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36° CERTAMEN DE POESÍA ERNESTINA DE CHAMPOURCIN

Portada Finales Cerrados
10 de junio de 2026
Poesía
2.000 euros
Mayores de 16 años
Diputación De Álava
España
Envío Electrónico

BASES

CONVOCATORIA DEL 36º CERTAMEN DE POESÍA ERNESTINA DE CHAMPOURCÍN Artículo

1. Objeto y finalidad

1. El objeto de la convocatoria del “Certamen de Poesía Ernestina de Champourcín” en su

36.ª edición es premiar obras literarias de especial calidad, originales e inéditas, en la moda- lidad de poesía, escritas en cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma Vasca. Para ello, se establecen dos modalidades lingüísticas, euskera y castellano, pudiendo cada trabajo presentarse solamente a una de las dos modalidades.
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2. La finalidad de este certamen es estimular la creación literaria, y se busca encontrar nue- vas voces poéticas, o voces en proceso de consolidación, mediante el recuerdo y la exaltación de la figura de la poeta de la Generación del 27 Ernestina de Champourcín, cuyos primeros años de vida estuvieron ligados a la capital alavesa.

3. Esta convocatoria se rige por las bases generales reguladoras de la concesión de premios en régimen de concurrencia competitiva del Departamento de Cultura y Deporte de la Diputa- ción Foral de Álava, aprobadas por Decreto Foral 18/2022, de 26 de abril.

Artículo 2. Procedimiento de concesión
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El procedimiento de concesión de estos premios es el de concurrencia competitiva. La concesión de los premios se realiza mediante la comparación de las obras presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas, de acuerdo con la valoración realizada por el jurado designado a tal efecto.

Artículo 3. Imputación presupuestaria y cuantía del premio

1. Se establece un único premio por modalidad lingüística. La dotación económica del premio es de 2.000,00 euros para cada una de las dos modalidades.

2. La partida presupuestaria que ampara este gasto, cuyo importe máximo total es de 4.000,00 euros, es la 70104. G/332701/47900704 “Convocatorias de premios literarios”, del presupuesto de gastos de la Diputación Foral de Álava para 2026.

Artículo 4. Requisitos de las personas aspirantes al premio Podrá tomar parte en este concurso toda persona física, cualquiera que sea su nacionalidad o residencia, que haya cumplido 16 años a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el BOTHA.

Artículo 5. Características de los trabajos

Los poemarios deberán ser originales e inéditos (que no haya sido publicado en ningún medio, ni impreso ni digital). No se admitirán obras escritas por varias personas. Tendrán una extensión mínima de 500 versos y máxima de 700, escritos con tipografía de imprenta (tipo arial, 12 o similar), a doble espacio, con absoluta libertad del autor o autora en cuanto a estrofas, medida y rima.

Los trabajos que concurran a la modalidad lingüística de euskera deberán estar original- mente escritos en euskera.

Los trabajos que concurran a la modalidad lingüística de castellano deberán estar original- mente escritos en castellano.

Artículo 6. Forma de presentación de las candidaturas

1. Las personas interesadas en presentarse a esta convocatoria podrán presentar su candi- datura a través de una de las siguientes formas:

a. Mediante la presentación telemática. A través del trámite específico accesible en la sede electrónica de la Diputación Foral de Álava: https://egoitza.araba.eus/es/-/certamen-de-poesia-ernestina-de-champourcin.

b. De forma presencial en el Registro General de la Diputación Foral de Álava (Plaza de la Provincia, 5, bajo) o en las otras formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de oc- tubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Como recoge esta ley, también se admitirán las candidaturas recibidas mediante envío postal. Las solicitudes presentadas en la forma recogida en este apartado deberán adecuarse al modelo del anexo II de esta convocatoria.

2. Las candidaturas deberán venir acompañadas de la siguiente documentación:

a. Presentación electrónica:
Se adjuntará la obra en formato PDF, denominando este adjunto mediante el esquema TÍTULO OBRA-SEUDÓNIMO. PDF.
No deberá figurar el nombre de la persona autora de la obra en el formato informático de la misma.

b. Presentación presencial/postal:
Las candidaturas se dirigirán a la Diputación Foral de Álava, Departamento de Cultura y Deporte, presentando o remitiéndolas al Registro General de la Diputación Foral de Álava (Plaza de la Provincia, 5, bajo 01001 Vitoria-Gasteiz), con la Ref: “Certamen de poesía Ernestina de Champourcín”. Deberán incluir:
• La obra en soporte informático (CD o pendrive), en formato PDF, denominando el fichero mediante el esquema TÍTULO OBRA-SEUDÓNIMO.PDF.
No deberá figurar el nombre de la persona autora de la obra en el formato informático de la misma.
• El anexo II de esta convocatoria correctamente cumplimentado.
En este anexo II se indicará el título de la obra y el seudónimo que se utilizará para identi- ficar la obra presentada.

3. Cualquier envío que no se ajuste a lo señalado en los apartados anteriores de este artículo será excluido del certamen.

Artículo 7. Plazo de presentación

El plazo de presentación de candidaturas comenzará al día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOTHA, y finalizará el 10 de junio de 2026 a las 23:59 (hora peninsular española).

Artículo 8. Incompatibilidad con otros premios

1. No podrán presentarse a este certamen las obras que hayan sido premiadas con anterio- ridad en cualquier otro concurso o certamen.

2. En el supuesto de que la obra presentada concurra de forma simultánea a otra convoca- toria y resulte premiada, el autor o autora deberá comunicarlo inmediatamente, quedando su obra fuera de la presente convocatoria.

3. Quedan asimismo excluidas de participación las personas que hayan obtenido el pre- mio en la misma modalidad lingüística, en cualquiera de las cinco ediciones inmediatamente anteriores.

Artículo 9. Criterios de valoración de las candidaturas

1. En la concesión de estos premios se garantizarán los principios de publicidad, transpa- rencia, objetividad, igualdad y no discriminación, mediante la comparación de las solicitudes presentadas.

2. Para la concesión de los premios las obras presentadas serán valoradas según los si- guientes criterios:

CREATIVIDAD Y ORIGINALIDAD DE LA OBRA
PONDERACIÓN EN PUNTOS (MÁXIMO 4 PUNTOS)
Muy alta
4 puntos
Alta
3 puntos
Moderada
2 puntos
Baja
1 punto

RIQUEZA DEL LENGUAJE, RITMO Y COHERENCIA EN SU DESARROLLO
PONDERACIÓN EN PUNTOS (MÁXIMO 3 PUNTOS)
Muy alta
3 puntos
Alta
2 puntos
Moderada
1 punto
Baja
0 puntos

RECURSOS ESTILÍSTICOS UTILIZADOS
PONDERACIÓN EN PUNTOS (MÁXIMO 3 PUNTOS)
Muy destacados
3 puntos
Destacados
2 puntos
De nivel moderado
1 punto
De nivel bajo
0 puntos

Artículo 10. Jurado

1. El jurado calificador, seleccionado de acuerdo con criterios de competencia profesional y de experiencia, examinará las obras anónimas presentadas a la convocatoria y emitirá un informe en que se concrete la valoración de éstas conforme a los criterios establecidos en el artículo 9 de esta convocatoria.

2. En cumplimiento del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, el jurado creado para la concesión de este premio tendrá una composición equilibrada de mujeres y hombres con capacitación, competencia y preparación adecuada. De acuerdo con ese mismo Decreto Legislativo, se considera que existe represen- tación equilibrada en los tribunales, jurados u órganos afines de más de cuatro miembros cuando cada sexo está representado al menos al 40 por ciento, en el resto cuando los dos sexos estén representados.

3. Las personas integrantes del jurado deberán presentar declaración responsable de no resultar incursas en las causas de abstención previstas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de garantizar su confidencialidad, de no utilizar la docu- mentación facilitada para otro fin distinto al de la valoración de las candidaturas de acuerdo con los criterios establecidos en esta convocatoria, y, una vez emitido su informe, devolver toda la documentación de la convocatoria al órgano de instrucción del procedimiento. Sus designa- ciones se aprobarán a través de resolución de la diputada titular del Departamento de Cultura y Deporte, la cual se hará pública en el BOTHA a fin de que cualquier persona interesada pueda ejercer su derecho a recusación en los supuestos y términos legalmente establecidos.

4. Al jurado solo se le entregarán las obras anonimizadas. Los datos personales de las per- sonas autoras quedarán custodiados en el Departamento de Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Álava y el jurado no tendrá acceso a ellos.

5. El fallo del jurado, que será inapelable, se adoptará por mayoría simple de sus integrantes, quedando aquél facultado para la resolución de cuantas incidencias pudieran surgir en el curso de las deliberaciones.

6. En caso de empate el premio recaerá en la persona más joven. De persistir el empate, el premio recaerá en la persona de género femenino.

7. A estimación del jurado, los premios podrán declararse desiertos.

8. Los trabajos no premiados no serán devueltos a sus autores/as y serán destruidos en el plazo de treinta días contados a partir del siguiente al del fallo del jurado.

Artículo 11. Instrucción y resolución del procedimiento

1. El órgano competente para la instrucción del procedimiento será el Servicio de Casa de Cultura del Departamento de Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Álava.

2. La resolución de todas las cuestiones que puedan surgir o plantearse en esta convoca- toria son de exclusiva competencia del Departamento de Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Álava.

3. El jurado examinará las candidaturas presentadas en base a los criterios establecidos en la presente convocatoria, y emitirá un informe en el que se concrete su fallo. El jurado remitirá el informe al órgano instructor. Dicho órgano formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, de acuerdo con la valoración del jurado, y la elevará al órgano compe- tente para resolver.

4. La persona titular del Departamento de Cultura y Deporte dictará la resolución que pro- ceda, en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria en el BOTHA.

5. La resolución de concesión del premio será notificada individualmente a las personas premiadas, conforme a lo previsto en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y será publicado en el BOTHA.

Artículo 12. Obligaciones y compromisos derivados de la concesión del premio Quienes obtengan el premio establecido en la presente convocatoria deberán guardar con- fidencialidad sobre su otorgamiento hasta el momento en que el Departamento de Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Álava decida dar publicidad al mismo.

Artículo 13. Reserva de derecho de publicación

1. Los trabajos premiados podrán ser publicados por la Diputación Foral de Álava, en so- litario o en coedición con una editorial de reconocido prestigio, en el plazo de doce meses desde el fallo del jurado, en cuyo caso se procedería a la firma de un contrato de edición. Dicha publicación no conllevará pago adicional alguno al de la propia cuantía del premio.

2. Las personas que resulten ganadoras cederán en exclusiva los derechos de explotación de la obra presentada a concurso para su publicación en todo el mundo, por un periodo de siete años, en lengua castellana o vasca, según la modalidad lingüística con que hayan concurrido.

3. La Diputación Foral de Álava valorará su inclusión en un repositorio digital, para lo cual se reserva el derecho de edición digital para su difusión mundial por un periodo indefinido en lengua castellana y vasca, en función de la modalidad lingüística del premio a la que hayan concurrido.

4. Si los autores o autoras quisieran disponer la publicación por su cuenta, deberán solici- tar consentimiento expreso al Departamento de Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Álava, y en todo caso deberá consignarse la distinción concedida en la publicación del trabajo premiado.

Artículo 14. Publicidad

La presente convocatoria será publicada en el BOTHA. Asimismo, se expondrá en la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Álava: https://egoitza.araba.eus.


ANEXOS
http://www.araba.eus/botha/Busquedas/Resultado.aspx?File=Boletines/2026/027/2026_027_00547_C.xml&hl=



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