XXVII CERTAMEN NACIONAL LITERARIO DE NARRATIVA Y POESÍA D. HERMINIO SANZ 2026
| 9 de abril de 2026 | |
| Narrativa y poesía | |
| 100 euros | |
| Residentes en españa | |
| Ayuntamiento De Sisante | |
| España | |
| Envío Electrónico |
BASES
CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS ESPECÍFICAS DEL XXVII CERTAMEN NACIONAL LITERARIO DE NARRATIVA Y POESÍA DON HERMINIO SANZ, AÑO 2026El Ayuntamiento de Sisante, a propuesta de la concejalía de Cultura, convoca el XXVII Certamen nacional Literario de narrativa y poesía D. Herminio Sanz, que tiene su sede en el municipio de Sisante (Cuenca), y en el cual podrán participar todos los artistas literarios y escritores que lo deseen residentes en España.
Con el XXVII Certamen nacional Literario de narrativa y poesía D. Herminio Sanz potenciamos la literatura en nuestro municipio, acercamos a la ciudadanía el rico mundo de las letras y alentamos a las nuevas generaciones a descubrir la creación artística como forma de desarrollo personal y conocimiento del entorno sociocultural. A su vez seguimos posicionando el municipio de Sisante como referente cultural y literario en nuestra provincia.
A lo largo de sus XXVI ediciones anteriores más de 1.116 obras de todo tipo y artistas se han presentado al certamen, consiguiendo transmitir infinidad de emociones y sensaciones gracias a la sensibilidad y dominio de la pluma de los escritores participantes.
Nuestra institución se siente muy orgullosa de este certamen que tiene un gran arraigo e implicación entre nuestros residentes, visitantes y las instituciones educativas del municipio, ya que siempre han querido promocionar la creatividad y la expresión literaria participando en este.
BASES REGULADORAS ESPECÍFICAS DEL CONCURSO
PRIMERA. CONVOCATORIA.
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Dentro de la ejecución de las competencias que tiene atribuidas esta entidad local, tal y como dispone el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local -en adelante, LRBRL-, el Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal.
Continua el citado precepto señalando que el Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, entre otras, en las siguientes materias, “h) promoción de la actividad turística de interés y ámbito local; m) promoción de la cultura y equipamientos culturales”. Igualmente, tras la reforma ejercida por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, quedaron definidas como competencias propias las contenidas taxativamente el art. 25.2 de la LRBRL.
La concesión de premios por una Administración Pública conforme al Derecho Administrativo debe encuadrarse en la actividad de fomento, la cual, desde el clásico estudio de Jordana De Pozas, se viene definiendo como “la acción de la Administración encaminada a proteger o promover aquellas actividades, establecimientos o riquezas debidas a los particulares y que satisfacen en alguna medida necesidades públicas o se estiman de utilidad general, sin usar la coacción ni crear servicios públicos”.
Así, considerado lo anterior, con el objetivo de fomentar el turismo local y promocionar la cultura, potenciando el fortalecimiento de las tradiciones y costumbres idiosincrásicas de nuestro pueblo, a propuesta de la Concejalía de Cultura y Turismo, el Ayuntamiento de Sisante convoca el XXVII Certamen nacional Literario de narrativa y poesía D. Herminio Sanz, año 2026, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.
Los premios otorgados se regirán por (i) lo establecido en la presente convocatoria y sus bases reguladoras; en (ii) la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en (iii) el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; de acuerdo con (iv) los principios de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas; y (v) demás disposiciones normativas que resulten de aplicación.
SEGUNDA. FORMA DE INSCRIPCIÓN Y PLAZO.
La inscripción y participación es gratuita. Las obras podrán ser presentadas en el Registro General del Ayuntamiento, sito en la Plaza Dr. Fernández Turégano, n.º 1, con Código Postal 16700, Sisante (Cuenca), de 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes; o mediante cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la atención de la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Sisante, especificando “XXVII Certamen nacional Literario de narrativa y poesía D. Herminio Sanz”.
Las solicitudes se formalizarán presentando la siguiente documentación:
1. Anexo de solicitud/declaración responsable, adjunto en estas bases, cumplimentado.
2. Copia del DNI (anverso y reverso) de la persona solicitante, así como el del padre/madre o tutor legal, en el caso de que el solicitante fuera menor de edad.
3. Los trabajos presentados al certamen, de la manera que se indica posteriormente.
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La ausencia de datos o su inexactitud puede dar lugar, en su caso, a la exclusión.
El plazo de inscripción se inicia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, y finaliza el jueves, 9 de abril de 2026, a las 23:59 horas, tomándose como fecha de recepción el sello de entrada en el Registro General del Ayuntamiento.
La presentación de una solicitud de participación a la presente convocatoria implica la aceptación de esta y sus bases reguladoras, sin condiciones ni reservas.
2.1. Obras presentadas de manera presencial.
Los trabajos u obras en formato físico se presentarán por triplicado, original y dos copias, bajo el sistema de plica. Las obras presentadas deberán incluirse en un sobre cerrado tamaño folio A4, donde se anotará “XXVII Certamen nacional Literario de narrativa y poesía D. Herminio Sanz”, especificando la categoría: infantil, juvenil o adulto (en el caso del alumnado, se añadirá el curso en el que se encuentre matriculado).
Dentro se incluirán la obra y dos copias firmadas con seudónimo.
Además, se incorporará un sobre pequeño cerrado en cuyo interior de este la persona autora hará constar sus datos personales, nombre y apellidos, y el título de la obra.
2.2. Obras presentadas de manera electrónica.
Con las obras remitidas en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se adjuntarán dos archivos en formato .pdf, el primero incluirá la obra y llevará por nombre el título del relato, que irá firmado con seudónimo; el segundo incluirá los datos personales del autor según se ha indicado anteriormente, y llevará por título el nombre del relato seguido de la palabra plica.
TERCERA. CATEGORÍA, MODALIDAD Y TEMÁTICA.
Podrán formar parte del Certamen todas las personas que lo deseen.
Los diferentes participantes se presentarán bajo una de las siguientes categorías, modalidad y temáticas establecidas:
Categoría infantil: Para los alumnos de los cursos 5.º y 6.º de Educación Primaria. El tema es “el valor de pedir perdón”.
oModalidad narrativa: la extensión mínima será 1 folio A4 (una cara).
oModalidad de poesía: la extensión mínima será de 15 versos.
Categoría juvenil: Para los alumnos con una edad comprendida desde los 12 hasta los 18 años, y escolarizados en ESO y/o Bachillerato. El tema es “la justicia desde el punto de vista del villano”.
oModalidad narrativa: la extensión mínima será de 2 folios A4 (dos caras).
oModalidad de poesía: la extensión debe ser entre los 30 y 60 versos.
Categoría adultos: Desde 18 años en adelante. El tema es “una historia contando a través de ausencias”.
oModalidad narrativa: la extensión mínima es de 5 folios A4 (cinco caras).
oModalidad de poesía: la extensión debe ser entre los 30 y 60 versos.
CUARTA. FORMATO DE PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS.
Los trabajos se deberán presentar bajo las siguientes características:
1. Las obras se presentarán escritas en español.
2. La extensión y métrica de las obras viene fijada en la base anterior.
3. El formato y la tipología aplicables a las categorías de adulto y juvenil será el siguiente: letra Arial, tamaño 12, el tipo de párrafo justificado, el espaciado a 6 y el interlineado de 1,5 líneas. Los márgenes (superior, inferior, interior y exterior) serán a 2,5 cm.
4. El formato y la tipología correspondiente a la categoría infantil será el siguiente: el texto deberá ser manuscrito y, en cualquier caso, su presentación deberá ser escrita a mano por la persona participante; valorando así la caligrafía, la presencia del trabajo, el orden, la limpieza y la claridad lectora.
5. Las obras serán originales, inéditas, no publicadas y no premiadas anteriormente. Se excluirá toda obra que no se atenga a las condiciones anteriormente citadas. Todas las obras pasarán el correspondiente filtro para verificar lo anterior y comprobar, además, que no existe el uso de inteligencia artificial.
QUINTA. CRITERIOS DE VALORACIÓN.
El jurado, a la hora de valorar, tendrá en cuenta los siguientes parámetros (hasta un máximo de 10 puntos):
a) Presentación del trabajo: hasta 1 punto.
b) Relación con el tema propuesto: hasta 1 punto.
c) Calidad literaria: hasta 5 puntos, valorándose:
o ortografía, vocabulario y gramática (hasta 1 punto); o estructura del texto, claridad del mensaje (hasta 1 punto); o congruencia de ideas y argumentos (hasta 2 puntos); o estilo, riqueza poética y ritmo (hasta 1 punto).
d) Originalidad y creatividad: hasta 3 puntos.
SEXTA. PREMIOS.
6.1. PREMIOS.
Los premios otorgados que supongan un coste directo, cuantificable e imputable como gasto presupuestario y contable, según categoría y modalidad, se realizarán con cargo a la aplicación presupuestaria 330.22609 “Administración General de Cultura. Actividades culturales”, y serán los siguientes:
Categoría alumnos de Educación Primaria (5.º y 6.º curso): Un premio en sendas modalidades de narrativa y poesía, correspondiente a un cheque valorado en 20,00 euros, canjeable en cualquier establecimiento de la localidad; y una quincena de acceso gratuito a la Piscina Municipal durante el período de apertura de esta.
Categoría juvenil: Un premio para cada modalidad, narrativa y poesía. Cada uno equivaldrá a un cheque valorado en 50,00 euros, canjeable en cualquier establecimiento de la localidad; y una quincena de acceso gratuito a la Piscina Municipal durante el período de apertura de esta.
Categoría adultos: Un premio para cada categoría, narrativa y poesía. Consistente en 100,00 euros cada uno. Se realizará mediante transferencia bancaria a favor de la persona beneficiaria.
El jurado podrá otorgar un accésit por cada categoría con un importe por valor del 50% del premio principal de la misma, y un único premio especial en cualquier categoría con un importe que suponga el 150% del premio principal de la misma (solo aplicable en una única categoría). El fallo estará motivado, y se deberá alegar en el acta la justificación cualitativa que ha llevado a esa decisión.
Tanto el jurado como la organización del propio Ayuntamiento se reservan el derecho a dejar desiertos los premios o accésits que consideren oportunos, sin apelación posible por parte de las personas participantes.
El importe de los premios estará sujeto a la retención del IRPF conforme a lo establecido en la legislación vigente. En todo caso, será de aplicación el art. 75.3.f) del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.
6.2. USO Y NORMAS DE LOS PREMIOS PARA LAS PERSONAS BENEFICIARIAS Y COMERCIOS LOCALES -ENDOSATARIOS-, QUE CORRESPONDAN A CHEQUES PARA GASTAR EN LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES DE LA LOCALIDAD.
Los premios se entregarán en formato cheque para gastar en el comercio minorista del municipio. Desde la entrega de premios los beneficiarios dispondrán de un plazo de quince días naturales para hacer uso de estos, es decir, hasta el 2 de mayo de 2026.
Igualmente, los proveedores -que actúan como endosatarios- dispondrán de un plazo de quince días naturales, desde el uso de este cheque, para presentar la correspondiente factura al Ayuntamiento a través del sistema de Facturación electrónica FACe, cuyo código es L01161988 para la Unidad Tramitadora, Oficina Contable y Órgano Gestor. La factura deberá incluir en la denominación de su concepto los datos concretos que disponga el correspondiente cheque, el cual se deberá adjuntar en la tramitación electrónica. Además, deberá detallarse la relación de los productos o servicios suministrado o prestados con cargo al premio en cuestión.
Todas las facturas con cargo a estos premios que bien incumplan lo previsto anteriormente, o bien sean registradas después del 17 de mayo de 2026, serán anuladas y no conformadas por esta entidad local, perdiendo su derecho a cobro y devueltas al proveedor.
Asimismo, el proveedor que suministre los servicios y/o suministros al ganador será el endosatario del premio, correspondiéndole sólo al beneficiario todas las responsabilidades administrativas y legales propias de su condición de premiado.
No obstante, el Ayuntamiento no se responsabiliza, en ningún caso, de la mala praxis en el cumplimiento de estas normas por parte de la persona beneficiaria o proveedor endosatario.
6.3. JUSTIFICACIÓN DE LOS PREMIOS.
El objeto de las subvenciones se puede dirigir no solo a la ejecución de un proyecto o la realización de una actividad, sino también a “la concurrencia de una situación”, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se establezcan en esta convocatoria, tal y como establece el artículo 2.1.b de la LGS.
Así pues, el acta del jurado que haya sido designado y en el que se recojan las personas ganadoras que reúnen los requisitos, servirá de justificación de la concurrencia de la situación de persona premiada, sin que las personas participantes deban aportar documentación justificativa expresa y específica al respecto, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17.3.i) de la LGS.
SÉPTIMA. CESIÓN DE LOS DERECHOS DE IMAGEN Y LOS DERIVADOS DE LAS OBRAS.
Las personas participantes ceden sus derechos de imagen y los derivados de las obras y trabajos que presenten al concurso, de manera íntegra e indefinida al Ayuntamiento de Sisante, autorizando de forma expresa la utilización -captación, reproducción y difusión- de la totalidad o parte de las imágenes y de las obras que se generen durante el desarrollo del certamen, en el ámbito y en su condición de participantes, salvo oposición expresa en la solicitud de inscripción. En cualquier caso, las obras presentadas serán objeto de cesión en los términos indicados anteriormente.
El Ayuntamiento podrá reproducir y difundir las mencionadas imágenes y obras, utilizando todos los medios técnicos y soportes conocidos en la actualidad, particularmente, los soportes escritos, audiovisuales y electrónicos, incluido internet, y los que pudieran desarrollarse en el futuro; con la única salvedad y limitación de aquellas utilizaciones que pudieran atentar al derecho al honor en los términos previstos en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
La cesión no está limitada a ningún ámbito geográfico. Asimismo, las personas cedentes no podrán pedir en el futuro una contraprestación a cambio de la utilización de las citadas obras.
OCTAVA. COMPOSICIÓN Y FALLO DEL JURADO.
El jurado calificador estará formado por diversas personas con conocimientos literarios y habilidades en la materia. Su composición no será superior a cinco ni inferior a tres miembros, sin contar la Secretaría -que tendrá voz, pero no voto-; ni la Presidencia, cuyo voto será de calidad en caso de producirse algún empate. Actuará como presidente el concejal de Cultura y Turismo o, entre los vocales designados por el órgano convocante, en quien el delegue la Presidencia a la hora de valorar.
El jurado podrá declarar desierta cualquier categoría, modalidad o premio, así como descalificar a cualquier persona participante que, según su criterio, no reúna las condiciones técnicas, artísticas, creativas o de cualquier otra índole mínimas requeridas.
Los componentes del jurado serán designados por el órgano convocante y su fallo será inapelable. Los criterios de valoración para tener en cuenta por el jurado serán los fijados en la base quinta.
NOVENA. ÓRGANO COMPETENTE E INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO.
La convocatoria y resolución de la presente convocatoria corresponde a la Alcaldía, sin perjuicio de la delegación de sus facultades en el concejal de Cultura y Turismo.
El jurado procederá al examen y estudio de las obras presentadas, pudiendo seleccionar, además de las obras premiadas, otras tres que actuarán como reserva en el caso que alguno de los premiados no cumpla los requisitos establecidos para la entrega de los premios o renunciase al mismo.
Asimismo, el jurado redactará un acta que tendrá el formato de propuesta de resolución, que se elevará al órgano instructor, y en el que se concretará el resultado de la valoración. La resolución definitiva la emitirá el órgano convocante el mismo día del concurso, dentro del plazo previsto en el artículo 25.4 de la LGS. La misma pondrá fin a la vía administrativa y será publicada en el Tablón de anuncios alojado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Sisante. De conformidad con lo establecido en el artículo 84 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se prescinde del trámite de audiencia en la propuesta de resolución al no figurar en el procedimiento ni ser tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los/as aspirantes.
Asimismo, la publicación de la resolución en la sede electrónica sustituirá a la notificación y surtirá sus mismos efectos, de conformidad con lo establecido en el artículo 45, apartados 1.b) y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
DÉCIMA. ENTREGA DE PREMIOS.
Los premios se entregarán, en el lugar determinado por la organización con motivo de la cuarta edición de la Feria del Libro, año 2026, una vez emitido el fallo del jurado, y posteriormente a la resolución por parte del órgano competente. Las personas premiadas deberán aportar los datos que les sean requeridos para su identificación personal. El abono de los premios en metálico se realizará mediante la forma establecida en la base sexta.
El hecho de no acudir a la entrega de premios podrá producir la pérdida del derecho a la obtención del premio.
UNDÉCIMA. ORGANIZACIÓN.
El jurado será el responsable de la interpretación de las presentes bases, así como de la resolución de cualquier incidencia no prevista en las mismas. Corresponde la interpretación de las presentes bases en última instancia a la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Sisante.
Asimismo, el Ayuntamiento de Sisante, organizador del concurso, se reserva el derecho de hacer modificaciones o tomar iniciativas no reguladas en la presente convocatoria, siempre que contribuyan al mayor éxito de esta.
La organización declina toda responsabilidad sobre las obras, así como su seguridad durante su depósito, edición, divulgación, difusión o exhibición.
Igualmente, los participantes exoneran de toda responsabilidad a la organización por los extravíos o daños personales o materiales que pudiesen surgir durante el desarrollo del certamen.
El Ayuntamiento de Sisante no se hace responsable de las opiniones o manifestaciones que pudieran expresarse por las personas participantes en sus obras ni durante el desarrollo del certamen o actos enmarcados en este.
DÉCIMO SEGUNDA. PUBLICIDAD.
La convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, en el Tablón de anuncios alojado en la sede electrónica de esta entidad, https://sisante.sedelectronica.es; así como en la página web municipal y en las redes sociales de esta administración para general conocimiento.
Cualquier comunicación o anuncio posterior referente al certamen se publicará en el Tablón de anuncios, alojado en la sede electrónica de la entidad referida ut supra.
DÉCIMO TERCERA. PROTECCIÓN DE DATOS.
Los datos registrados por los participantes serán recogidos y tratados conforme a la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Dichos datos serán incorporados y tratados a un fichero perteneciente al Ayuntamiento de Sisante ante el que las personas afectadas podrán ejercer sus derechos.
El tratamiento de datos queda legitimado mediante el consentimiento de la persona interesada por la solicitud de inscripción. Los datos no podrán ser cedidos a terceros salvo en los supuestos previstos en la normativa vigente sobre protección de datos de carácter personal.




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