dependientes de ellas, universidades y otras instituciones y, en particular, podrán hacerlo aquellas personas a quienes se cursara la correspondiente invitación expresa para hacerlo por parte de la Organización.

IV. DATOS Y DOCUMENTACIÓN

Las candidaturas se formalizarán mediante la presentación de la siguiente documentación:

Proposición formal razonada de la candidatura propuesta, indicando con nitidez sobre quien recae la misma, así como los valores que la avalan.

Currículum vitae de la persona a favor de la cual se formula la propuesta o, en su caso, dossier explicativo de la actividad llevada a cabo en estos ámbitos por la institución o entidad por la que se postula.

Documentación en cualquier soporte y formato (textual, gráfica, audiovisual, etc.) con la información adicional que se considere oportuna para acreditar suficientemente la candidatura propuesta.

Apoyos externos, individuales o colectivos, personales o institucionales que postulen la concesión del Premio.

En cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos RGPD (Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679), se informa que los datos personales forman parte de ficheros responsabilidad del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares, siendo tratados por éste bajo su responsabilidad, con la finalidad de gestionar su inscripción al servicio solicitado y ejecutar las gestiones administrativas necesarias para su realización. Igualmente informamos que tales datos personales pueden ser utilizados con la finalidad de mantenerle al día de los eventos, productos y servicios propios que pudieran ser de su interés. Podrá ejercer su derecho de acceso, rectificación, oposición o cancelación, dirigiéndose a .

V. PLAZO Y PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de las candidaturas será el siguiente: desde el día posterior de su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones hasta el día 22 de julio de 2022.

La presentación o remisión de las candidaturas deberá dirigirse a:
Ayuntamiento de Alcalá de Henares
Concejalía de Cultura
Secretaría del Jurado del Premio Ciudad de las Artes y las Letras
C/ de santa María La Rica, nº 3
28801 Alcalá de Henares - Madrid - España

O bien a través del correo electrónico:
Las candidaturas presentadas fuera del plazo señalado no serán admitidas.

VI. PREMIO

El Premio Ciudad de Alcalá de las Artes y las Letras, que seráúnico e indivisible, y que de existir candidaturas, no podrá declararse desierto, ni otorgarse a título póstumo, consistirá en la entrega de la Medalla de las Artes y las Letras de la Ciudad de Alcalá de Henares.

VII. JURADO Y VOTACIÓN

El fallo del Premio, que será inapelable, salvo que se den defectos de forma, corresponderá a un jurado presidido por el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, o persona en quien éste delegue, y a quien competerá designar a los miembros del mismo entre personas que tengan reconocido prestigio en el ámbito de la las Artes y las Letras, así como en el ámbito de la vida pública y social de la Ciudad de Alcalá de Henares y su entorno. El jurado estará integrado por un número impar de miembros. Recaerá la Secretaría del jurado en una persona empleada dependiente de la Concejalía de Cultura, que actuará con voz y sin voto y coordinará cuantas acciones técnicas y administrativas tengan relación con la convocatoria.

Quienes actúen como miembros del jurado, tras haber sido convocados, podrán formular proposiciones, con las mismas prescripciones que se indican en el apartado IV, y mediante el medio que se indica en el apartado V, y en los plazos que se estipule.

Deberán abstenerse de intervenir cuando en ellos concurra alguna de las causas previstas en el art. 23 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, las personas interesadas podrán promover la recusación de miembros del jurado en los casos previstos en el párrafo anterior, de conformidad a lo establecido en el art. 24 de la citada Ley.

La Presidencia del jurado, establecerá el orden de las deliberaciones, así como para las votaciones, si éstas fueran precisas, a fin de emitir el fallo del Premio, que podrá hacerse público el mismo día que se produzca.

VIII. ENTREGA DEL PREMIO

La entrega del Premio tendrá lugar en un acto público, convocado al efecto, el día 9 deoctubre de 2022, 475 Aniversario del bautismo de Miguel de Cervantes Saavedra en Alcalá de Henares, acto de entrega al que, quien obtuviera el Premio, se compromete a asistir; igualmente se comprometerá a facilitar los materiales oportunos para la difusión del Premio mediante una exposición colectiva que la Organización podrá programar.

IX. ACEPTACIÓN DE LAS BASES

La participación en este certamen supone la aceptación íntegra de sus Bases, quedando el jurado facultado para dirimir cualquier eventualidad no prevista en ellas; tendrá, asimismo, capacidad de interpretación a cuantos efectos procedan.



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